La actividad tuvo como ejes temáticos la responsabilidad por daño ambiental, por infracción ambiental y un análisis comparado. Contó con los comentarios de los académicos españoles Íñigo Sanz, Carlos de Miguel y Manuel Gómez-Tomillo.

Ante una multitudinaria audiencia se desarrolló la primera Jornada de análisis jurídico: La responsabilidad ambiental en la jurisprudencia, actividad que fue organizada por el Programa de Derecho y Medio Ambiente UC y el Magíster en Derecho, LLM UC.

La primera mesa de discusión se tituló Responsabilidad por Daño Ambiental, moderada por el profesor Gonzalo Álvarez Seura. En ella, expusieron Jorge Femenías, profesor de LLM UC y coordinador de investigación del Programa de Derecho y Medio Ambiente UC, quien analizó la Sentencia de la Corte Suprema Rol N° 37.179-2016, la que establece la competencia del Tribunal Ambiental de Santiago para conocer la demanda de reparación por daño ambiental interpuesta por la Municipalidad de Quintero en contra de la empresa Remolcadores Ultratug y ENAP por los daños ambientales causados a raíz de un derrame de petróleo.

En su intervención, el académico explicó la distinción entre daño ambiental y daño civil derivado del mismo hecho, de cual puede surgir una responsabilidad ambiental y civil. "Las normas sectoriales que regulan daños civiles derivados de un daño ambiental, no regulan la reparación del daño ecológico propiamente tal, reglamentan la reparación de los perjuicios que se le ocasionó al tercero, por lo tanto, no existen reglas especiales que regulen la reparación al medio ambiente", aseguró.

Posteriormente, el abogado Mario Galindo Villarroel abordó la presunción de culpabilidad en torno a la Sentencia del Tribunal Ambiental de Santiago Rol D-06-2013 donde el Estado demandó a Servicios Generales Larenas por la extracción de áridos en la ribera del río Duqueco en la Región del Biobío. Esta sentencia fue elegida por el experto debido 'a la forma en que se desarrolló', ya que se extiende la presunción de responsabilidad a todos los elementos de la responsabilidad por daño ambiental, a pesar de que esta "presunción de responsabilidad se aplica al elemento subjetivo de la culpa, pero que no se puede presumir ni la capacidad, ni el daño ni la significancia del daño".

El profesor José Luis Lara fue el encargado de moderar la segunda mesa que abordó la Responsabilidad infraccional ambiental. En este espacio intervinieron el vicedecano Ricardo Irarrázabal; la directora del área de Derecho Ambiental en Correa Gubbins, Claudia Ferreiro; y el profesor Derecho UC, Edesio Carrasco.

Irarrázabal abordó la Sentencia del Tribunal Ambiental de Valdivia Rol R-23 2015 la que acogió parcialmente la reclamación de Exportadora Los Fiordos por multa de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) producto de diversas infracciones leves cometidas a raíz del funcionamiento de 18 Centros de Engorda de Salmones (CES) en la Región de Aysén. El vicedecano Derecho UC se refirió a los alcances del proceso de fiscalización y los conocimientos técnicos que debe manejar el fiscalizador.

Claudia Ferreiro, en tanto, se refirió al fallo del Segundo Tribunal Ambiental Rol R6-2013 que resolvió anular la resolución con que la SMA multó al proyecto minero Pascua Lama y le ordenó rehacer totalmente la resolución sancionatoria, resolviendo los vicios e ilegalidades contenidos en el primer documento, que tienen que ver con la falta de rigurosidad en el análisis técnico y de fundamentación de la SMA, además del concurso infraccional aplicado al sancionar los trece incumplimientos a la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) como una sola infracción y considerar el número de incumplimientos como agravantes, lo que a su juicio, constituye una ilegalidad.

Cerró el bloque el profesor Edesio Carrasco, quien analizó la sentencia de la Corte Suprema Rol 25.931-2014 en que la Sociedad Eléctrica Santiago dedujo un recurso de casación en contra de la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental que sentenció a esta empresa a pagar una multa por 316 UTA por no cumplir con las normas de ruido y no adoptar medidas una vez que los niveles fueron sobrepasados.

En el tercer y último bloque intervinieron los profesores extranjeros Íñigo Sanz y Manuel Gómez-Tomillo, de la Universidad de Valladolid, y Carlos de Miguel, de la Universidad Pontificia Comillas. Los expertos comentaron lo expuesto en los paneles previos, realizando una comparación con la experiencia española en esta materia, para concluir el encuentro con una nutrida ronda de preguntas.

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