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C ada cierto tiempo la idea de la pena de muerte es despertada de su letargo, invocada invariablemente por el conjuro de un crimen atroz. El de esta vez, un parricidio ocurrido en la localidad de Alerce, al norte de Puerto Montt.

El lunes una multitud de vecinos escuchó horrorizada en el Tribunal de Garantía de Puerto Montt el relato del fiscal que acusó a un hombre de 26 años de haber maltratado sistemáticamente y dado muerte a su propia hija de un año y 11 meses llamada Sophia. Arrasados por la rabia y la impotencia, los vecinos organizaron una marcha al día siguiente exigiendo el regreso de la pena máxima para estos casos.

Miguel Valenzuela, uno de los organizadores del movimiento 'Ley Sophia', un claro guiño a la exitosa estrategia que se utilizó para la promulgación de la Ley Emilia, argumenta que 'la ley en estos momentos no está protegiendo como corresponde a los niños vulnerados', y que muchas veces 'la justicia incluso permite que los autores de estos delitos salgan antes de cumplir su condena gracias a las salidas alternativas'. Por eso, dice, 'es necesario endurecer las penas al máximo posible'.

¿Será necesario efectivamente el regreso de la pena de muerte para enfrentar estos casos? ¿Disminuirían los crímenes de este tipo? Cuatro profesores de Derecho responden inequívocamente que no. Por una serie de argumentos.

No disminuyen los delitos. El abogado constitucionalista y profesor de la cátedra de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica, Patricio Zapata, dice 'que está sumamente demostrado que la pena de muerte no disminuye los delitos graves' y que el mejor ejemplo lo da Estados Unidos.

'Estados Unidos es un laboratorio porque en la mitad de los estados hay pena de muerte y en la otra mitad no. Y los que tienen pena de muerte, como Texas, Florida o Alabama, tienen tanto o más crímenes violentos que donde no existe dicha pena'.

No es disuasivo. 'Además, no es para nada disuasivo', agrega Mauricio Duce, director del programa de magíster de Derecho Penal de la Universidad Diego Portales. 'Alguien que comete este tipo de crímenes lo hace en tal grado de enajenación, que jamás hace el cálculo de Mmmh, si la mato, capaz que me den pena de muerte, y si no, me dan 40 años de presidio... mejor no la mato. No. Ese raciocinio no existe al momento de un crimen pasional, por ejemplo'.

El error. Francisco García, jefe de la Unidad de Defensa de la Defensoría Penal Pública, explica que siendo el sistema penal una actividad humana, está sujeta a errores, y que un sistema racional debiera contemplar la posibilidad de corregir ese error compensando al afectado. Pero no se puede compensar a una persona muerta.

'En Estados Unidos hay personas que han pasado 30 años encarceladas por un crimen que no cometieron y esa verdad se supo gracias a una prueba de ADN. ¿Vamos a condenar a una persona a muerte sabiendo que existe la posibilidad cierta de que haya un error en el proceso?', dice. 'Y esos mismos errores pasan en nuestro país a cada rato. Personas que pasan dos años en prisión preventiva y que se demostró que la acusación era falsa. O que hubo suplantación de identidad. Estas personas por lo menos pueden pedir una indemnización por los años de libertad que perdieron. ¿Pero cómo compensamos a una persona que perdió la vida?'.

La discriminación. 'Como la justicia es aplicada por humanos, también está sujeta a discriminaciones', agrega Patricio Zapata. 'En Estados Unidos, la justicia condena a la pena de muerte al 60% de los afroamericanos que violan a una niña blanca; cuando un blanco viola a una niña afroamericana, esa condena disminuye a una quinta parte. Y la justicia también discrimina a los pobres: una persona con recursos, con un buen abogado, tiene más posibilidades de librarse de la pena de muerte que un pobre. Yo entiendo a las personas que se sienten afectadas por este tipo de casos, pero ¿vamos a condenar a muerte a alguien sabiendo que existe la posibilidad cierta de que haya sido discriminada?'.

No todo se soluciona con una ley. Jaime Winter, profesor de Derecho Penal de la Universidad de Chile, dice que la idea de legislar en base a un caso particular, como ocurrió en la Ley Emilia, suele adolecer de problemas de proporcionalidad en las penas, y muchas veces no se soluciona el problema de fondo.

'Resultó que con la Ley Emilia, una persona que mataba a otra por conducir en estado de ebriedad recibía una pena más alta que la de matar a otra con una pistola. Entonces hubo que subir la pena de homicidio. Pero al subir esta pena, el robo con homicidio quedó con una pena inferior, entonces si una persona mataba a otra, ¡le convenía además robarle, porque recibiría una pena menor! Hubo que subir la pena de robo con homicidio', explica. 'Y en este caso del parricidio en Puerto Montt, ¿la pena de muerte soluciona el problema? Por supuesto que no, porque el problema de fondo es la violencia contra los niños. Eso se combate con una mejor educación, con más recursos, con mejorar el Sename, pero no con la creación de un nuevo delito'.

Hay tratados internacionales. Por último, un argumento formal. Chile está suscrito al Pacto de San José de Costa Rica, que en su artículo 4° dice que 'no se reestablecerá la pena de muerte en los estados en que se ha abolido'. Por supuesto que existe la posibilidad de salirnos del pacto, pero, como dice el profesor Zapata, 'eso nos colocaría al mismo nivel que Venezuela, que se salió del tratado para no ser inspeccionado por un organismo externo. Pero resulta que es bueno ser inspeccionado desde afuera en materia de derechos humanos. Es civilizatorio'.

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