Diario Pulso

Juan Luis Goldenberg 158x158

EL lunes se cumplen tres años desde que entrara en vigencia la nueva ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas -ex ley de quiebras-, y ya son más de 7.000 los procedimientos que, tanto las empresas como las personas naturales, han iniciado. El balance es positivo. De hecho refleja un aumento de 17 veces frente a los 420 procesos de quiebra que se registraron durante los últimos tres años en que funcionó la antigua legislación.

Si bien es cierto que el número de procedimientos de liquidación de activos de empresas ha ido al alza, la mayor innovación en la nueva normativo vino por el lado de las renegociaciones y liquidaciones de personas naturales, ya que la antigua ley estaba enfocada en las compañías, por lo que hacia más caro y difícil para un individuo acogerse a este mecanismo. Así, aunque la ley lo permitía, en la práctica no se hacía. Ahora la realidad es distinta.

Reflejo de ello es la cantidad de procedimientos de liquidación que han iniciado las personas naturales: la cifra se ha ido duplicando año a año desde que entrara en vigencia la normativa, el 9 de octubre de 2014. En esos primeros tres meses fueron sólo tres las personas naturales que iniciaron el proceso de quiebra, según cifras de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir). Al cierre de 2015, esa cifra aumentó a 281 personas, para 2016 saltó a 1.175, promediando 98 personas al mes. Este año ese promedio subió a 160 personas en los primeros ocho meses, ya que sólo entre enero y agosto los casos suman 1.274, más que todas las personas que se acogieron al proceso durante el ejercicio pasado. Así, en total -desde 2014 a la fecha- las liquidaciones de personas suman 2.733. Si a ello, se agregan las reorganizaciones, el número se eleva a más de 5.000.

'Ha habido un importante aumento de las liquidaciones de personas naturales. Siempre existió mucho temor de que se produjera una estampida de personas naturales y jurídicas que fueran a pedir su quiebra, y de hecho, hubo un ex subsecretario de Economía que anunció que iba a ser el colapso, con una proyección que era un poco catastrófica, pero los impulsores del proyecto dijeron que no iba a pasar, y no ha pasado', advierte Esteban García Nadal, socio director de García Magliona & Cia.

En esa línea, explica que en estos tres años, ha cambiado la tendencia. Sostiene que las personas naturales han optado por la liquidación antes que la renegociación, a diferencia de lo que ocurría cuando recién comenzó a funcionar la ley, entre 2014 y 2015 (ver gráfico).

¿La razón? Para el profesor de Derecho de la Universidad Católica, Juan Luis Goldenberg, existen tres razones que explican este fuerte incremento:

1 La desaceleración de la economía local.

2 'Para iniciar un procedimiento de renegociación ante la Superir, la ley establece ciertas barreras de entrada', explica el ex asesor legislativo de la superintendencia de quiebras, y dice que 'existe un control de admisibilidad que es bastante complejo'. Esto, porque si bien el sistema se facilita al no necesitar de abogados, la persona natural debe llenar una declaración jurada que no es simple para una persona que no tiene conocimientos legales, incluso cuando la Superir ayuda en el proceso. Además, la legislación pone requisitos: la persona natural tiene que tener deudas vencidas, y una situación de mora mayor a 90 días que superen las 80 UF, y que no se le haya notificado una demanda (ver recuadro).

3 Al acudir al procedimiento de liquidación, el efecto que se produce es que se extingue la deuda por completo, a diferencia de la renegociación donde hay que pagar la mora en cuotas.

A este punto también hace alusión García, y señala que falta educación financiera en la población. Asimismo, agrega que 'ha habido ciertas oficinas de abogados que se han especializado en ofrecer a deudores la solución de la liquidación, en vez de una alternativa distinta. No toda persona que tiene una deuda tiene que ser declarada en quiebra, pero hay quienes llegan y ofrecen la solución más drástica, ha habido una suerte de aprovechamiento de la ley, desnaturalizando la finalidad', comenta.

El 54% de las firmas que se reorganizan son grandes empresas

Las grandes empresas prefieren enfrentar sus deudas con una reorganización, mientras que las más pequeñas optan por la quiebra. Así lo demuestran las cifras de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), donde el 54% de las empresas que han iniciado un proceso de reorganización son grandes, mientras que sólo el 10% son pequeñas firmas (ver gráfico).

La situación es inversa cuando se trata de liquidaciones: el 34% de las empresas que han optado pro este proceso son pequeñas, mientras que las grandes compañías sólo representan el 16%.

'Lo que está pasando con las grandes empresas es que piden acuerdos de renegociación, es decir convenios, pero después no se cumplen. Por ejemplo, la empresa puede recibir un año de gracia, pero el problema es que cuando culmina el plazo y llega el momento de pagar la primera cuota, no tiene caja', comenta Esteban García Nadal, socio director de García Magliona & Cia

Por su parte, el profesor de Derecho de la Universidad Católica, Juan Luis Goldenberg, detalla que las empresas grandes prefieren iniciar procesos de reorganización porque los grandes negocios tratan de acomodar de alguna manera sus activos para seguir funcionando con la marca que ya tienen. En cambio, las firmas más pequeñas no tienen tanto que perder: pueden terminar con su negocio y partir de cero.

En esa línea, el ex asesor legislativo de la superintendencia de quiebras ejemplifica con caja La Araucana y Masvida: es más fácil reorganizar a una de estas empresas, que declararlas en quiebra y levantar una nueva isapre, o una nueva caja de compensación.

Cuando se trata de analizar por rubro, las firmas que más optan por reorganizarse son las relacionadas con el comercio (24%), luego las de construcción (21%), y las industrias no metálicas (13%).

Cuando se trata de liquidaciones, cambia el orden: las compañías relacionadas con las actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler lideran los procedimientos (22%), y luego el comercio (20%).

A tres años de que entrara en vigencia la nueva ley, García advierte que ha ocurrido un fenómeno distinto entre empresas y personas: entre las personas naturales, las liquidaciones se dispararon y las renegociaciones disminuyeron en los últimos dos años. Por su parte, en el mundo de las empresas, el fenómeno sigue siendo el mismo: las grandes buscan la reorganización, mientras que en las pymes hay más liquidación.

Bajo este escenario, el número de quiebras casi se ha quintuplicado en los últimos tres años. Esto, considerando que si en 2014 fueron 150 empresas las que iniciaron un procedimiento de quiebra con la antigua legislación, durante el 2016 este número ascendió a 701 compañías, y para agosto de este año ya son 602 las firmas que han comenzado este proceso.

Por otro lado, las reorganizaciones también van al alza, pero de manera más sutil: entre octubre y diciembre de 2014 fueron sólo cinco empresas las que acudieron al proceso de reorganización, en 2015 este número subió a 45 firmas, mientras que al año siguiente ya eran 53 compañías. Asimismo, a agosto de 2017 son 29 empresas las que han iniciado este procedimiento.

Los tres problemas de la legislación a los que apuntan los expertos

El balance general es positivo cuando se trata de evaluar la nueva ley de quiebras. Esto, principalmente gracias a que las personas naturales ahora pueden acceder a este procedimiento, a diferencia de lo que ocurría antes. Sin embargo, los expertos apuntan a tres problemas que quedan pendientes. 'La ley fue tramitada de una manera muy veloz, y por lo tanto hubo poca discusión y análisis. Creo que se tomó poco en cuenta la opinión de los expertos que nos dedicamos a este tema', comenta Esteban García Nadal, socio director de García Magliona & Cia.

En ese sentido, detalla que uno de los problemas que aún falta mejorar, es el modo en que se designa a los síndicos. ¿La razón? El deudor contrata a un abogado, donde es la misma empresa la que paga estos servicios. A su vez, el abogado recomienda a un auditor, quien también es pagado la empresa. Luego, el auditor emite un informe con el cual se nombra al síndico, y es la misma empresa la que debe paga. 'Veo consistentemente un conflicto de interés, porque el síndico no estaría representando los intereses de los acreedores, sino que los de la empresa deudora', dice el experto.

Por su parte, Juan Luis Goldenberg, académico de Derecho de la Universidad Católica, apunta a otros dos problemas: ha habido falta de uniformidad en la jurisprudencia, ya que al momento de interpretar la ley 'los tribunales han dicho de todo', comenta. Es por este motivo, que hay poca certeza sobre lo que va a ocurrir.

Adicionalmente, existe un problema que afecta directamente a ciertas personas naturales, ya que en casos particulares la nueva ley de quiebras los clasifica como si fueran empresas deudoras. ¿Por qué? El también ex asesor legislativo de la superintendencia de quiebras dice que una persona que emite boletas, automáticamente es considerada como una empresa, por lo que corre con desventaja frente a las facilidades que entregan los tribunales a las personas naturales.

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