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El Mercurio

Señor Director:

En carta al Director de fecha 15 de julio, algunos profesores de Derecho de la Universidad de Chile estimaron oportuno recordar que el proyecto de ley de aborto "únicamente descriminaliza y regula la interrupción voluntaria del embarazo en situaciones muy particulares y extremas", aclarando que "no se trata de un proyecto de aborto libre" y que lo que pretende es un "reconocimiento mínimo, por razones humanitarias, a mujeres que se ven enfrentadas a situaciones muy dolorosas". Esta declaración se condice con la estrategia legislativa promovida por el Gobierno -bastante exitosa en cuanto a captar el voto democratacristiano-, la cual ha hecho hincapié en que el proyecto únicamente despenaliza tres situaciones muy puntuales y acotadas, por lo que no existiría el aborto libre, generando así un estratégico "alivio de conciencia".

Ahora bien, si fuera solo despenalización, ¿por qué reglamentar todo un régimen de prestaciones sanitarias en relación con el aborto, y no solo descriminalizar? ¿Por qué discutir sobre la objeción de conciencia? -bastaría que el que no quisiera realizarlo, no lo hiciera, simplemente-. ¿Son tan acotadas las causales? ¿Estaremos en presencia de un verdadero resquicio legal que, sin corresponder al "aborto libre", le abra las puertas al mismo?

Con todo, y más allá de la discusión técnica respecto de los efectos de un proyecto como este y las motivaciones de quienes lo redactaron, resulta necesario recalcar que la introducción de causales les otorga licitud a conductas que atentan directamente contra la vida de un ser humano, el que está por nacer. Ese es el precedente y el rayado de cancha hacia el futuro, lo cual confiere una extraordinaria relevancia a la votación de los parlamentarios y les asigna una responsabilidad histórica.