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Dos semanas exactas pasaron desde que el Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique declarara culpable -en votación dividida- a Mauricio Ortega por las agresiones sufridas por su ex pareja, Nabila Rifo, hasta que el mismo juzgado diera a conocer la sentencia en su contra: 26 años y 170 días de presidio efectivo, por los delitos de femicidio frustrado, lesiones graves gravísimas y violación de morada violenta.

Todo se remonta al 14 de mayo del 2016, cuando la mujer fue hallada en la calle semidesnuda, golpeada y sin sus globos oculares. Tras pericias policiales y médicas, Ortega fue el único imputado en el caso, aunque negó hasta el final haber atacado a Nabila. La acusación por violación de morada remite a un hecho separado, registrado el 2005, cuando Ortega rompió con un hacha la puerta de la vivienda donde se encontraba la mujer.

Claudio Valdivia, abogado penalista y académico de la Clínica Jurídica UC, explica la sentencia, que se ajusta a la solicitada por el Ministerio Público durante el juicio. 'El tribunal acogió la pretensión de la fiscalía, no solamente en la condena, sino en la pena solicitada', afirma.

'En el delito de violación de morada, la pena va entre los 61 días a los 540 días. Por registrarse en el contexto de violencia intrafamiliar, se aplicó la pena máxima', explica.

'Respecto de los delitos más graves, las penas son las que estima el Código Penal: el delito de lesiones graves gravísimas debiera tener como techo diez años, pero como está realizado en un contexto de violencia intrafamiliar, se le suma un grado, con lo que el máximo llega a quince años. Acá se decidió en el punto medio: doce años y 180 días. Ahora, el delito de femicidio tiene una penalidad probable de entre quince y veinte años, pero como es en el grado de frustrado, debe disminuirse un grado, por lo que queda entre diez y quince años. Acá también el tribunal aplicó el justo medio, es decir doce años y 180 días'.

Al sumarse las tres penas se llegó a los 26 años y 170 días.

Mauricio Ortega quedó además inhabilitado de manera perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y derechos políticos; se ordenó incluir su huella genética en el Registro de Condenados y se le prohibió acercarse a Nabila Rifo por dos años luego de cumplir sus condenas.