Diario Pulso

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El 3 de noviembre de 2015, el fiscal Nacional Económico, Felipe Irarrázabal, instruyó una investigación reservada por colusión respecto de los productos derivados del papel destinados a la higiene y al cuidado personal, apuntando a pañales para bebés y adultos, y toallas femeninas. Esto luego que CMPC a través de una delación compensada reconociera que sus ejecutivos se coordinaron con sus pares de la multinacional Kimberly-Clark.

Através de una solicitud por transparencia, PULSO tuvo acceso a parte de la carpeta investigativa de la entidad persecutora, donde se detallan sus pasos en una investigación que finalmente, un año después, resolvió archivar por prescripción. Más allá de la decisión final, el trabajo de la FNE no estuvo exento de interrogantes. Y de hecho, recurrió a terceros para dilucidar qué hacer. Es así como en medio del proceso de investigación, el organismo solicitó la asesoría de tres expertos abogados y académicos a fin de conocer su impresión sobre el caso. Los tres informes entregaron las directrices del camino que tomó la FNE del denominado caso Pañales.

El 2 de noviembre de 2015 un día antes de que la entidad decidiera abrir una investigación- el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Católica, José Luis Lara, respondió parte de las dudas de la FNE, que apuntaban a las repercusiones sobre una eventual separación de las investigaciones. Mediante un reporte denominado 'Sobre la desacumulación de un procedimiento de investigación y sus efectos en la delación' el académico recomendó justamente dividir las causas.

"Resulta procedente proceder a la desacumulación de aquella parte de la investigación relativa a un mercado que no ha sido objeto de requerimiento, sin perjuicio de lo cual se estima conveniente proseguir el curso de la investigación", instó el académico. La decisión clave de la Fiscalía Nacional Económica, sin embargo, radicó en el archivo de la investigación y sus consecuencias. Es así como el persecutor consultó sobre lo que-pasaría si finalmente no se presenta un requerimiento por el caso pañales ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).

La respuesta a tal inquietud vino de un trabajo conjunto de parte del mismo José Luis Lar, junto a otro profesor de Derecho Administrativo de la UC, Gabriel Bocksang, que e129 de diciembre pasado, le hicieron llegar su visión a la FNE. A ellos se sumó también la opinión de María Soledad Krause, ex jefa de Litigios de la entidad antimonopolio, quien también presentó un informe al respecto. En uno de los apartados de su presentación, la hoy abogada del estudio Gandarillas, Montt, Del Río & Krause, aler tó sobre los efectos que tendría para la FNE la prescripción del caso pañales, aunque de todas formas le recomendó que ese debía ser el camino.

"Como cualquier órgano administrativo que interviene en alguno de los momentos del ejercicio de la potestad sancionadora, la Fiscalía Nacional Económica se encuentra obligada a reconocer los efectos de la prescripción en la acción y en su propia competencia en cuanto le conste la concurrencia de los presupuestos para ello", sostuvo Krause en su escrito, Más aún, la abogada detalló que la FNE no sólo tiene la potestad, sino que el deber de reconocer los efectos de la prescripción de hechos potencialmente infractores en cualquiera de las etapas en las que realiza la pretensión punitiva.

En ese sentido, destacó la relevancia de que la resolución comunicada por la FNE sea fundada. La experta aclaró que la publicidad de la decisión asegura que quienes estimen que han sido afectados por la decisión de no investigar o de cerrar el procesa, puedan impugnar la decisión administrativa, ya sea en la misma sede o en el ámbito judicial. La abogada concluyó que la FNE está obligada a adoptar de oficio la abstención de investigar o poner fin a la investigación.

Por su parte, los académicos José Luis Lara y Gabriel Bocksang en su escrito elaborado en conjunto a solicitud expresa del fiscal Nacional Económico, recomendaron a la FNE no perseverar en el caso pañales.

"El Fiscal, al constatar el cumplimiento del plazo de prescripción frente a una determinada infracción, tiene la prerrogativa de no requerir al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia" concluyeron los académicos de la UC. Esta facultad debe ir en línea con el resguardo de la posibilidad de que los interesados puedan acceder a esta información, señalaron.

Un día después de que los profesores remitieran su opinión, la FNE seguía su recomendación y tomaba la decisión de prescribir el caso.

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