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A estas alturas, es muy probable que la hija de Marcela Caniulén ya ni tenga ganas de bañarse en la piscina. Y sería muy razonable que tampoco ganas de aparecerse por el edificio en que su madre trabaja como asesora del hogar en la comuna de Ñuñoa. Eso, tras la prohibición expresa que la comunidad le impuso por utilizar las instalaciones recreativas que por reglamento corresponden a los copropietarios del edificio.

Según Claudio Valdivia, director del departamento de Práctica y Asistencia Legal de la UC, se trata de un reglamento abiertamente 'discriminatorio y nefasto' que está fuera de toda norma.

Pero no es ni el primer ni el último episodio de este tipo. Hay otras prohibiciones tan populares como la anterior. A continuación, algunos ejemplos.

¿Pueden prohibirme que tenga mascotas en mi departamento?

Jésica Torres, profesora del Departamento de Enseñanza Clínica del Derecho de la U. de Chile, dice que debe haber alguna buena razón para hacerlo. 'Si hay un condominio de 2 o 3 casas y hay un bulldog que ladra mucho, evidente que eso puede ocasionar alguna molestia. Prohibir las mascotas en términos genéricos podría ser vulneratorio contra la gente que desea vivir con sus mascotas', afirma.

¿Y las multas por ruidos molestos?

'Existen normas generales, por ejemplo, las municipales, que establecen un determinado número de decibeles. Las normas de copropiedad buscan proteger la convivencia de distintas personas. Está bien que alguien haga una fiesta de vez en cuando, pero no todas las noches. La cosa es que sí se pueden entregar multas por eso', agrega Jésica Torres. Claudio Valdivia, en tanto, recomienda a los comités de administración adjuntar esa multa con la infracción que cursa Carabineros en estos casos. 'Así queda todo muy bien justificado', explica.

Si tengo un departamento en la playa, ¿me pueden prohibir que lo arriende a terceros por un fin de semana?

'Por ningún motivo. No es legal que hagan eso', dice el abogado Valdivia. 'El administrador no me puede condicionar a hacer uso de mi propiedad como estime conveniente', argumenta.

Torres dice que eso limita el derecho de propiedad. 'La asamblea de copropietarios o la administración no está facultada para hacer eso. En ese caso, el reglamento está violentando una garantía constitucional', afirma.

¿Y si invito a mis amigos a la piscina y se ponen a loquear?

'La idea es que exista buena y sana convivencia y vecindad. Y estos reglamentos vienen a instruir sobre el cómo se utilizan los espacios comunes. Entonces, si a alguien le molesta, puede reclamar. Y si está en el reglamento, puede que se justificado pasar una multa', dice Valdivia.

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