El Mercurio / El Mercurio Legal

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Algunos fueron críticos y otros hicieron advertencias a considerar; sin embargo, la conclusión general fue que la nueva ley que perfecciona el sistema de libre competencia e incluye penas de cárcel a quienes cometan conductas colusivas posee un diseño que la hace de muy difícil aplicación en sede penal.

Eso quedó de manifiesto el miércoles último en el seminario que organizó "El Mercurio Legal", en el que expusieron el fiscal nacional del Ministerio Público, Jorge Abbott, y los penalistas Héctor Hernández, de la Universidad Diego Portales, y Alex van Weezel, de la Universidad Católica, quienes se reunieron para entregar sus impresiones sobre esta nueva normativa ante un centenar de asistentes, incluidos académicos, abogados y fiscales regionales.

A juicio de Abbott, más allá de las buenas intenciones del legislador, esta norma impone "severas restricciones para el desarrollo adecuado de las labores investigativas del Ministerio Público", y, además, su éxito -debido el diseño por el que se optó- va a depender de una "estrecha colaboración" entre los organismos involucrados.

Una opinión con la que ambos profesores se manifestaron, en términos generales, de acuerdo. Van Weezel llamó a evitar cualquier lectura de este tipo penal como uno de peligro abstracto, es decir, uno "donde la discusión sobre la idoneidad de la conducta para afectar concretamente algún bien jurídico no tenga ninguna cabida". Hernández, por su parte, se atrevió a augurar que no se dará en Chile la persecución penal de estas conductas colusivas y que de llegar a ocurrir, "habrá probablemente razones para dudar de las motivaciones que explican en ese caso puntual la aplicación del derecho penal".

Además, el profesor de la UC destacó que para interpretar los elementos del tipo penal, es decir, los rasgos definitorios de la conducta misma, "hay que adoptar opciones valorativas entre posibilidades que solo difieren muy sutilmente unas de otras, pero que conducen a resultados diametralmente opuestos". El legislador, dice, tuvo que recurrir a elementos normativos incompletos, lo que disminuye mucho el nivel de determinación del tipo.

En tanto, el académico de la UDP afirmó que el hecho de que se le haya entregado a la Fiscalía Nacional Económica esta atribución penal es un asunto "estrictamente político", ya que dicho organismo debe decidir si la conducta investigada infringe la ley y si es suficientemente grave para merecer castigo penal, lo que "no es algo técnico".

La figura de la delación compensada que incluye la nueva ley fue otro de los puntos analizados. En este sentido, el fiscal nacional identificó como uno de los problemas puntuales de este modelo "la pérdida de la inmediación que implica para el Tribunal Oral no contar con la declaración del delator en la audiencia del juicio".

Hernández agrega que se debiera haber discutido más profundamente sobre los efectos de esta figura. "Cuando adicionalmente está en juego la posibilidad de pena privativa de libertad, probablemente el beneficio no necesitaba ser tan generoso para seguir siendo atractivo", dice.

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