El Líbero

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¿Se violaron las garantías constitucionales del debido proceso y de la libertad de expresión como alegó el fiscal regional de O'Higgins, Emiliano Arias, en su recurso de protección en contra de su superior, el fiscal nacional Jorge Abbott?

Es la pregunta de fondo del inédito litigio judicial que vive el Ministerio Público, y que deberá ser resuelto por la Corte Suprema luego de que la Corte de Apelaciones lo declarara inadmisible.

El tema es analizado para "El Líbero" por dos abogados especialistas que tienen miradas contrapuestas. Olga Feliú, constitucionalista, ex senadora, ex presidenta del Colegio de Abogados y ex alta funcionaria de Contraloría; y Francisco Leturia, profesor asistente de derecho procesal penal de la Universidad Católica, doctorado en la Universidad de Salamanca y autor de los libros "Justicia Civil y Comercial: Una Reforma Pendiente" y "Bases para el diseño de la Reforma Procesal Civil".

Olga Feliú: "¿Por qué se va afectar el debido proceso? Se ejerce una función propia por parte del fiscal nacional"

Olga Feliú está "absolutamente de acuerdo" con la decisión del fiscal nacional y con la declaración de inadmisibilidad de la Corte de Apelaciones porque el recurso "carece de fundamentos. No hay ilegalidad o arbitrariedad, porque el fiscal nacional tiene la facultad para iniciar el sumario, y no es arbitrario porque tiene un fundamento que el fiscal lo ha dado a conocer. El inicio de una investigación no puede ser causal de privación, perturbación o amenaza de un derecho garantizado por la Constitución".

La abogada explica que el Ministerio Público es un órgano del Estado constitucionalmente autónomo pero jerarquizado, cuyo jefe superior es el fiscal nacional. "Los fiscales regionales y adjuntos tienen independencia para ejercer la acción que la ley les entrega, que es la investigación de los actos que revisten carácter de delito y para acusar o no acusar. En el ejercicio de esa función ellos no están sometidos al control jerárquico. El fiscal nacional no puede dirigir una investigación ni puede darle instrucción al fiscal regional de cómo la dirige, a quien acuse, qué investigue o deje de investigar. Esa función es absolutamente propia del fiscal regional. Pero en el resto, el jefe superior del servicio es el fiscal nacional y, en consecuencia, el fiscal nacional responde por el servicio. Él tiene autoridad de jefe superior sobre los fiscales", explica la ex senadora.

"¿Por qué se va afectar el debido proceso? Se ejerce una función propia por parte del fiscal nacional, y esa función propia es ejercer la autoridad y que se respeten sus órdenes dentro del servicio, y si el fiscal nacional considera que no se ha actuado bien al hacer las declaraciones tiene el perfecto derecho de hacer un sumario para saber si ello amerita una sanción o no", agrega la abogada.

Olga Feliú añade que el sumario "no contraviene el debido proceso, porque cuando se haga la investigación debe ajustarse al debido proceso, pero antes de la investigación qué debido proceso debe hacerse, si justamente para saber qué pasa se está investigando. Así como en el pedir no hay engaño, en el investigar tampoco hay engaño. No está sancionando nada".

"Abott trata de resguardar la independencia y el prejuzgamiento. Los fiscales deben investigar con igual celo las razones que dan motivo a acusar que aquellas que exoneran de toda responsabilidad. La presunción de inocencia hace parecer que lo que se investiga es inocente y eso significa que el fiscal debe probar que no lo es", puntualiza.

Sobre la libertad de expresión, señala que es "sagrada, y los juicios deben ser públicos pero las reglas generales son que mientras se está en una investigación los fiscales no pueden compartir con la opinión pública la investigación, porque entorpecen la investigación o hacen que la opinión pública prejuzgue. ¿Si el fiscal no ha terminado la investigación cómo va a decir que está convencido de que son culpables?".

"La libertad de expresión tiene también ciertos límites respecto de quien ejerce funciones públicas. Abbott tiene razón, las declaraciones ponen en riesgo la credibilidad de la imparcialidad de quien investiga. Esa imparcialidad es vital en una investigación", agrega, pero defiende el derecho del fiscal Arias de acudir a la justicia para defender su derecho si cree que fue violado.

Francisco Leturia: "Se está vulnerando el debido proceso y se está sancionando a un fiscal por causas distintas a las que se dicen públicamente"

El abogado UC plantea que el debate Abbott-Arias tiene dos partes. La primera es si los fiscales pueden o no comunicarse con la prensa, y decirles a los periodistas lo que está pasando en los juicios que llevan a cabo.

"Creo que categóricamente sí pueden y no solo pueden sino que deben y están obligados de informar a la prensa de los aspectos más sustantivos y sustanciales de los casos que investigan. Deben hacerlo con cuidado. Ojalá esté más regulado y que fueran criteriosos al hacerlo. Uno podría tener alguna diferencia en el modo o las palabras que utilizó el fiscal Arias, pero los fiscales no tienen la obligación de ser imparciales sino objetivos", sostiene Leturia.

"Ellos son una parte en el juicio, acusan a una persona, el imparcial es el tribunal. Creo que la sociedad necesita estar informada, ojalá que el Ministerio Público tenga un sistema de comunicación que obligue a los fiscales a informar. Hay un tema pendiente de modernización. Los casos que llevan los fiscales no deben ser secretos. Está mal que se conviertan en fiscales estrellas y personajes de la farándula, pero ¿deben facilitar el conocimiento del público de los casos que están llevando? Categóricamente sí. ¿Deben hacerlo con cuidado? Categóricamente sí. ¿Lo hizo así Arias? No sé, es discutible, posiblemente en algunos márgenes se pasó de lo correcto", agrega el profesional.

La segunda parte del conflicto es si se justificaba la remoción del caso Corpesca. A su juicio, "no, porque deja pésimas señales y sospechas de cuál fue la razón de fondo que había detrás para removerlo. Me parece que hay tema de debido proceso, que justificaba un recurso de ese tipo. Si hubiera estado en la Corte de Apelaciones habría declarado admisible el recurso de protección del fiscal Arias y lo habría estudiado".

-¿Qué derechos se vulneraron?

"El tema del debido proceso de que cualquier persona para ser sancionada debe ser sancionado con cierto respeto mínimo de garantía, poder defenderse y que quien lo sanciona no sea el mismo que acusa. Tiene que haber un procedimiento de investigación. El que hace la investigación y sanciona es el jefe de los fiscales y Abbott adelantó su opinión, prejuzgó antes de investigar. Saca mala nota", afirma.

"Otra cosa que estuvo mal fue que lo removieran por hacer declaraciones. Parecería una medida desproporcionada, porque se genera precedente de que los fiscales no pueden hablar con la prensa", puntualiza.

El académico UC sostiene que al fiscal Arias se le pone una sanción antes de investigarlo, que es removerlo del caso Corpesca. "El que lleva la investigación, el Ministerio Público, adelantó cuál era su juicio y que lo que había hecho estaba mal. La estructura de las investigaciones o sumarios dentro del Ministerio Público es muy anticuada y no es acorde a los principios de garantías constitucionales de un debido proceso. Que no le aceptaran el recurso no significa que no tenga razón. Tendrá que intentar otras vías. Se está vulnerando el debido proceso y se está sancionando a un fiscal por causas distintas a las que se dicen públicamente".

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