El Demócrata

Magdalena Ossandón 158x158

Magdalena Ossandón Widow es abogado de la Universidad Católica de Valparaíso y doctora en Derecho por la Universidad de Navarra, España. Actualmente hace clases en la UC siendo experta en Derecho Penal. Por sus galardones fue invitada a la comisión de Salud del Senado para participar del debate en torno al despenalización del aborto en tres causales.

La abogado es clara. Respecto a la causal de violación afirma que esta "se presta para se ocupe simplemente porque la mujer dice que fue violada, aunque sea mentira". Además, habla sobre el derecho que las mujeres reclaman para detener la vida de la persona en el vientre materno: "esa libertad y autonomía siempre tienen un límite que está marcado por la existencia y los derechos de otros".

Al respecto conversamos con ella en El Demócrata.

—¿Qué tipo de aborto permite actualmente la legislación chilena?

—El Código Penal prohíbe el aborto y lo tipifica como un delito siempre que se realice maliciosamente, es decir, cuando se realiza una conducta que tiene como objetivo matar al feto. El Código Sanitario, en cambio, permite cualquier conducta médica de intervención en la madre, aunque produzca un aborto, siempre que eso no sea el objetivo directo de la conducta. Si es una conducta terapéutica necesaria para la vida de la madre no sólo está permitida, sino que el médico está obligado a realizarla.

—¿Este proyecto es una adecuada respuesta para una mujer con un embarazo complejo?

—Es imposible considerarlo una respuesta adecuada. Soy mujer y entiendo que es muy importante que se respete la libertad, la autonomía y los derechos de la mujer. Pero esa libertad y autonomía siempre tienen un límite que está marcado por la existencia y los derechos de otros. Un correcto tratamiento de estas materias nunca puede pasar por la autorización para provocar la muerte. Entre otras cosas también porque es una falsa libertad que se le da a la mujer.

—¿A qué se refiere?

—Las mujeres no abortan así porque quieren, por naturaleza es muy fuerte decidir matar al ser humano que uno tiene dentro. La mujer cuando aborta siempre lo hace porque no puede seguir adelante con su embarazo. Se ve obligada a tomar esta decisión drástica porque las circunstancias se lo exigen, sin ser —en la mayoría de los casos— una decisión realmente libre.

—¿Qué prima, el derecho a vivir o el derecho a elegir?

—En la legislación actual el derecho a la vida es un derecho fundamental, es el primer derecho consagrado en la constitución. En general, todos los derechos tienen ciertos límites. Un clásico ejemplo es el conflicto que se produce entre la libertad de expresión y el derecho a la honra. Yo no puedo realizar cualquier conducta en virtud a mi derecho de la libertad, en la medida que esa libertad pueda afectar la libertad, la vida, la honra de otras personas.

LA VENTANA ABIERTA AL ABORTO LIBRE

—¿Qué opinas de cómo trata la violación el proyecto del gobierno?

—Según el proyecto un equipo médico va a determinar si hubo o no violación. ¿Cómo? No se dice. ¿Cuándo? Hasta 12 semanas después de la violación y en caso de un menor de edad hasta 14. ¿Va a quedar algún rastro de la violación en ese momento, salvo el embarazo? Ninguno. ¿Cómo lo va a probar el equipo médico? Incierto. Se presta para que esta causal se ocupe simplemente porque la mujer dice que fue violada, aunque sea mentira.

—¿La causal de violación permitiría el aborto libre?

—Hay muchos pro aborto que reconocen que con la causal de violación —en la práctica— se implementará un pseudo sistema de aborto libre. También hay quienes dicen que este proyecto se queda corto. Los que quizás no han sido sinceros son los del gobierno al presentar el aborto como un proyecto restrictivo. Es una cuestión de estrategia política, ya que se sabe que en nuestro país las encuestas muestran que la inmensa mayoría no está a favor del aborto libre.

—En la práctica ¿hay mujeres que han sido sancionadas por hacerse un aborto?

—Sí hay, pero en casos excepcionales y no en estas tres causales. Lo normal de una mujer que ha abortado es que tiene circunstancias que atenúan su responsabilidad. Por las características del aborto y la pena con la que se castiga se pueden producir salidas alternativas al proceso. Si este proyecto quiere quitarle la sanción a la mujer que aborta, entonces no tendrá ninguna consecuencia práctica, porque sanción penal a la mujer en este minuto no hay.

—Con senadores asistiendo a la mitad de las sesiones, yéndose antes de las preguntas, ¿qué valor tiene concurrir a una instancia como esta?

—Uno concurre porque tiene el deber de tratar de contribuir a que de verdad se haga un debate informado. Sin embargo, queda la sensación de que se está cumpliendo formalmente con algo, pero no se tiene mayor interés por escuchar o atender de verdad las razones que puedan haber de una u otra posición. Creo que hay decisiones previamente tomadas y no van a cambiar por una sesión.