Diario Estrategia

Francisco Pinochet 158x158

Las graves inundaciones del sistema frontal en horas de la madrugada del pasado domingo 17 de abril, fueron causadas no por las lluvias, como se sabe, sino por un canal artificial con aguas del Río Mapocho construido por la empresa Sacyr por encargo de la "Sociedad Concesionaria Nueva Costanera S.A." –Autopista Costanera Norte- el cual desbordó e inundó varios sectores de Providencia, Andrés Bello y Nueva Providencia, dañando –según estimaciones de expertos- más de mil viviendas, locales comerciales, y edificios de oficinas del sector.

Los daños y perjuicios son de tal magnitud que de no pagarse, los afectados podrían terminar siendo los dueños de la autopista y de la constructora -por ser los responsables de las inundaciones- en pago de sus indemnizaciones. ¿Son la autopista y la constructora los responsables de estas inundaciones? ¿Cómo responderán de las millonarias pérdidas causadas? ¿Serán suficientes los seguros existentes?

El intendente de la Región Metropolitana, Claudio Orrego y el Ministro del Interior, Jorge Burgos, señalaron que la concesionaria era la principal responsable de lo ocurrido. El primero señaló que había ido a advertirles personalmente que tomaran todas las medidas con el fin de prevenir desbordes ante la inminencia de las lluvias. Desafortunadamente, fue sin el Ministro de Obras Públicas, Alberto Undurraga, quien debió haber llevado a los inspectores de la Dirección de Obras Hidráulicas a fiscalizar la suficiencia de las obras de protección.

Este último señaló que la empresa informó, reiteradamente, que habían tomado medidas adicionales suficientes, y que en caso de que hubiese algún problema por los aumentos de caudal eso solamente iba a afectar la obra.

La autopista Costanera Norte se ha defendido señalando que habían construido un canal de desvío capaz de soportar 80 metros cúbicos por segundo, pero que, con las lluvias, el río Mapocho llevó hasta la zona de los trabajos un caudal de 120 metros cúbicos por segundo, lo que produjo un desborde del canal que inundó los túneles que estaban en construcción. Por estos se produjo el rebalse hacia Costanera Sur y Costanera Norte.

Aún más, según la empresa, en todo momento estuvieron contactados con la Dirección de Obras Hidráulicas la cual habría tenido personal observando en el lugar. También señalan que ese día habían representantes del MOP y funcionarios de la empresa Zañartu Ingenieros Consultores, que funcionan como asesoría a la inspección fiscal.

Por su parte, la empresa constructora Sacyr sostiene que no ha habido incumplimiento de ningún tipo ya que efectuaron los trabajos con un plan de manejo para trabajar en el río el cual fue aprobado y luego fiscalizado por el MOP. Es decir, que ellos estaban trabajando de acuerdo a las normas impartidas por dicho Ministerio. ¿De quién es la responsabilidad entonces?

La responsabilidad es de carácter solidaria entre todos los que incurrieron en la negligencia. Esto significa que se puede demandar a todas las empresas y al Fisco para que cada una de ellas pague el total de los daños. La primera responsabilidad es de la constructora, pero en el ámbito del derecho civil existe la llamada responsabilidad refleja contra el dueño de la obra, es decir la autopista. Respecto del Ministerio de Obras Publicas, de ser efectivo que la canalización y las obras de resguardo se hicieron cumpliendo las instrucciones y normativa del MOP, entonces este también incurre en la responsabilidad civil.

Respecto de los seguros comprometidos, los de Sacyr -que son los primeros que deben operar- serían del orden de $ 26.000 mil millones. Esta cifra probablemente sea insuficiente, atendida la gran cantidad de afectados. Estos seguros deben cubrir los daños emergentes de las viviendas, locales comerciales y empresas, incluyendo los gastos necesarios para sacar las aguas y lodo, pero además el lucro cesante y el daño moral –stress- sufrido por todos quienes han sido víctima de esta situación.

También queda por solucionar un problema vital: los costos para que las empresas afectadas –que son cientospuedan volver a operar en las oficinas de los edificios que resultaron inundados. De ahí la necesidad de iniciar acciones legales mientras no se conozcan con certeza los montos de los seguros involucrados y la rapidez con que se pagarán las indemnizaciones.