El Mercurio

Alvaro Paul 158x158

La decisión de La Haya frente a nuestra objeción preliminar en el caso contra Bolivia ha generado preocupación. Algunos, incluso, han propuesto denunciar el Pacto de Bogotá, es decir, retirarse del tratado mediante el cual Chile le otorga competencia a la Corte. También ha generado interés la reciente decisión de otra corte, la Interamericana, en el caso Maldonado y otros contra Chile. Es esperable que estas decisiones conmocionen, pues emanan de instituciones a las que Chile ha dado poder vinculante. Esta entrega de poder tiene su base en el juego democrático, pues son autoridades electas las que ratifican tratados que les conceden jurisdicción en forma expresa.

Sin embargo, existen otros organismos que dicen mucho sobre Chile, y cuyas opiniones no generan todo el debate que debieran. Se trata de las opiniones de los comités de monitoreo de tratados de DD.HH. Estos frecuentemente emiten informes sobre nuestro país, como sucedió hace algunos días con el Comité de los Derechos del Niño. Las opiniones de tales comités carecen de poder vinculante, pero son controversiales por referirse a cuestiones muy alejadas del tratado que los crea, y porque algunos afirman que sus interpretaciones de los tratados serían "auténticas".

Respecto del primer punto, es decir, de lo alejado que los informes de tales comités están del tratado que les da vida, basta con referirnos a algunos casos. Por ejemplo, el reciente informe del Comité de Derechos del Niño recomienda que Chile se asegure de que las empresas, especialmente industriales y extractivas, cumplan estándares ambientales, así como de que se certifiquen internacionalmente. Es posible ver una cierta relación indirecta entre esta recomendación y la niñez. Sin embargo, uno se pregunta si los Estados tenían en mente este tipo de recomendaciones al darle al Comité su potestad para examinar los progresos en el cumplimiento de la convención sobre la niñez.

Por otro lado, llama la atención que el Comité perciba que los derechos de los niños son distintos según el país donde estos se encuentran, puesto que a Chile le recomienda tomar medidas relativas a la orientación sexual e identidad de género de los niños, mientras que no lo hace respecto de otros países, v.gr. de tradición musulmana (según se observa en informes aprobados recientemente). Por último, es asombroso que ordene que Chile legalice ciertas formas de aborto, a pesar de que el preámbulo de la Convención respectiva afirme que los niños requieren protección antes de su nacimiento.

El Comité de los Derechos del Niño no es el único que hace recomendaciones extravagantes a nuestro país. En efecto, el Comité de DD.HH. -encargado de revisar los informes presentados en el marco del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos- ha recomendado a Chile acelerar la aprobación de proyectos de ley, elevar plazos de la prescripción penal respecto de ciertos delitos, y llevar adelante otras acciones específicas. Desafortunadamente, muchas de estas observaciones dejan de ser una estricta aplicación del tratado que los Estados están llamados a cumplir, y terminan siendo recomendaciones de política pública (las que debieran ser decididas por nuestras autoridades democráticas, luego de auténticos procesos deliberativos).

Según se afirmó, los comités no solo tienen el problema de recomendar cosas ajenas a las normas de los tratados aprobados democráticamente por Chile. También se prestan para que algunos presionen a las autoridades nacionales, alegando que las interpretaciones de estos organismos serían interpretaciones auténticas de los tratados respectivos. Estas afirmaciones, como era de esperar, vienen a veces de miembros de estos mismos comités. Al hacerlo, olvidan el principio bien asentado, y reafirmado por la antigua Corte Permanente de Justicia Internacional, de que el derecho a dar interpretaciones auténticas de normas legales pertenece exclusivamente a la entidad que tiene el poder de modificarlas o derogarlas.

Quizá es ya el momento para que nuestros políticos hagan como las autoridades de otros Estados (muchos de ellos desarrollados), y les planteen a estos comités algunos de sus errores. Ello, porque los comités no deben exceder las funciones que les han sido encomendadas, pasando por encima del libre juego democrático. Este es un tema de país, por lo que debiera enfrentarse con altura de miras, con independencia de si se comparte el contenido de una o más recomendaciones.