Publimetro

Claudio Valdivia 158x158

Pese a que nuestra Constitución establece la prohibición de todo acto de discriminación laboral que no se base en la capacidad o idoneidad personal, cada cierto tiempo aparecen estadísticas que dan cuenta de la discriminación que sufren las mujeres en sus trabajos. La Clínica Jurídica Derecho UC le explica algunos aspectos legales a tener en cuenta.

Una trabajadora es discriminada cuando es víctima de distinciones, exclusiones o preferencias en razón de su sexo (femenino) y que tienen por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo o la ocupación. La discriminación puede ocurrir en distintos momentos de la relación laboral: -Al momento de la contratación un empleador no puede vulnerar este derecho fundamental. Así, no puede efectuar ofertas de trabajo con requisitos que sean discriminatorios, como lo es exigir un sexo determinado o características personales (edad, estatura, etc.), salvo que estas diferencias se basen en la capacidad o idoneidad exigidas para el empleo determinado. Tampoco puede condicionar la contratación a la ausencia o existencia de embarazo ni exigir un certificado o examen para verificar si se encuentra o no embarazada.

-Durante la relación laboral tampoco el empleador puede discriminar a la mujer por el sólo hecho de ser mujer o por estar o no embarazada, tanto en la permanencia o renovación de su contrato como en la promoción o movilidad en su empleo.

Dado que históricamente las mujeres han recibido salarios más bajos que los hombres, un aspecto importante a destacar es la obligación que tiene el empleador de cumplir con el principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que prestan un mismo trabajo, salvo que las diferencias que sean objetivas y se funden en las capacidades, idoneidad, responsabilidad, productividad, entre otros.

-Con ocasión del despido las mujeres no pueden ser lesionadas en su derecho a la no discriminación en razón de su sexo. Por ejemplo, no pueden ser despedidas exclusivamente por ser mujer ni tampoco sufrir violencia (física o psicológica) o recibir malos tratos.

Una trabajadora que sea víctima de discriminación laboral puede ir a la Inspección del Trabajo a presentar una denuncia administrativa para que se fiscalice a la empresa o para que se inicie una investigación.

También puede iniciar una denuncia judicial ante los Tribunales Laborales en el procedimiento de Tutela Laboral por vulneración a su derecho fundamental a la no discriminación en el empleo. Con lo anterior, la trabajadora puede conseguir que termine el acto discriminatorio, se tomen medidas de reparación e incluso se paguen indemnizaciones.

Si quiere más información o tiene dudas sobre este u otros temas, consulte gratuitamente en la Clínica Jurídica Derecho UC al correo electrónico atenciondepal@uc.cl o al teléfono (56 2) 26862195.