El Mercurio

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Dos colecciones adornan la biblioteca personal del abogado constitucionalista José Luis Cea: una de ángeles y otra de búhos. Es en este lugar, ubicado en el balneario de Santo Domingo, donde desde hace una semana el académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica está de vacaciones.

Pero aclara que son "vacaciones relativas", porque durante este mes estará dedicado de lleno a terminar de escribir dos libros.

Miembro de la Comisión Rettig, profesor desde hace 40 años y presidente del Tribunal Constitucional entre 2005 y 2007, una de las materias que ha captado su atención y que ha analizado con detención, es el proyecto de interrupción del embarazo presentado por el Gobierno.

¿Cuál es su visión general del actual proyecto de aborto?

-Es una iniciativa cuya redacción en varios aspectos no es prolija. Denota, como en otros proyectos de ley, un apresuramiento en la redacción. Es un proyecto que se une a esta serie de iniciativas legales que han sido calificadas como "frenesí legislativo". No se comprende cabalmente por qué tanto apresuramiento de legislar en cuestiones que son tan delicadas y que ya han suscitado una controversia que se pudo haber evitado con un estilo más acucioso. Esto va a provocar una situación de tensión dentro de la sociedad que se va a traducir en mayores conflictos dentro del Congreso cuando se comience a discutir. Y en la sociedad chilena, que se divide por una razón adicional a las que ya tiene.

¿En qué aspectos nota apresuramiento y desprolijidad?

-En el tema de la libertad de conciencia y específicamente en la objeción de conciencia. Hay otras disposiciones que son muy controvertibles, como el caso de la niña que queda embarazada como secuela de una violación, y que se le dan 18 semanas, lo cual es manifiestamente disputable. Se tendrían que haber pensado más esas disposiciones, haber estudiado más cuál es la legislación comparada y haberse dado cuenta de que se están tomando decisiones muy audaces. Es muy bueno siempre abrir una instancia de diálogo con la esperanza de que en Chile se pueda llegar a acuerdos y consensos.

¿Ve posible llegar a un consenso sobre la interrupción del embarazo?

-Estas son materias muy controvertidas. Es muy difícil que en materia de aborto se pueda llegar a un consenso si en definitiva se trata de imponer la tesis de aprobar una ley que establezca excepciones a la penalidad del aborto. La tipificación de los tres casos es tosca, falta mayor prolijidad. No es llegar y afirmar que se podrá interrumpir el embarazo cuando lo exija la salud física y psíquica de la madre. O cuando la criatura que viene en el vientre materno tenga inviabilidad por consecuencia de afecciones que padece. Y eso es parte de una legislación como debe ser a la altura de la democracia de Chile: prolija, meticulosa, debatida, acordada con especialistas que puedan hacerse cargo de estas figuras.

El rector Ignacio Sánchez planteó que en la Red UC no se realizarán abortos, pero el proyecto dice que la objeción de conciencia es personal. ¿Qué piensa de eso? ¿Puede existir la objeción institucional?

-La libertad de conciencia, que es un derecho garantizado en la Constitución y en los tratados internacionales, está asegurada a todas las personas, y las personas pueden ser naturales y jurídicas, de derecho público y privado. Quien funda una institución lo hace con un corpus doctrinario, con una intencionalidad, con un ethos , con un espíritu que quieren proyectar. La Universidad Católica tiene un ideario que no puede considerarse para ciertas circunstancias, sino para siempre y en toda ocasión y momento.

"La objeción de conciencia es pacífica, no violenta, es propia del sujeto que la manifiesta, o sea, es individual y no colectiva, pero perfectamente bien podría llegarse a un acuerdo entre diversas personas o personal médico. Puede incluso que se pueda manifestar institucionalmente".

Sin embargo, aunque un médico tenga objeción de conciencia deberá atender "casos impostergables" si se presentara una emergencia. ¿Cuáles son los alcances de la objeción de conciencia?

-Nadie te puede obligar a eso, esa es otra de las desprolijidades que tiene la disposición, porque pasa por encima de la objeción de conciencia. Un profesional es un hombre consciente de lo que está haciendo y tiene todo el derecho a oponerse. Esa ley no solamente es inconstitucional, es contraria a los tratados internacionales de derechos humanos y, por supuesto, es inconciliable con cualquier estándar ético o moral.

"Se requiere de una normativa especial, pero de asistencia a la madre"

De aprobarse el proyecto, primará el deber de confidencialidad por sobre el deber de denuncia. En casos de violación, ¿la despenalización podría derivar en un eventual encubrimiento del delito?

-Todos los derechos tienen límites, incluso los más esenciales como es la vida. Esta se puede sacrificar legítimamente en defensa de la patria, por ejemplo. Pero esa limitación de los derechos esenciales tiene que ser proporcional a la agresión que se sufre. Si se invocan la intimidad y la confidencialidad en una relación de violación, habrá que ver hasta qué punto es proporcional al hecho la medida que se está tomando, en el sentido de que la ley pueda prohibir algo. ¿Es proporcionado como medio para lograr el objetivo que se propone? Si se busca encubrir un delito, no es adecuado.

¿Cómo abordar los casos de embarazos no deseados producto de una violación?

-Es una situación dramáticamente triste, donde se requiere de una normativa especial, pero de asistencia a la madre. No puedo aceptar que en nombre de la defensa de derechos humanos, en este caso de la libertad de la madre, se atropelle la vida de una criatura inocente. Lo consideraría absolutamente injusto, indefendible. El primer derecho fundamental es la vida, siempre. Lamentablemente soplan vientos en el sentido contrario. Pero no se puede invocar un delito abominable para legitimar y justificar un asesinato. La justicia tendría que perseguir y dar con el violador y la sociedad civil tendría que entregar los medios de ayuda en favor de esa madre tan desgarradoramente sometida a una prueba atroz como la violación.

¿Cómo enfrentar el debate entre derecho a la vida y los derechos de la mujer? ¿Hay un derecho que deba garantizarse por sobre otro?

-Todas son situaciones que se han ido interconectando, particularmente a través de organismos internacionales, pero con ramificaciones importantes dentro de la vida de los países. Han logrado introducir estos conceptos como los derechos reproductivos. Eso no es progreso. Soy gran defensor de la mujer dentro del derecho chileno, pero no estoy de acuerdo en que se le reconozca la facultad de disponer de la criatura que tiene en el vientre. Lo diré en todos los tonos: me parece ilegítimo.

Parte del debate radica en cuándo comienza la vida, materia donde hay variadas posiciones. ¿Cómo se debe abordar una ley cuando no hay consenso?

-En la Constitución el tema tiene bastante claridad: se protege la vida del que está por nacer. El Código Civil dice que de la fecha de nacimiento se colige la de la concepción: la concepción es anterior al nacimiento no menos de 180 días cabales y no más de 300.

"Cuando trabajaba en el TC me correspondió el caso de la píldora del día después, donde estudié a fondo el tema del comienzo de la concepción. Se hicieron audiencias con los especialistas más connotados y nunca tuve la certeza de que estuviera siendo científicamente demostrado que no fuera la fecha de la fecundación la del comienzo de la vida".

"La Constitución no me deja ninguna duda de que está a favor de la vida"

Usted fue miembro del TC, ¿qué reservas de constitucionalidad podría tener el proyecto?

-Si fuera ministro del tribunal, manifestaría mi preocupación primero en relación al principio de libertad de conciencia y ahí haría mucho hincapié en la objeción de conciencia. No me parece que en el proyecto de ley esté suficientemente configurada y redactada adecuadamente.

"Luego, en la descripción de las tres situaciones que se contemplan creo que habría que exigir un debate muy acucioso en torno a las características que tiene cada uno de esos procesos. Hemos hablado muy poco de la eventual afección de la madre, y si no está perfectamente configurado cuál debe ser la naturaleza de la patología, esto se presta para que se pueda alegar una cuestión de carácter psicológico".

"Situaciones como la de los menores de edad es más que discutible, sobre todo en relación a los derechos de los padres a ser ellos los que intervengan o busquen una solución, que no puedo divisar cuál es, porque no estoy de acuerdo".

"Enseguida, la malformación del feto: no hay derecho de la madre a abortar quitándole la vida a quien tiene en su seno. La Constitución no me deja ninguna duda que está a favor de la vida y en contra de la muerte".

"Es la puerta abierta hacia la configuración del aborto libre"

¿Qué relevancia tiene adecuar la legislación sobre aborto terapéutico a los tratados internacionales suscritos por Chile? La ONU ha recomendado "enmendar" las leyes sobre aborto.

-Las grandes convenciones internacionales de derechos humanos son todas categóricas y defensoras de la libertad de conciencia y del derecho a la vida. Ahí no hay ninguna cláusula que esté permitiendo la práctica de los abortos. Tendríamos que rebajar el nivel de análisis a declaraciones o acuerdos de Naciones Unidas que se han elaborado muchas veces de manera semioculta, y que tienen por objeto obtener aprobación de textos que se manifiestan en la interpretación como proclives al aborto. Los esfuerzos que han hecho estos grupos no sé hasta qué punto están perjudicando la solidez de estos organismos internacionales.

Cuando era miembro del TC se falló sobre la píldora del día después. ¿Qué significado tiene esa sentencia de cara al actual debate?

-Se ha ido imponiendo, después de que se dictó la ley de entrega de la píldora, un evidente avance de la tesis de su distribución. La sentencia del TC no ha tenido en la práctica un efecto de detención del proceso, al contrario. El tema de la píldora puede tener relación con el proyecto de despenalización del aborto, especialmente en el caso de violación. La píldora se sigue distribuyendo y usando, con la certeza de que está previniendo la ocurrencia de un embarazo. Por ende, uno se tendría que preguntar, si pueden tomar la píldora, ¿por qué terminan embarazadas? ¿Quisieron tener la criatura? Ahí hay una pregunta de fondo sobre hasta qué punto se justifica un cambio de mentalidad. Pero sí tengo claro que el fallo del TC seguido de esa ley ha significado una distribución bastante generalizada de la píldora. La sentencia del TC no creo que en la actualidad tenga el efecto que se pensó que iba a tener.

¿Legislar sobre aborto terapéutico es una puerta para en un futuro aprobar el aborto sin restricciones?

-Es la puerta abierta para que se dé el paso hacia la configuración del aborto lisa y llanamente libre. Si el dique se rompe en determinada parte llega un momento en que si no se obtura el caudal arrolla todo lo que viene por delante. Este puede ser el primer paso.

"No se comprende por qué tanto apresuramiento de legislar en cuestiones que son tan delicadas y que ya han suscitado una controversia que se pudo haber evitado con un estilo más acucioso".

"Hemos hablado muy poco de la eventual afección de la madre, y si no está perfectamente configurado cuál debe ser la naturaleza de la patología, esto se presta para que se pueda alegar una cuestión de carácter psicológico".

"Soy defensor de la mujer dentro del derecho chileno, pero no estoy de acuerdo en que se le reconozca la facultad de disponer de la criatura que tiene en el vientre. Me parece ilegítimo".

"El primer derecho fundamental es la vida, siempre. Lamentablemente, soplan vientos en el sentido contrario. Pero no se puede invocar un delito abominable para justificar un asesinato".

"Las grandes convenciones internacionales de derechos humanos son defensoras de la libertad de conciencia y del derecho a la vida. No hay ninguna cláusula que esté permitiendo abortos".

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