La Tercera

sebastian soto96x96

En las próximas semanas, el Senado elegirá a dos nuevos integrantes del Tribunal Constitucional (TC). La decisión, dicen algunos, viene en un momento complejo para el TC. En efecto, tras la llegada de la Nueva Mayoría -esa forma que tenemos de llamar a la antigua Concertación sin sus elementos moderados- el TC ha estado en el centro de la crítica de muchos de sus teóricos. Se le ha calificado, por ejemplo, como una de las "trampas" de la Constitución. Por eso, se piensa, la decisión es clave, porque los nuevos nombres podrían exacerbar el reproche o detenerlo.

Las cosas son menos dramáticas. Primero, porque el TC goza de buena salud y las críticas son infundadas. Segundo, porque el proceso de nombramiento está en manos del Senado, donde, querámoslo o no, las cosas se conversan y se acuerdan.

Algunos acusan al TC de ser parte de un mecanismo impuesto por la dictadura para imponer al legislador su voluntad. Ante todo, no debe olvidarse que la creación del TC se remonta a la reforma constitucional del 70. Y desde el inicio su objetivo fue disciplinar el trámite legislativo y hacer que en él prime la Constitución. En este rol, actúa como límite y control de las mayorías en defensa de la Constitución o, como ya afirmaba Silva Bascuñán en 1970, ejerce sus atribuciones en el proceso legislativo "con superioridad sobre los órganos colegisladores".

En el ejercicio de sus tareas -que incluso fueron vigorizadas en la reforma de Lagos del 2005- el TC ha ejercido correctamente su función. Podrá discreparse de algunas de sus sentencias, pero lo cierto es que éstas hacen lo que se le pide a cualquier tribunal: razonar jurídicamente y adjudicar en conformidad a la Constitución. Se ha dicho que sus integrantes votan "políticamente", pero no puede extrañarnos que las concepciones del orden social que tienen sus miembros se reflejen en sus decisiones. Al final, la Constitución es un texto jurídico como político. Por eso, a pesar de la asonada, todo indica que el TC seguirá jugando un rol en la vida política tal como lo ha hecho en las últimas décadas.

A su vez, que el proceso de designación de sus miembros esté en manos del Senado es garantía de una integración equilibrada. Ello es importante, porque como lo ha mostrado Sunstein (2006), las cortes integradas por personas ideológicamente diversas son más moderadas que aquellas en que hay uniformidad. Y, como se aprecia en varias de nuestras instituciones, también tienen mayor legitimidad. El Consejo del Banco Central, por ejemplo, ha mostrado un equilibrio entre los sectores políticos y ello ha fortalecido la legitimidad de sus acuerdos.

Que la decisión sea del Senado, permite que los elegidos provengan de sectores políticos diversos, llevando al TC visiones políticas distintas. Ello, la mayor de las veces permite cierta confluencia hacia la moderación llegado el momento de aplicar la Constitución. Igualmente, ponderando diversos puntos de vista, sus decisiones también ganan en legitimidad.

Toca, entonces, al Senado definir a dos de sus miembros para que éstos sigan contribuyendo a la moderación y prestigio de este tribunal.