Diario Financiero

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Uno de los grandes problemas que tiene nuestro sistema de evaluación de impacto ambiental lo constituye la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), que es el acto administrativo con el cual culmina el procedimiento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) de proyectos. Es más, me atrevería a llamarlo el "talón de Aquiles del Sistema" ¿Por qué un problema, diría Ud.?

Seguramente muchos nunca han leído una RCA. Y si alguien lee alguna, va a quedar estupefacto de la forma como está estructurada dicha resolución. Un documento descriptivo y que básicamente funciona como un "collage" o "amasijo" de obligaciones ambientales exigidas por los distintos servicios públicos. Uno esperaría que las obligaciones estén incluidas en tablas Excel que indiquen claramente y en forma objetiva, los parámetros y obligaciones ambientales que han de cumplirse y luego fiscalizarse. Pero no, las RCA son "puro texto", muchas veces con obligaciones ambientales contradictorias o derechamente incompletas, lo cual genera incertidumbre y es fuente de judicialización. Haga un simple ejercicio: por cada obligación ambiental, trate de dilucidar el "cómo", el "quién", el "cuándo". Y se va encontrar con una sorpresa: dichas preguntas básicas no tienen respuesta en la misma RCA.

Hasta antes de que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) empezara a fiscalizar, la situación planteada no significaba un problema, ya que la fiscalización era inorgánica y escasa. Pero con la entrada en funcionamiento de dicha institución, el tema empezó a tomar relevancia con la fiscalización seria y estratégica que empezó a desarrollar la SMA. Sin embargo, por una parte la SMA tiene que dilucidar qué es lo que quiere fiscalizar, ya que en principio toda la RCA sería fiscalizable ¿Va a fiscalizar el color de los basureros de una planta determinada? Y por otra parte, el titular de la RCA se pregunta, con justa razón, ¿cómo cumplir con obligaciones ambientales incompletas o contradictorias? Y el tema no es menor, ya que las multas en caso de infracción son millonarias.

Además, todo lo anterior se ve coronado con lo que significa, por ejemplo, para un proyecto, tener 5 o más RCA, además de varios cambios realizados al respectivo proyecto y que han sido "respaldados" por respuestas emanadas del SEA a consultas de pertinencia, pero que no son incluidas formalmente en las RCA. Pero el problema no es solamente que la RCA está mal construida, sino que tampoco la autoridad administrativa permite su actualización, constituyendo la RCA en una suerte de documento inmodificable, una verdadera "camisa de fuerza".

Dado que estamos en un período de "alianza público-privado" en que lo que se quiere es entregar certezas, modificar la estructura de las RCA y permitir su actualización resulta esencial. En definitiva, se requiere transformar la RCA, para que el talón de Aquiles del sistema se convierta en el resorte principal de la máquina, usando jerga portaliana.