La Tercera

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Señor director:

Una de las propuestas del programa de reforma constitucional de la Nueva Mayoría busca suprimir al interior del Estado toda "referencia a juramentos, libros o símbolos de índole religiosa". Detrás de ese propósito pareciera existir una visión que busca eliminar de la esfera pública todo signo religioso, en la medida en que su manifestación sería incompatible con el principio de separación Iglesia-Estado.

Sin embargo, el Derecho Comparado ha ofrecido una visión que difiere. El lunes 5 de mayo, la Corte Suprema de los Estados Unidos resolvió que la invocación del nombre de Dios acompañada de una oración al comienzo de la sesión de un concejo municipal es plenamente compatible con el principio de separación Iglesia-Estado, aun cuando dicha oración, dada la tradición y la cultura local de la ciudad, era -la mayoría de las veces- de carácter cristiano.

Pero el fallo va más allá. La corte rechazó que el Estado pudiese, con el propósito de garantizar el principio de no discriminación, intervenir el texto de las plegarias para evitar conflictos con minorías ateas o no cristianas. La corte manifestó que "sostener que las alusiones y plegarias [ofrecidas al inicio de las sesiones del concejo] debieran ser neutrales (nonsectarian) forzaría tanto al legislador (...) como a las cortes (...) a actuar como una suerte de supervisores o censores del discurso religioso" (pp. 12-13), cuestión que sería tanto más riesgosa para la separación Iglesia-Estado que la sola plegaria que se reza al comienzo de la sesión de un concejo municipal.

Si bien es complejo hacer analogías exactas a partir de ejemplos del Derecho Comparado, esta sentencia reúne los méritos para ser considerada dentro del debate constitucional que se viene en los próximos meses.