El Mercurio Legal

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Dos subdirecciones sumará el Servicio de Impuestos Internos (SII) según el informe financiero de Hacienda —que acompaña a la reforma tributaria— y, con ellas, nuevos controles internos, tanto de las actuaciones de los funcionarios ante los contribuyentes como respecto del cumplimiento de metas institucionales.

La primera de estas unidades estará cargo de asistir a los usuarios y reunir información que permita una evaluación periódica del quehacer de los fiscalizadores, lo que luego serviría para el perfeccionamiento de los procesos. Entre las funciones de la segunda, en tanto, está el control del cumplimiento de los compromisos públicos del organismo, explican en el SII.

Para algunos abogados especialistas en materia tributaria, el tema de la supervigilancia interna resulta importante en el contexto de la norma general antielusión, cuyo amplio contenido —a pesar de las indicaciones incorporadas al proyecto— causa recelo en el ambiente.

Por una parte, dicen, porque dicha normativa obliga a los fiscalizadores a fijar la carga impositiva según su apreciación de los hechos, basándose en un texto de redacción "vaga"; y, por otra, porque presenta vicios de inconstitucionalidad, agregan.

El profesor UC, Manuel Mánquez, explica que "el proyecto impone como una carga sobre los hombros de los fiscalizadores el riesgo de ser acusados de un uso arbitrario de normas con una redacción muy vaga, que se presta para las más diversas interpretaciones ante una infinidad de situaciones reales, las que fuerzan a los funcionarios a tomar decisiones propias de un tribunal de justicia, como lo es determinar la intención que tuvieron las partes de un acuerdo de distribución".

Son además controles que pueden ser útiles para detectar eventuales casos de corrupción que, aunque más bien excepcionales en la institución, los ha habido. El último de ellos, involucró a dos funcionarios y significó un perjuicio fiscal de unos $20 mil millones. El fraude, que se realizó por cerca de cinco años, consistía en la adulteraron declaraciones —a cambio de dinero— y la generación de devoluciones de impuestos falsas. La operación solo fue descubierta por la denuncia de un contribuyente.

Las facultades

Entre las nuevas atribuciones que se dan al SII está, por ejemplo, el poder determinar administrativamente que existe una situación de abuso y, en consecuencia, desestimar los efectos tributarios de un acto o contrato válidamente celebrado por las partes, cuando "se evite total o parcialmente la realización del hecho gravado, o se postergue o difiera el nacimiento de dicha obligación" y, lo mismo, si considera que hubo simulación.

Una situación, explica Óscar Ferrari, socio del estudio Avendaño Merino Abogados Ltda., que no sería muy distinta a que "me obliguen a pagar el peaje del túnel Zapata, aunque me haya ido a Viña por la cuesta Barriga, por considerar que lo 'propio' habría sido pasar por el túnel, ya que así no habría evitado el pago del peaje".

También se faculta al SII, entre otras cosas, para atribuir rentas entre los socios o accionistas de una compañía, prescindiendo incluso de lo dispuesto en los estatutos sociales o lo que legítimamente hayan acordado los socios o accionistas, cumpliendo para ello con lo dispuesto por las propias leyes que regulan los distintos tipos de sociedades.

Se trata —apunta Ferrari— de "facultades muy amplias y basadas en conceptos demasiado ambiguos, que al quedar radicadas en los funcionarios del Servicio y no en los tribunales de justicia, pueden prestarse para discrecionalidades y arbitrariedades".

En este escenario, advierte la abogada de Carey Jessica Power, "el único que terminaría decidiendo sería el juez tributario (...) porque no hay una instancia administrativa a la que el contribuyente pueda recurrir en virtud de estas atribuciones". Los procedimientos de reclamación, agrega, "siguen siendo los mismos que conocemos, no se agrega nada nuevo en ese sentido".

Y, como la creación de los tribunales tributarios y aduaneros (TTA) es reciente, aún no es posible saber si serán o no un adecuado contrapeso al actuar del SII, plantean algunos de los abogados consultados.

Litigiosidad

Una forma de superar un poco la asimetría de la relación SII – contribuyente, que "con la reforma aumenta exponencialmente", dice el tributarista de AVL Abogados Christian Aste, sería con la especialización de salas en las cortes y creación de un defensor gratuito para las pymes, porque hoy "los que reclaman son los que tienen los recursos para hacerlo".

En el fondo, los abogados sostienen que no se trata de que alguien esté contra la persecución del abuso y el fraude tributario, o de aplicar sanciones en aquellos casos donde haya malicia o dolo, sino del modelo de nuevas atribuciones propuesto.

"El SII actualmente cuenta con las facultades exclusivas y excluyentes de iniciar una acción penal ante los tribunales ordinarios o bien levantar un acta de denuncia infraccional, que es de competencia de los TTA. En otras palabras, las facultades están, lo que pasa es que ahora todos podemos llegar a ser culpables, según la calificación que se dé en sede administrativa y no judicial", apunta el abogado Christian Blanche, de Tax Advisors.

Entonces, de no corregirse las normas antielusivas específicas del proyecto éstas podrían convertirse en "una interminable fuente de litigios y acusaciones", agrega Mánquez.

El abogado Hugo Hurtado, de Deloitte, resume esto así: como "la nueva norma transforma toda operación con consecuencias tributarias en una operación potencialmente impugnable por el SII. Esto, de ser implementado sin la prudencia correspondiente, puede elevar el nivel de litigios de índole tributaria en el país".