En la actividad, que contó con la participación de los académicos Raúl Tavolari (UCV) y José Pedro Silva (UC), se reflexionó sobre el nuevo modelo de Ejecución Civil y el fortalecimiento de la sentencia y rol del juez de primer grado jurisdiccional.

Bajo la moderación de la profesora de Derecho UC Macarena Oyarzún y con las ponencias del profesor de la Universidad de Valparaíso, Raúl Tavolari, y del profesor Derecho UC y director del Programa Reformas a la Justicia UC, José Pedro Silva, se llevó a cabo la tercera sesión del ciclo de seminarios sobre el Reimpulso a la Reforma Procesal Civil que organiza el Departamento de Derecho Procesal y el Programa de Reformas a la Justicia UC.

El encuentro estuvo dedicado a la Ejecución y cómo el proyecto de ley busca que ésta sea consagrada como principio y regla general, donde exista la posibilidad de solicitar, sin necesidad de rendir una garantía, el cumplimiento y ejecución inmediata de las sentencias de condena. A ello se suma que el proyecto busca fortalecer el rol del juez de primer grado y que las sentencias de condena puedan ejecutarse inmediatamente en un procedimiento ejecutivo autónomo.

Sobre esto, el profesor Tavolari sostuvo que durante largo tiempo “se ha buscado vías de desjudicialización del tema ejecutivo”. En este sentido, puso como ejemplo a Santiago donde “los 30 Juzgados Civiles tiene un promedio sobre las 30 mil causas anuales de las cuales un 90 por ciento son causas de ejecución”. En torno a esto, recalcó que “la mitad de ellas agotan su tramitación en la presentación”.

Respecto a la solicitud de ejecución y al proyecto, Tavolari afirmó que “necesita claramente una corrección de redacción”. Finalmente, y consultado por la orden de despacho de la ejecución y si constituye o no un acto jurisdiccional, el académico señaló que “lo constituye porque es una decisión jurisdiccional porque afectará los bienes”. Sin embargo, aclaró que “sería conveniente mejorar esta parte del proyecto”.

Por su parte el profesor Silva basó su presentación en las consideraciones generales sobre la Ejecución. Desde el punto de vista de las cifras, aseguró que en 2019 el mayor número de causas fueron tramitadas mediante procedimientos ejecutivos y gestiones preparatorias, y donde del total solo el 80,5 por ciento de las causas fueron terminadas.

En relación a los criterios fundamentales para el diseño de un proceso de ejecución, Silva agregó que deberían existir tres pilares: el primero de ellos es la eficacia, donde se dé el “máximo recupero del crédito para la satisfacción del derecho del acreedor y con el menor sacrificio posible del patrimonio del deudor”. El segundo pilar es la eficiencia, donde se incorpore “tecnología y herramientas para la interoperatividad”. Y el tercer pilar es la oportunidad, para la “obtención de resultados en plazos razonables”.

La actividad finalizó con una ronda de numerosas preguntas de los asistentes y se invitó a los próximos encuentros sobre los Desafíos de la Litigación Oral en el Nuevo Proceso Civil, Sistema Recursivo en el Nuevo Proceso Civil: Nuevo Recurso de Casación, Sistema Recursivo en el Nuevo Proceso Civil: Nuevo Recurso de Apelación, y Procedimiento Sumario Simplificado y de Partición en el Nuevo Proceso Civil.

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