Carlos Amunátegui, Carmen Domínguez H. y Jaime Alcalde reflexionaron sobre las nuevas tendencias en la responsabilidad civil, el daño y las nuevas tendencias en el Derecho Privado y de las obligaciones.

 

A fines del mes pasado el Centro de Estudios Jurídicos Iusta Causa (CEJIC) organizó el Seminario Internacional ‘Presente y Futuro del Derecho Privado’ en el cual participaron 22 académicos de Chile, España, Alemania, Argentina, Colombia, Italia y Francia, donde participaron los profesores Derecho UC Carlos Amunátegui, Carmen Domínguez H., y Jaime Alcalde.

Durante la actividad, que se dividió en cinco mesas de trabajo, se debatieron diversos aspectos del derecho, entre los cuales destacaron el Derecho de Contratos, las nuevas tendencias en la Responsabilidad Civil, el daño en el Derecho Privado y las nuevas tendencias en el Derecho de Obligaciones.

En este contexto, el profesor Amunátegui participó en el segundo panel y expuso sobre las ‘Inteligencias artificiales como objetos de derecho’. En su ponencia dio a conocer el estatuto jurídico de los agentes artificiales, donde propuso definir qué son las inteligencias artificiales frente al derecho, cómo encuadrarlas jurídicamente y determinar a qué categoría de entidades pertenecen.

Respecto a la regulación de los agentes artificiales, Amunátegui indicó que “parte de ella puede ser objeto de derecho de autor, mientras que otra es corporal. Son compuestas. El problema de los algoritmos es que son bienes transitivos consistentes en información en el sentido en que cuando son entregados, no se pierden”.

Por su parte, la académica Carmen Domínguez H. participó en la tercera mesa de trabajo bajo la ponencia ‘Desafíos de la reparación del daño moral’ donde realizó un análisis en torno a la revisión de los problemas pendientes del concepto de daños, del daño moral derivado de contrato y evaluación y prueba de esta especie de perjuicio.

En ella se refirió a los desafíos de la reparación por daño moral en Chile y planteó la complejidad que existe el que siga siendo sea una noción de origen jurisprudencial, sin reglas generales en el derecho común de la responsabilidad civil.

Además, presentó los avances y retrocesos de las normas que, en leyes especiales dictadas en los últimos años, reconocen expresamente el derecho a demandar indemnización por esta especie de daños.

Debemos llegar a un estatuto sistematizado que sea capaz de avanzar y disciplinar para la protección de la persona”, concluyó.

Finalmente, el profesor Jaime Alcalde expuso sobre las ‘Tendencias de la buena fe en el derecho comparado’. Durante su presentación analizó las tendencias vistas en los instrumentos de armonización y los códigos más recientes como el Código Civil y Comercial de la Nación, la reforma del Código Civil francés y el Código Civil chino, los cuales -a su parecer-, no difieren mucho de la presentación hecha por el Código Civil italiano en 1942.

Asimismo, realizó un contraste entre la visión de la buena fe en el Common Law y el derecho continental, donde aludió a que el contenido de la buena fe es un elemento destinado a resguardar la justicia del contrato lo que supone un equilibrio económico de la prestación.

La buena fe en el Código Civil cumple una función integradora doble porque impone un estándar de comportamiento y por otra parte integra el ámbito, mientras que, en materia del consumidor, la buena fe tiene una función distinta que es excluyente o invalidadora”.

Revisa sus presentaciones aquí: 

Panel 2, Carlos Amunátegui: https://www.youtube.com/watch?v=HlYQQknkL5U

Panel 3, Carmen Domínguez H.: https://www.youtube.com/watch?v=pRJOHLJkTuQ

Panel 5, Jaime Alcalde: https://www.youtube.com/watch?v=FO7Q9Ec4pGc