Destacados académicos examinaron el proyecto de ley promulgado el 29 de agosto y próximo a ser publicado, que modifica el Libro IV del Código del Trabajo, en materia de Titularidad Sindical, Contenido, Procedimiento y Huelga.

Generar un espacio de diálogo y reflexión en torno a los cambios que propone el proyecto de ley que modificará el actual Código del Trabajo, fue el objetivo del Seminario Reforma Laboral: Contenido y aplicación, actividad que fue organizada por las Facultades de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile y de la Universidad de Chile y que se realizó los días 24 y 25 de agosto, en las Aulas Magnas de las respectivas Universidades.

En el Aula Magna Manuel José Irarrázabal del Campus Casa Central UC, los profesores de Derecho del Trabajo Felipe Sáez (U. de Chile) y Cecilia Sánchez (UC) se refirieron al procedimiento de la negociación colectiva.

La profesora Sánchez planteó algunas interrogantes y abordó los problemas de interpretación de la norma respecto de temas relevantes como la existencia y atribuciones de los grupos negociadores, qué se entiende por beneficios de carácter regular y periódico, cálculo del piso de negociación y objeción de legalidad.

Respecto de este último punto, la académica alertó sobre las nuevas funciones que deberá asumir la Inspección del Trabajo ya que dichas objeciones deberán realizarse en una audiencia oral. ¿Será capaz de realizarlas?, ¿quién hará ese trabajo, un inspector, un mediador que cada vez son menos?, planteó. "Esta es una función a la cual no está acostumbrada, ya que sus facultades son fiscalizadoras y mediadoras, no tienen que ver con la juricidad", explicó.

Sáez, en tanto, abordó otros temas como el fuero, plazos del proceso, acceso a información por parte de los empleados y transparencia, además del procedimiento de reclamo ante los tribunales, donde es el sindicato el que tiene la posibilidad de recurrir a la justicia cuando la negociación colectiva no prospere. "No me gustaría vivir en un país donde una de las partes, cualquiera que sea, esté impedida de recurrir a este órgano con el propósito de hacer valer sus puntos de vista. No me parece una buena forma de enfrentar las políticas públicas ni tampoco una manera adecuada de tener una óptica respecto de las relaciones laborales", sentenció.

Posteriormente los profesores Francisco Tapia y Luis Lizama se refirieron a la huelga. Lizama afirmó que este proyecto no está cumpliendo con los ideales que lo impulsaron, que fueron el fortalecimiento de los sindicatos y la promoción de la negociación colectiva y, por ende, la discusión que existe hoy no tiene sentido. Para el académico de la Universidad de Chile, la huelga es completamente destructiva, ya que "la solución está en buscar acuerdos y generar condiciones para que se propicie justamente el entendimiento entre las partes y no poner énfasis en el conflicto o quiebre".

El profesor Derecho UC Francisco Tapia, por su parte, fue enfático al señalar que una huelga que no es capaz de presionar, no es huelga y, por lo tanto, en Chile no han existido porque no se ha alterado la distribución del poder dentro de la empresa. "Eso prueba que las relaciones de poder en nuestro país son muy desiguales en esta materia", señaló Tapia. En su exposición, el académico también se refirió a la relación entre la huelga con la libertad de trabajo, con la negociación colectiva y a las restricciones del derecho a huelga.

En la Universidad de Chile se llevaron a cabo dos paneles. El primero abordó la titularidad sindical en donde intervinieron los profesores Pedro Irureta (UC) y Claudio Palavecino (U. de Chile), mientras que el segundo abordó los contenidos del contrato colectivo y sus efectos, protagonizado por el profesor de nuestra Facultad Fernando Arab y Andrés Aylwin, de la Universidad de Chile.

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