El académico de la Universidad Carlos III de Madrid abordó la figura de la negociación colectiva, la actuación de los sindicatos en Europa, la reforma laboral española de 2012, la regulación del despido y sus acercamientos al proceso chileno.

Dialogar sobre la figura de la negociación colectiva en España y en los países europeos, situándola en el contexto de reforma que vive Chile, con sus similitudes y diferencias en relación a la experiencia española de la reforma laboral del año 2012, así como la regulación del despido, fue el objetivo de la clase que ofreció el profesor titular de Derecho del Trabajo de la Universidad Carlos III de Madrid, Francisco Javier Gómez Abelleira dirigida a alumnos de pregrado.

El profesor Gómez Abelleira comenzó su exposición contando los antecedentes de la reforma laboral española, y los efectos que ella ha tenido sobre las condiciones de contratación, el empleo y la regulación del despido. Según aseguró, a cuatro años de su implementación, gran parte de los objetivos propuestos por esta reforma no se han cumplido.

La institución más importante en el Derecho Laboral, explicó Gómez Abelleira, es la contratación colectiva, porque es ahí donde se determinan las condiciones de trabajo más importantes, los salarios, las horas de trabajo, la flexibilidad, movilidad, la conciliación de la vida familiar y laboral. En España existe un modelo de libertad sindical o libertad de elegir a qué sindicato afiliarse, junto con la eficacia general del contrato colectivo, es decir, todos los trabajadores reciben los beneficios y, por ello, existe una baja sindicación. Esto ocurre porque no hay un incentivo para las personas a afiliarse, algo similar a lo que ocurre hoy en Chile.

El futuro del Derecho Laboral en el mundo es incierto, señaló el académico, "pero según la tendencia, va hacia un futuro basado en la negociación de todo tipo de cuestiones, no solamente en las negociaciones colectivas sino que en aspectos relacionados con el funcionamiento de la empresa". A su parecer, la evolución en esta materia va estar cada vez menos ligada a la norma, ya que ésta sólo actuará como una especie de semáforo indicando dónde negociar. Por lo tanto, la capacidad de negociación es una habilidad que se requiere mucho más en los abogados de hoy, sentenció.

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