Una destacada participación tuvo la profesora Carmen Domínguez en este workshop organizado por la Red Universitaria Internacional de Bioética en Estambul, Turquía.

El workshop El principio de la patrimonialidad del cuerpo humano congregó a profesores francófonos de todas partes del mundo, quienes discutieron y analizaron en profundidad el concepto de la no patrimonialidad del cuerpo humano en el Derecho y su relación con la bioética. Este principio se encuentra incluido en la normativa chilena en estrecha relación con la dignidad humana, donde se establece que el cuerpo humano está diseñado como algo "fuera del mercado", intransferible, inviolable y no disponible.

En su ponencia, Domínguez destacó respecto de este principio, que es conocido comúnmente como "la falta de disponibilidad", que "no existe una regla que de una definición o una manera explícita de reconocer el principio general de no patrimonialidad" en la jurisdicción chilena.

Este principio conduce a la falta de disponibilidad del cuerpo o de sus órganos, tejidos o productos y por lo tanto, se ve reforzado por una serie de normas legales, como por ejemplo en el Código Civil, que prohíbe los actos de disposición del cuerpo humano o de sus partes, ya que el objeto del contrato es ilícito.

La académica profundizó en los aspectos bioéticos y no-bioéticos que involucra este principio, entre los que se cuentan las intervenciones médicas por una parte o la práctica de deportes de riesgo o el comercio sexual.

Finalmente destacó que aun cuando se reconoce hace mucho tiempo el principio de la no-patrimonialidad, no tiene un gran desarrollo en la jurisprudencia, exceptuando en el área del derecho a la vida y a la integridad física y mental, por lo que es necesario seguir trabajando al respecto.

Información priodística: Centro UC de la Familia