El Mercurio

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Que exista un comité de expertos que colabore en el proceso constituyente es uno de los primeros consensos que se avizoran entre los partidos políticos que por estas semanas están buscando un acuerdo que viabilice la redacción de una nueva propuesta de Constitución. Y es que una de las críticas que tuvo el texto propuesto por la Convención Constitucional disuelta en julio es que, además de tener un carácter catalogado por muchos como sumamente identitario y refundacional, la calidad jurídica del mismo era baja.

Pero cuál sería la tarea de esos expertos, cuándo deberían desarrollar su labor, cómo se elegirían y qué características tendrían son preguntas sobre las que aún no hay respuestas.

Las ideas van desde que el grupo de expertos escriba principios constitucionales que deben ser incorporados 'expresamente' —como señaló Chile Vamos en su documento— en la reforma que viabilice el proceso constitucional, hasta que dicho comité asesore durante todo el proceso, lo que es compartido tanto por el oficialismo como por la oposición. Pero de allí se desprende la pregunta de qué tan incidente sería su trabajo, si solo será consultivo o podrán influir realmente en las decisiones que se tomen.

Por lo mismo, otros plantean que los expertos podrían ser parte de las listas que presenten los partidos para una posible elección de constituyentes, de tal forma que se aseguren sus cupos en una eventual nueva Convención, o que el grupo asesor realice un reglamento para el nuevo órgano y que sistematice información que se deba tener en cuenta —algo planteado por todo el oficialismo—, como el proyecto de la expresidenta Michelle Bachelet o el rechazado el 4 de septiembre. Una alternativa distinta que también se baraja es que estos sean designados por los partidos políticos con representación parlamentaria en forma proporcional a los cupos que tiene cada tienda en el Congreso, lo que fue explicitado por Chile Vamos y que hasta el momento solo se han opuesto a esta idea en Revolución Democrática.

Otro punto que deberán resolver los partidos es quiénes serán catalogados como expertos: si serán solo abogados constitucionalistas, también considerarán entendidos en materias económicas, si deberán provenir de casas de estudio con determinadas características (por ejemplo, años de acreditación de los planteles) u otros requisitos e incluso inhabilidades.

José Ignacio Martínez, decano de Derecho de la U. de los Andes, propone que un comité, pauteado por el Congreso, elabore un anteproyecto que posteriormente sea 'sometido a los procedimientos que el poder político acuerde', es decir, un documento que luego tome forma de proyecto de Constitución en el Congreso o en una nueva Convención, pero siempre ratificado con un plebiscito de salida.

Para Mario Fernández, director del Departamento de Derecho Público de la U. de Chile y exministro de Interior, para que una Constitución 'tenga legitimidad, debe tener un órgano constituyente representativo. Pero además es imprescindible la participación de expertos para que la Constitución tenga calidad jurídica'.

José Francisco García, profesor asociado de Derecho Constitucional de la U. Católica y quien fue parte de la comisión que viabilizó la reforma constitucional abierta por el acuerdo del 15 de noviembre de 2019, ve tres fases del proceso constituyente. La primera, dice, es la habilitación del nuevo proceso, la que se debe traducir en una nueva reforma constitucional, que es 'esencialmente política' y en la que no ve necesaria la participación de expertos. La segunda sería la preparatoria del órgano constituyente, etapa en la que sería necesario que comience a operar el grupo asesor 'preparando el reglamento y anticipando algo de trabajo de los textos que después se pueden discutir en el órgano'. Y la tercera, de elaboración de una propuesta de Constitución, fase en la que el comité se pueda transformar en un intérprete de controversias.

Para Isabel Aninat, decana de la Facultad de Derecho de la U. Adolfo Ibáñez, el rol que deben cumplir los expertos es de 'acompañar el proceso para aportar en cuestiones específicas, advertir problemas, proporcionar evidencia comparada, alertar en asuntos de redacción e incoherencias y cómo ellas tienen impacto en la tramitación judicial, y trabajar en torno a cuestiones procedimentales. Ello puede hacerse mediante una secretaría técnica robusta, con voz en el proceso, pero siempre dejando el lugar a que las decisiones sean tomadas por la política'.

Candidez

Uno de los puntos que han conversado al interior de los partidos es que el comité de expertos puede ser conformado por académicos y que también se debe considerar a aquellos que integran organismos del Estado, como representantes de la Contraloría o el Poder Judicial. En el caso del oficialismo, además, advierten que no quieren que se sumen representantes de centros de estudios de determinados pensamientos políticos.

Esto, porque quieren dejar claro que el hecho de tener un grado académico no quita la posición política que puedan representar. Pero para Aninat, igualmente, 'pensar en los expertos como personas neutras o abstraídas de posiciones ideológicas es un error'.

Por ello, García afirma que en la experiencia comparada se han limitado ciertas circunstancias. Por ejemplo, 'no se admiten expertos que sean militantes o se pueden poner reglas de inhabilidad en el sentido de que no pudiste haber participado en política activa en los últimos dos años'.

Miriam Henríquez, decana de Derecho de la U. Alberto Hurtado, considera que 'se requieren insumos técnicos no partisanos, pero tampoco neutrales. La pericia debe ayudar a resolver problemas, a interpretar formulaciones ambiguas y a dotar de una historia de las normas que reduzca la incertidumbre. Esos expertos deben servir a todo el colectivo constituyente'.

A ello, añade que al no ser 'seres dotados de candidez, un Consejo internacional de juristas, que conoce el proceso (Comisión de Venecia, Fundación Max Planck o Comparative Constitutions Project) permitiría mayor objetividad'.

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