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Tras siete meses de trabajo, el panel de expertos entregó su informe de 21 páginas al Ministerio de Justicia con sus principales sugerencias sobre la materia.

Durante esta jornada la comisión asesora ministerial para el perfeccionamiento del Código Procesal Penal entregó sus conclusiones, tras siete meses de trabajo, al Ministerio de Justicia con sus principales sugerencias sobre la materia.

En 21 páginas el panel de expertos, integrado por Mauricio Duce (UDP), Raul Nuñez (PUCV), Maria Elena Santibañez (PUC), Paula Vial(PUC), Jaime Winter (UChile), Gabriel Zaliasnik (UChile), Rodrigo de la Barra (UDP), Carlos Correa (UAI), Cesar Ramos (UDP), Alejandro Espinoza (UdeC) y Ana María Morales (Paz Ciudadana), propone una serie de modificaciones y sugerencias para el debate que se vendrá después por parte del Ministerio.

Las principales modificaciones que se proponen están relacionadas al control preventivo de identidad y las medidas cautelares. Respecto al primer punto, los expertos sugieren “en el artículo 12 de la Ley 20.931, ante la criticable ausencia de supuesto de hecho del control, contraria al artículo 19 nº 7 de la Constitución, se introduce como presupuesto de procedencia, la existencia de una conducta que perturbare el orden y la seguridad pública, trasladando a esta disposición además el supuesto del encapuchado o embozado con fines de ocultar, dificultar o disimular la identidad, dada su naturaleza evidentemente preventiva. Asimismo, a efectos de evitar los riesgos contra la seguridad personal del agente policial, en el sentido de prácticas reconocidas por la legislación comparada, se autoriza un registro superficial de vestimentas para excluir tales riesgos. Finalmente, se establecen mejoras en relación a la información estadística que debe estar disponible en relación a este control”. 

Para el caso de las medidas cautelares, se sugiere que “la Comisión ha considerado corregir los criterios para el otorgamiento de medidas cautelares.  Así, en primer lugar, se propone reintroducir como principio general, un criterio de proporcionalidad entre la medida que se decrete y la pena probable. En materia de detención, la propuesta de la Comisión ha introducido presupuestos materiales y eliminado la imputación de un crimen y el reconocimiento voluntario del hecho punible, como criterios para que se decrete una orden de detención judicial”.

Se agrega que “la Comisión ha introducido una modificación importante al proponer la regulación separada de las medidas cautelares privativas de libertad, introduciendo el arresto domiciliario total o parcial, por ocho horas diarias, controlable mediante sistema de monitoreo telemático (artículo 155 bis), poniendo énfasis en la compatibilidad de esta medida con los antecedentes laborales, educacionales y de comisión del delito imputado”.

En lo que respecta al otorgamiento de las prisiones preventivas, el panel propone “agregar como fin que justifica la prisión preventiva, el asegurar la presencia del imputado a los actos del procedimiento, trasladando algunos criterios ilustrativos que la legislación vigente considera como peligro contra la sociedad, y que son indiciarios preferentemente de un peligro de fuga, proponiendo asimismo dotar de un contenido explícito el peligro contra la sociedad, en el sentido de un peligro serio y real de comisión de nuevos delitos, según los antecedentes del caso, considerando especialmente el número de delitos imputados, la existencia de otros procesos pendientes y de condenas anteriores, eliminándose otros criterios inadecuados a efectos de esta causal, como es, a criterio de la Comisión, la pena abstracta de crimen del delito imputado”.

Y se afirma, además, que “en relación a la duración de la prisión preventiva, la Comisión, en vez de establecer tiempos máximos, ha preferido la incorporación de un criterio material como es el “plazo razonable”, con un desarrollo doctrinario y jurisprudencial que resulta operativo como criterio orientativo para el sistema (artículo 144)”.

Ministro

Respecto a la entrega de este documento, el Ministro de Justicia, Hernán Larraín declaró que “la experiencia de estos años obligaba a revisar el Código Procesal Penal y hacerle perfeccionamientos. En su minuto fue una gran innovación, pero con el tiempo, se han podido detectar espacios de revisión para fortalecer el trabajo de los fiscales, y al mismo tiempo, mejorar el derecho de la defensa de los imputados, logrando el máximo equilibrio posible y corregir ripios que ha tenido su aplicación”.

El secretario de Estado añadió que “este anteproyecto que nos han presentado es muy completo, se han abarcado muchísimos temas, y ahora le toca al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, coordinar  y consultar la opinión a distintas instituciones —como la Corte Suprema, el Ministerio Público, la Defensoría, entre otras— para finalmente formular en los próximos meses un nuevo proyecto de Reforma Procesal Penal”.

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