Publimetro

Felipe Bravo 158x1582

El Gobierno anunció una reforma al sistema de salud eliminando las llamadas "preexistencias".

Las enfermedades preexistentes son aquellas diagnosticadas por un médico previo al ingreso a una Isapre, y que tenemos la obligación de declarar al momento de la afiliación. El problema es que hay algunas tan graves que, cuando las conocen las aseguradoras, deciden no aceptarnos, o aceptarnos con un período de 18 meses sin cobertura que se denomina "carencia".

¿Y qué pasa si no las declaramos, y tratamos que no se enteren? La ley le permite a la Isapre terminar el contrato, salvo que hayan pasado cinco años sin que solicitemos reembolsos por esa enfermedad.

Las preexistencias pueden generar un efecto inconstitucional en el derecho de las personas a elegir su sistema de salud. Una persona con enfermedades preexistentes no puede buscar el mejor plan, al contrario, tendrá suerte si logra que una Isapre lo acepte. Esa persona se transforma, entonces, en un afiliado cautivo: no puede cambiarse, porque ninguna más lo va a aceptar.

Por supuesto, las personas siempre tenemos la alternativa de Fonasa, un sistema que no excluye a sus usuarios por enfermedades preexistentes.

El problema es que éste, muchas veces, no es el sistema de salud que las personas quieren tener, sino que el único sistema al cual puede tener acceso. No hay derecho a la elección del sistema de salud - como consagra la Constitución - si las personas, en realidad, no tienen libertad de elegir.

En esta discusión sobre los derechos de las personas y las Isapres quien ha tomado la delantera no ha sido ni la derecha, ni la izquierda, ni el Gobierno, ni el Presidente. Fue el Tribunal Constitucional el que el 2008 declaró inconstitucional la aplicación de la tabla de factores que permite aumentar el precio de los planes sin un marco que esté establecido de manera precisa en la ley.

Una década después, en septiembre de este año, el Tribunal declaró inconstitucional la aplicación de las normas que permiten el aumento del precio del plan de Isapre por la edad de las cargas afiliadas, y en ese misma sentencia se insistió por parte de cuatro ministros de la instancia que el principal efecto inconstitucional se produce por la existencia de enfermedades preexistentes que afectan los derechos de los afiliados al sistema de salud.

Es una gran noticia, entonces, que el Gobierno se tome en serio lo declarado por el Tribunal Constitucional hace 10 años. Ha sido larga la espera.

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