La Tercera

Juan Luis Goldenberg 158x158

Según cifras de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) solo durante enero y septiembre de este año se han abierto 2.464 liquidaciones de personas deudoras. Mientras que en el mismo periodo del año pasado hubo solo 1.448 procesos de este tipo. En el caso de las empresas, en el mismo periodo de 2017 se registraron 689 procesos de liquidaciones. En cambio en enero y septiembre de 2018, existen 984 liquidaciones de empresas.

A cuatro años de la puesta en marcha de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, expertos y liquidadores sostienen que llegó la hora de terminar con las evaluaciones y poner en marcha sendos ajustes a la normativa.

La Tercera PM consultó a un grupo de abogados expertos, liquidadores de empresas y reestructuradores de sociedades en problemas financieros. Todos tienen en común un análisis crítico sobre la normativa que ha generado incluso –sostienen– que ha generado incentivos nocivos a la economía.

Josefina Montenegro, ex Superintendenta de Insolvencia y Reemprendimiento sostuvo que “como toda ley después cuatro años de vigencia, puede requerir ciertos ajustes para mantener los equilibrios entre los derechos del deudor y los intereses de los acreedores”.

Ejemplo de ello sostuvo, “en la liquidación de personas, se requiere una revisión de los requisitos de entrada y de salida. Otro punto importante, es la clasificación del tipo de deudor que pueden someterse a los distintos procedimientos. Asimismo, otorgar facilidades e incentivos para que las Micro y Pequeñas Empresas utilicen la reorganización y regular expresamente los convenios marco de contratación de derivados en caso de insolvencia”.

Por su parte, Patricio Jamarme, ex síndico de la quiebra del Club Social y Deportivo Colo Colo, es mucho más directo en su análisis. “Creo que el sistema de regulación en el que están sometidas las personas debe dejar de ser un sistema judicial y pasar a ser un sistema netamente administrativo. Que se creen liquidadores exclusivos, separando a las personas de las empresas. Allí hay un cambio radical. En el caso de las empresas. Los cambios deben ser alargados sobre todo para la venta de las empresas, porque con plazos tan cortos muchas veces no se alcanzan a obtener los precios que podrían obtener”, sostuvo Jamarme.

Por otra parte, Luis Felipe Castañeda, abogado experto en materia concursal y de liquidaciones de grandes empresas que participara anteriormente junto a su ex socio Nelson Contador en el proceso de Masvida y La Polar, sostuvo “que los cambios debieran ser graduales. Hoy se debe hacer un perfeccionamiento a la ley que en estos cuatro años ha demostrado que funciona, pero hay materias que se debe corregir”.

“Lo primero que se debe hacer es un cambio profundo a las quiebras de personas, que en estos cuatro años ha demostrado que funciona, se ha abierto un mercado sin ningún tipo de regulación, porque hay abogados que se dedican a abrir quiebras de personas naturales sin ningún fundamento real. Personas que incluso lo hacen para eludr el pago de sus deudas”, sostuvo el abogado.

Según cifras de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) solo durante enero y septiembre de este año se han abierto 2.464 liquidaciones de personas deudoras. Mientras que en el mismo periodo del año pasado hubo solo 1.448 procesos de este tipo. En el caso de las empresas, en el mismo periodo de 2017 se registraron 689 procesos de liquidaciones. En cambio en enero y septiembre de 2018, existen 984 liquidaciones de empresas.

La Superir destacó que “la modificación a la Ley N° 20.720 que trae el proyecto de Ley Miscelánea de Productividad y Emprendimiento. La modificación busca que quienes emiten boletas a honorarios dejen de ser calificadas como “Empresa Deudora” y pasen a ser “Persona Deudora”, para así poder acogerse a la Renegociación. Por otro lado, se crea el concepto de “Empresa de menor tamaño”, asegurando un acceso de menor costo al Proceso de Reorganización a este segmento.

Según la Superir, entidad que depende del Ministerio de Economía, dirigido por José Ramón Valente, “las cifras presentadas indican que está existiendo un mayor conocimiento de las herramientas que se crearon para ayudar a personas o a empresas a enfrentar sobreendeudamientos o situaciones económicas complejas”.

“Lo anterior debido principalmente a que la Superir se ha impuesto como desafío aumentar la difusión de los procedimientos concursales y la educación financiera. Para ello se han suscrito más de 60 convenios con instituciones públicas y privadas y se han efectuado más de 600 acciones de comunicación en los últimos dos años a nivel país, resaltando la realización de charlas y capacitaciones dirigidas a trabajadores de empresas; a vecinos por medio de acuerdos con municipios y gobernaciones; funcionarios públicos y a micro, pequeños y medianos empresarios, gracias a un trabajo colaborativo con asociaciones gremiales como Propyme y Asech”.

“En ese contexto, cuando se hace una comparación con la Ley de Quiebras, donde no más de 140 empresas y 2 personas por año, en promedio, se acogían a dicha normativa, en los 4 años de la ley tenemos en total más de 13 mil procedimientos, lo que está en sintonía con el espíritu de la Ley N° 20.720, en cuanto a ser una ayuda efectiva por parte del Estado para quienes están en una situación de insolvencia, por medio de procedimientos de menor duración y costo de lo que existía bajo la antigua normativa”, añadió la Superir.

Cambios propuestos por comisión

A finales de 2016, bajo el alero de la Universidad de Chile reunió a un grupo de profesores e derecho comercial para realizar un análisis sobre la legislación actual vigente en materia de derecho comercial.

Se abordó contratos, sociedades e incluso la Ley del Mercado de Valores. Dentro de esas comisiones se abordó justamente los eventuales ajustes que se podrían efectuar a la normativa.

Entre los cambios que propuso están la “modificación a esta norma regulatoria proponiendo que una vez expirada la protección financiera concursal, o bien, culminado que sea el procedimiento de renegociación, los Bancos o entidades financieras, reclasifiquen la respectiva cartera en función del objeto o contenido del acuerdo adoptado por los acreedores, que puede comprender distintas modalidades e incluso la incorporación de garantías que originalmente no existían”.

“De esta forma no se castiga el inicio del Procedimiento Concursal porque se mantiene la clasificación de la cartera de créditos, la cual solo variará al adoptarse el Acuerdo de Reorganización o Renegociación en su caso, si así correspondiere”, sostuvo el documento al que tuvo acceso La Tercera PM.

Los integrantes de la subcomisión fueron los académicos Nelson Contador, Juan Luís Goldenberg, Cristían Palacios, Carlos Concha, Juan Pablo Román, Christián Olguín, Luís Felipe Castañeda y Patricio Jamarne.


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