Publimetro

Felipe Bravo 158x1582

"Es la reforma más importante en 20 años". Así valoró Lucas Del Villar, director nacional del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), a la nueva ley del organismo que ayer fue oficializada. La reforma comenzará a operar dentro de seis meses y comprende varias facultades nuevas, ¿será un cambio sustantivo para los consumidores?

En lo concreto, le permitirá al Sernac tocar la puerta de cualquier empresa y exigir una fiscalización. En caso de negarse al control, por ejemplo, les costará unos $36 millones de infracción. A eso se suma que las multas generales de compensación, que hasta ahora son de 50 UTM (2,4 millones de pesos), ascenderán a las 300 UTM (14 millones).

El debate

Cuando el proyecto estaba en tramitación, terminó en manos del Tribunal Constitucional (TC) porque varios actores del comercio acusaron que tenía facultades desmedidas. Al final, el TC le dio un portazo a la posibilidad de una capacidad sancionatoria directa, lo que dio paso al concepto de "león sin dientes". Hoy, por lo demás, algunos expertos consideran que ese león sí tiene dientes, pero "de plástico".

"En lo medular, solo se han agilizado los procedimientos de mediación colectiva, se ha agregado la facultad de fiscalización del Sernac, que no es un elemento sustantivo si no ejerce acciones judiciales, y se aumentaron las multas. Nada de eso implica un cambio realmente sustantivo para que los consumidores tengan reparaciones oportunas", opina Felipe Bravo, abogado de derecho económico de la Universidad Católica.

En la otra vereda, Esteban Elías, abogado especializado en derechos del consumidor de la Universidad Central, cree que la reforma le da envergadura al Sernac, y que sí mejora la situación de los reclamos individuales. "En las acciones particulares se mejora la prescripción de los delitos. Antes el período de 6 meses era muy corto, pero se extendió a dos años (...) El Sernac será un ente fiscalizador de peso, antes si solicitaba antecedentes a las empresas era voluntario, pero ahora tendrán la obligación de entregarlos", opina.

Actualmente, las mediaciones no estipulan límites de plazo, pero la nueva ley define al "Procedimiento Voluntario Colectivo" (PVC), instancia en que ambas partes tienen seis meses para llegar a acuerdo con el beneficio del resguardo de la información. "Resuelve casos muy grandes, pero mantiene en la insatisfacción a los usuarios que reclaman diariamente y necesitan de una reparación más ágil", afirma Bravo. A su vez, agrega que el hecho de que varios actores del comercio hayan celebrado la nueva ley demuestra que "están felices porque entrega atribuciones no lo suficientemente duras. Son dientes, pero de plástico".

Por el contrario, Elías valora que "las acciones colectivas se hagan mucho más simples y se borre la admisibilidad. Además el daño moral queda expresamente contemplado para estas causas, es un gran avance para el consumidor", cierra.

Leer online

Descargar