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Carolina Salinas 158x1584

Septiembre de 2017. Katherine Orellana (31) queda detenida por golpear a su pareja, Jorge Cáceres, con pies y puños. Le imponen orden de alejamiento y que abandone el hogar que compartían. Diciembre de 2017.

La cantante, invitada a 'Primer plano', reconoce que había abandonado la clínica de rehabilitación para combatir la adicción de alcohol y drogas que le había financiado el matinal de Canal 13 y que había optado por un tratamiento ambulatorio.

Enero de 2018. La ex participante de 'Rojo' se casa en secreto por el civil con Jorge Cáceres y comparte fotos con su libreta de matrimonio en redes sociales. 4 de junio de 2018.

Kathy Orellana denuncia a Jorge Cáceres a Carabineros por violencia intrafamiliar y él a su vez hace lo mismo con ella. Ambos constatan lesiones y resultan detenidos. Llegan en furgones policiales distintos a las siete de la mañana a la tercera comisaría de Carabineros de Rancagua, donde quedan a la espera del control de detención este martes en el Juzgado de Garantía y Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

¿Pero qué pasa cuando una pareja se denuncia mutuamente? La docente de derecho de familia de la Universidad Católica Carolina Salinas advierte que 'efectivamente puede existir una violencia que se realice y que se padece. En la dinámica de parejas violentas no es uno solo el que agrede siempre. A veces uno ejerce violencia sicológica y el otro física. Y es lo más lamentable porque el victimario también es víctima. Para los jueces es más difícil tratar estos casos, aunque cada una de las denuncias se tiene que investigar en su mérito. Probablemente a los dos los manden a terapia'.

-¿Acá no aplica la defensa propia, Carolina? -No, violencia es violencia. Hay deberes entre marido y mujer que no se pueden incumplir por más que el otro los incumpla. Se supone que los cónyuges están obligados a ayudarse y respetarse mutuamente, no a transgredir la esfera de integridad del otro.

Por eso la violencia no se permite ni de ida ni de vuelta. -¿Y cómo opera la orden de alejamiento si se trata de un matrimonio? -Esas medidas se pueden ordenar como cautelares mientras dure el proceso. Puedo pedir que el agresor salga del hogar durante un año, por ejemplo. Ahora, lo más probable es que ellos sigan manteniendo una relación afectiva a futuro, porque eso es lo que ocurre.

Cuando hay hijos, por ejemplo, es difícil pensar que nunca más se van a ver. La idea es que las personas puedan tratarse. -¿Ahora podrían obligar a Katherine a internarse nuevamente? -Depende de qué tipo de programa haya sido, porque en general en casos de violencia intrafamiliar obligan a asistir a programas terapéuticos o de orientación familiar, la ley no especifica. Pero tal vez el juez entienda que el programa en el que estaba también es necesario para superar lo que hoy están viviendo.

La abogada experta en derecho de familia Claudia Correa aporta que si se acredita que hay 'violencia habitual', la investigación pasa de materia de familia (juzgado de familia) a penal a través del Ministerio Público, cuyas penas son más severas. 'En familia las sanciones por violencia ocasional consisten en una multa (desde media UTM hasta 15 UTM) y terapia.

En cambio en materia penal, el maltrato habitual tiene penas que van desde los 61 días a los 3 años de presidio'.

La abogada María Teresa Rubio, quien cursa un magíster en derecho de familia en la Universidad de Chile, sostiene que 'en este caso podría acreditarse el maltrato habitual porque la señorita Orellana ya tenía una denuncia previa por violencia intrafamiliar, aunque es improbable que quede con prisión preventiva'.

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