El Mercurio 

Maria Elena Santibanez 158x158 2

En el Ministerio Público y los gremios de la zona se valoró que, en el caso de tres acusados, los magistrados los declararan culpables y consideraran que el homicidio tuvo la intención de causar temor en la población.

El sábado, en el veredicto que dio a conocer el Tribunal Oral de Temuco y que condenó a tres acusados en el juicio por la muerte del matrimonio Luchsinger McKay, los magistrados otorgaron carácter terrorista al homicidio.

Si bien se absolvió a ocho acusados del crimen ocurrido en 2013, la sentencia detalló extensamente por qué se aplicó la ley antiterrorista y justificó la decisión de los jueces, incluso citando a académicos europeos y locales para ello.

El que el tribunal calificara de esta manera el delito de incendio con resultado de muerte en tres de los casos terminó sumando apoyos a las modificaciones que envió la administración del Presidente Sebastián Piñera al Congreso para modificar la actual legislación en este ámbito, el 4 de abril.

Entre los principales cambios que impulsa el Ejecutivo, realizados a través de indicaciones sustitutivas a la ley, se estipula que la gama de condenas que se puedan tipificar como terroristas es más amplia e incluye, por ejemplo, delitos cibernéticos. También se contemplan agentes cubiertos y protección eficaz de testigos (ver recuadro).

Según el fiscal nacional, Jorge Abbot, "es necesario modificar la ley (antiterrorista)". "Es necesario tener elementos o instrumentos de investigación -continuó- que permitan realmente poder llegar a investigaciones que sean más eficiente. Resulta bien absurdo que hoy existan técnicas especiales de investigación en otros delitos de mucha menor relevancia".

Para el persecutor, en el caso Luchsinger, "simplemente se tuvo la posibilidad de condenar porque el señor José Peralino tuvo un cargo de conciencia en un minuto (se acogió a la delación compensada) y a raíz de eso prestó una declaración de carácter voluntaria, pero a no mediar esa confesión por parte de Peralino no habríamos llegado hasta donde llegamos".

Para el abogado Felipe Romero, miembro del directorio de la Asociación de Víctimas de la Violencia Rural y defensor de decenas de afectados por atentados en La Araucanía, estos cambios van en la dirección correcta. "Lograr acreditar en un juicio que existe una conducta terrorista es prácticamente imposible y se da en casos muy extremos como este. Pero hay muchas otras causas en que uno dice 'acá se infundió temor en, a lo menos, una parte de la población" y no pueden ser considerados como conductas terroristas porque la ley no te permite probar de buena forma ese hecho", afirma el penalista.

El diputado de la zona, Diego Paulsen (RN), indicó que "uno de los elementos que facilitó este procedimiento fue el componente del delator compensado, creo que ese ha sido un buen elemento. Sin lugar a dudas podemos tener ese tipo de testigos protegidos con mayor grado de protección, podemos tener también agentes encubiertos, que ciertos delitos se juzguen en lugares ajenos a donde ocurrió el delito. Creo que se puede ir avanzando".

Luciano Rivas, presidente multigremial de La Araucanía, añadió: "Esperamos que con los cambios, la ley antiterrorista no sea tan cuestionada".

En tanto, María Elena Santibáñez, directora del departamento de derecho procesal de la Universidad Católica, indicó que "es correcto que las leyes se adecuen a las nuevas circunstancias que hay en la sociedad, pero hay que tener cuidado con sobreincluir conductas".