Diario Pulso

Francisco Leturia 96x96

Inédito. Esa es la palabra que se cruza entre los expertos a la hora de revisar el segundo requerimiento de la oposición ante el Tribunal Constitucional (TC) por la reforma laboral. Es que en esta ocasión el escrito va más allá de solicitarle al TC que dirima si una norma es constitucional o no, sino que le solicita que expresamente le diga al Gobierno que no cumplió el primer fallo. Ese pronunciamiento del TC consideró inconstitucional la titularidad sindical que contenía el proyecto despachado por el Congreso manifestando que los grupos negociadores debían mantener los mismos derechos que los sindicatos, y no podrían existir áreas exclusivas de estos últimos.

Como ocurre con las declaraciones del TC se eliminaron inmediatamente las normas cuestionadas y el Gobierno tomó nota y envió un veto supresivo para eliminar la opción de convenir pactos de adaptabilidad entre empleador y trabajadores para evitar que éstos pudieran ser suscritos por grupos negociadores. Se aprobó el veto y el texto de la reforma quedó listo para su promulgación, pero a juicio de la oposición tiene una gran ausencia: no se mencionan los grupos negociadores por ningún lado, por tanto quedan sin marco jurídico para ejercer los derechos que el TC les consagró.

Entonces decidieron recurrir nuevamente a este organismo con dos peticiones, una para que elimine ciertas normas que consideran mantiene la titularidad, y dos, para que determine que hubo desacato (lo cual es un delito) de parte del Ejecutivo. 'El desacato no existe en la ley ni en la Constitución, es un lenguaje comunicacional propio de la política. Lo que hay es si los proyectos cumplen o no con la Constitución', aclara el profesor de derecho de la U. Católica, Francisco Leturia. Esta segunda parte del requerimiento es objeto de debate entre los abogados constitucionalistas.

¿El TC puede obligar a otro poder del Estado a legislar o ejercer determinada acción? ¿es ámbito de su competencia o le están solicitando ir mucho más allá de sus atribuciones? Las opiniones son disímiles. Para Jaime Bassa, académico de la facultad de derecho de la U. de Valparaíso y director jurídico de #Tu- Constitución, el requerimiento abre dos flancos de riesgo. El primero es que se le está solicitando al TC que ejerza una competencia que no tiene, de ordenarle al legislador que redacte la norma en tal o cual sentido.

'En derecho comparado eso se llama sentencia exhortativa y no existe en Chile, y con el requerimiento se está invitando al TC a desarrollar un activismo judicial, algo que a la derecha, y con razón, siempre le ha molestado'. Y el segundo riesgo, añade, es la politización del Tribunal que al pronunciarse en esa línea podría estar debilitando su orgánica, 'se puede terminar deslegitimando al TC y su propia estabilidad podría verse en riesgo, lo que puede afectar el diseño del estado de derecho'. Cabe señalar que para la oposición es el Gobierno quien está poniendo en duda la legitimidad del TC al no cumplir con el fallo.

'Lo que un Gobierno de buena fe debería hacer es acatar lo que dice el Tribunal y enviar un proyecto de ley que corrija eso. Pero el Gobierno sólo tarjó o eliminó algunos párrafos pero no dejó un proyecto armonizado, es una forma de insistir un poco mañosamente', acota Leturia. No obstante, afirma que el TC no tiene atribuciones para decirle al Ejecutivo cómo solucionar el tema, 'sólo puede declarar que un proyecto esta fuera de los márgenes de lo constitucional, pero no puede decir la forma de arreglarlo ni ejercer como legislador positivo'.

De la misma forma piensa el académico de la U. de Chile y quien fuera uno de los redactores de los cambios constitucionales de 2005, Francisco Zuñiga, al recordar que el artículo 93 de la Carta Magna es derecho estricto, es decir que la competencia del TC está limitada y no admite interpretaciones para ampliarla. 'Lo que se planteó en el requerimiento está fuera de los límites de la competencia del TC porque no tiene competencia para determinar si los órganos colegislativos cumplen adecuadamente un fallo', puntualiza.

Caminos posibles a seguir

Esta semana se espera que el TC determine si el requerimiento es admisible o no. El Gobierno se la está jugando por señalar que es inadmisible en forma porque fue presentado después de fecha y porque aborda materias no consideradas en el primer requerimiento. Mientras que en la oposición aseguran que incluso existe una sentencia firmada por el hoy ministro del Interior, Mario Fernández –cuando era parte del TC- que admitía un recurso de este tipo.

Para el profesor de la U. de Valparaíso, el TC debiera declarar inadmisible el requerimiento por el simple hecho de que no tiene la competencia para 'valorar políticamente' la decisión de los órganos legislativos. 'Creo que la derecha está aprovechando un mal momento de la Presidencia, leyendo la baja en las encuestas para darle un golpe político y sacar crédito en un año electoral. Pero los riesgos en términos institucionales son tan importantes que dudo que se justifique un ejercicio como éste', acota Bassa. Por su lado, Leturia cree que la mayoría del TC tiene dos caminos después de declararlo admisible.

Uno, que vuelva a decir que el proyecto es inconstitucional; y dos, - que cree resolverá- recordar que ya dijo que había igualdad ante la ley y no privilegio de los sindicatos, entonces señalará que aunque la ley no lo diga claramente a la hora de interpretarse van a tener que considerarse los dictámenes del TC. 'No puede negociar ni puede proponer un articulado alternativo. No es un ente que se ponga a hacer gallito con otros poderes políticos simplemente dice si es o no constitucional una norma', recalca.

En tanto, el académico de la U. de Chile recuerda que el TC siempre delibera sobre todos los temas que se le presentan, pero espera que no intente ir más allá de lo contemplado en la misma Constitución. 'Si lo hiciera, estaría definiendo un antes y un después en materias de competencia de este Tribunal y por tanto sería un tema de suyo delicado. No me gusta hablar sobre hipótesis así que me limito a decir que sería delicado', subraya. Asimismo advierte que no existe forma de plantear una contienda de competencias entre el TC y otros poderes del Estado.

'El TC tiene la última palabra en los conflictos por formación de la ley entre el Legislativo y el Ejecutivo, y si se diera una contienda sobre las decisiones del TC, la única posibilidad sería modificar la Constitución'. Leturia resta dramatismo y no cree que el TC decida exhortar al Gobierno. 'No va a pasar , sino que se va declarar sobre lo constitucional de una norma u otra. El juego político siempre tiene roces, y el TC tiene un rol como de árbitro en un partido, pero nadie ha puesto en duda que se va a respetar lo que diga. Se usan palabras fuertes, pero no está en peligro la institucionalidad'.

Cronología de la reforma

6 de abril: El Congreso despacha el proyecto de ley de la Reforma Laboral que le otorga la titularidad de la negociación colectiva a los sindicatos, así como de otros pactos como adaptabilidad de jornada.

7 de abril: Oposición recurre al TC para impugnar cuatro temas de la Reforma Laboral: titularidad sindical, extensión de beneficios, sindicato interempresa y derecho a información de los sindicatos.

27 de abril El Tribunal Constitucional acogió el requerimiento de la oposición y declara inconstitucional la titularidad sindical.

17 de junio: Después de revisar varias alternativas, el Gobierno decidió vetar la Reforma Laboral, desestimando el envío de una ley corta que aclarara ciertos aspectos de la norma tras el fallo.

22 de junio: Senado aprobó el veto de la Reforma Laboral.

2 de julio: La oposición recurrió nuevamente al TC. Esta vez para pedirle que elimine varios artículos y exhorte a la autoridad a cumplir el fallo.

'Lo que se planteó en el requerimiento está fuera de los límites de la competencia del TC (...) Si lo hiciera, estaría definiendo un antes y un después en materias de competencia de este Tribunal y por tanto sería un tema de suyo delicado'.

FRANCISCO ZUÑIGA Académico de la U de Chile: 'El TC sólo puede declarar que un proyecto está fuera de los márgenes de lo constitucional, pero no puede decir la forma de arreglarlo ni ejercer como legislador positivo (...) No puede negociar ni puede proponer un articulado alternativo. No es un ente que se ponga a hacer gallito con otros poderes políticos'.

FRANCISCO LETURIA Académico de la U. Católica: 'En derecho comparado (lo que se está solicitando) se llama sentencia exhortativa y no existe en Chile. Con el requerimiento se está invitando al TC a desarrollar un activismo judicial, algo que a la derecha, y con razón, siempre le ha molestado'.

JAIME BASSA Académico de la U. de Valparaíso: Falta del proyecto La oposición reclama que no existe ningún marco para que actúen los grupos negociadores. El Tribunal determinó que la titularidad sindical y la extensión de beneficios por afiliación eran inconstitucionales.

Descargar