El Mercurio

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Carlos Frontaura, decano UC: "El derecho a la inviolabilidad se ha debilitado"

"La difusión del intercambio de correos electrónicos entre monseñor Ezzati y monseñor Errázuriz es expresión de la posición debilitada que ha ido adquiriendo el derecho a la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada, pese a estar expresamente garantizado en la Constitución y otras normas legales". Así lo indica el decano de la Escuela de Derecho de la Universidad Católica.

Y continúa:

"Más allá del contenido de la comunicación, preocupa la afectación de una garantía constitucional que está íntimamente relacionada con la dignidad y libertad de la persona humana. La publicidad, la libertad de expresión y la libertad de prensa son principios y derechos muy importantes en cualquier sociedad libre, pero su ejercicio no puede traducirse en la anulación de otros derechos como la vida privada, honra e inviolabilidad del hogar y las comunicaciones".

Senador UDI Juan Antonio Coloma: "Es inaceptable, porque se está violentando un principio constitucional"

El senador Juan Antonio Coloma cita el artículo 19 de la Constitución. Especifica que en su número 5 se "establece la inviolabilidad del hogar y toda forma de comunicación privada".

Y sentencia: "Dar a conocer correos electrónicos privados, o que se permitan interceptaciones telefónicas de conversaciones privadas entre cualquier persona, sea de la Iglesia, la masonería, evangélicos, del mundo político, es igualmente inaceptable, porque se está violentando un principio constitucional y de convivencia elemental".

Dice, además, que tras el caso de los correos entre los cardenales se ha planteado algo "muy severo, más allá del contenido y de lo que puedan o no decir los sacerdotes: Aquí se está vulnerando una garantía esencial que hoy puede afectar a unos, pero que mañana puede afectar a los mismos que hoy no están respetando ese principio".

Senadora PS Isabel Allende: "Hay que tener límites entre nosotros"

La presidenta del Partido Socialista, Isabel Allende, comenta que se trata de un tema complejo cuando se filtran correos electrónicos que son privados, e insiste: "Creo que hay que tener límites entre nosotros y cuidar las formas".

La senadora añade, sin embargo, que "no son correos que dejen bien parados a estas dos autoridades (en relación a los cardenales), porque se expresan en términos muy inconducentes e inapropiados para quienes ocupan esas altas jerarquías de la Iglesia Católica. Las palabras no se entienden, nos los dejan bien y deberían dar una explicación ante el país. Debieran asumir que no es la forma en que altos destinatarios de la Iglesia se expresen de uno de los suyos".

Ex ministro Cristián Larroulet: "Hay que velar por la privacidad de los correos"

"Los e-mails son instrumentos de comunicación privados equivalentes a las antiguas cartas o a los llamados telefónicos". Es lo primero que responde el ex ministro de Sebastián Piñera, Cristián Larroulet. Y enfatiza en que violar ese derecho a la privacidad "es un delito sancionado en la Ley 19.223, en correspondencia con las garantías constitucionales que protegen la vida privada y la inviolabilidad de las comunicaciones".

Con este caso, recuerda lo que le ocurrió en 2013 cuando Ciudadano Inteligente le solicitó que hiciera público el contenido de 300 correos mientras era ministro. "Tanto el Tribunal Constitucional, en fallo de amplia mayoría, como las Cortes confirmaron ese derecho a la privacidad", dice.

Larroulet apela, además, al actuar con "sensatez" y enfatiza en que "hay que velar por la privacidad de los correos". "Si se desconoce este derecho se anulará por completo la utilidad y el fin de los mails como medios de comunicación personal, pues ya nadie confiaría en ellos para expresar su intimidad", advierte.

Senador PPD Felipe Harboe: "La sustracción de los mails es de suma gravedad"

El senador Felipe Harboe recuerda que la Constitución asegura a todos los habitantes "el derecho a la inviolabilidad de sus comunicaciones privadas" y que los correos electrónicos están en esa categoría.

Analiza que independientemente del contenido de los correos, "la sustracción misma de dichos mails es de suma gravedad y debiera investigarse criminalmente por constituir un delito de conformidad a la Ley 19.223 y adicionalmente indagar si la decisión de publicar información obtenida ilícitamente vulnera la ley sobre abusos de publicidad".

El parlamentario advierte que "la privacidad en Chile está en serio riesgo hace algún tiempo". Y agrega: "El desarrollo tecnológico y la disponibilidad de equipos de interceptación de comunicaciones; la falta de sanciones efectivas por su mal uso; la publicación en ciertos medios de comunicación de información privada y la falta de una institucionalidad pública que proteja efectivamente los datos personales, conspiran contra la preservación de un derecho esencial que hoy exige modificaciones profundas destinadas a devolver el carácter de garantía y no de mera declaración".

Senador DC Ignacio Walker: "Se debe buscar un equilibrio con figuras públicas"

El senador Walker plantea con claridad que los correos electrónicos son una forma de comunicación privada y que gozan de "garantía constitucional de inviolabilidad". Esto, dice, "no obsta a que la ley pueda determinar casos y formas en que dichas comunicaciones puedan interceptarse, abrirse o registrarse. En principio, debiera ser siempre un tribunal el que proceda a autorizar la interceptación".

El parlamentario, además, analiza que "el ejercicio del periodismo investigativo no da título para amparar una acción intrusiva del medio o intermediarios suyos que consista en inmiscuirse o hackear correos". Eso sí, enfatiza en que si se piensa publicar información de carácter privado dependerá si el contenido "reviste un genuino interés público".

Comenta que se debe buscar un equilibrio entre la prensa libre que pueda "someter a escrutinio a los poderosos" y un régimen legal que garantice el derecho a privacidad". "Aun cuando las figuras públicas tienen un derecho a una vida privada más ajustada que el resto de los mortales, no significa que carezcan absolutamente de garantías de intimidad".

Arturo Alessandri, pdte. del gremio: "El legislador estimó que su violación merece presidio"

"La inviolabilidad de la correspondencia privada es una garantía constitucional de la mayor importancia y está establecida en el artículo 19 N° 5 de la Constitución Política de la República, que se refiere a "toda forma de comunicación privada". Lo dice Arturo Alessandri Cohn, presidente del Colegio de Abogados.

"Lo anterior incluye naturalmente a los correos electrónicos. Con todo, de acuerdo a la misma garantía, las comunicaciones pueden interceptarse en los casos y forma que determine la ley. Y es la Ley N°19.223 la que tipifica las figuras penales relativas al que maliciosamente revele o difunda datos contenidos en un sistema informático. Sin embargo, en el curso de un procedimiento penal, un juez puede ordenar la incautación de computadores con correspondencia privada, lo que ha ocurrido en la mayoría de los últimos casos ventilados por los medios. Asimismo, los funcionarios públicos están sujetos a ciertas limitaciones derivadas de la legislación de transparencia.

A mi juicio, la divulgación de correos electrónicos entre dos cardenales es un hecho grave y sí pone en riesgo y atenta contra la comunicación privada entre las personas. Tratándose de dos individuos que no son funcionarios públicos y en ausencia de un proceso penal, sus correos electrónicos gozan de total garantía constitucional y legal de inviolabilidad como cualquier persona privada. Tratándose de una garantía constitucional, el legislador estimó que su violación merece una pena de presidio y estableció tipos penales específicos para castigar la violación de correspondencia privada".

Diputado RN Cristián Monckeberg: "Los hechos tienen una dimensión penal"

El presidente de Renovación Nacional, Cristián Monckeberg, es también uno de los parlamentarios que apelan a la Constitución y su protección a la vida privada:

"Tiene como fin último resguardar la libertad y la reserva de la vida de cada individuo", dice al respecto.

El parlamentario comenta, en ese sentido, que "más allá del contenido de los correos de los cardenales, los hechos tienen una dimensión penal y otra constitucional". Explica que la dimensión penal tiene que ver con que la divulgación de comunicaciones privadas y podría estar sancionada por el artículo 161 A del Código Penal.

Aunque precisa que "serán los afectados quienes decidan si ejercen acciones legales".

Y acota que "en caso de llevarlas a cabo, solo una vez que se conozca lo resuelto por el tribunal podremos saber si esto marca o no un precedente".

Luis Bates, ex presidente del CDE: "La privacidad pasó a ser un bien jurídico expuesto"

"Creo que hoy día, con los portentosos avances tecnológicos que se están dando, la privacidad pasa a ser un bien jurídico mucho más expuesto a situaciones como esta", reflexiona el ex presidente del Consejo de Defensa del Estado, ex ministro del gobierno de Ricardo Lagos y ex profesor visitante de la Universidad de Harvard.

"He sabido de algunos tipos de espionaje entre países, y está el caso del señor (Julian) Assange (de Wikileaks). Esto demuestra que los márgenes de resguardo de la privacidad están mucho más débiles", comenta.

Y acota: "No obstante eso, la garantía legal y constitucional se mantiene. Y en el caso de los cardenales, estamos hablando de una comunicación entre privados, donde hay una infracción flagrante (en la obtención de los correos). Distinto es cuando se trata de funcionarios públicos que utilizan los e-mails para cosas privadas. El tema que puede venir después es si, extraída la información, qué valor probatorio tiene en el juicio cuando el origen ha sido ilegal. Yo estimo que, en esas circunstancias, no tiene valor probatorio".