Diario Estrategia

Maria Elina Cruz 158x158

Descontento social generó el que los ejecutivos de Salcobrand. Fasa y Cruz Verde fueran absueltos en el emblemático caso colusión de farmacias, luego de que el Tribunal afirmara en su veredicto que la Fiscalía Centro Norte no logró demostrar el delito de adulteración fraudulenta de precios naturales aunque se acreditó la coordinación ilícita.

Para la directora del Centro de Libre Competencia de la Universidad Católica, María Elina Cruz, este resultado era esperable desde el principio, porque en Chile todavía hoy no hay una figura penal para la colusión "y en esto se había metido el Ministerio Público hace algunos años por una respuesta a los ribetes políticos y mediáticos del momento, no se quiso quedar afuera del carro".

De esta manera, en su opinión. "se colgó equivocadamente del artículo 285 del Código Penal que no se había usado en casi 200 años en el país, que castiga la adulteración fraudulenta del precio natural, que es sumamente difícil de demostrar y que aparte aplica sanciones bajísimas que no condicen la cartel a los acusados-. En ese sentido, María Elina Cruz manifiesta a ESTRATEGIA que el Ministerio Público armó expectativas que nunca debieron haber existido en la población, dejando la sensación de que los ejecutivos de las farmacias iban a ir a la cárcel por haberse coludido, cosa que era imposible por la intachable conducta anterior de éstos y porque el artículo 285 castiga la adulteración fraudulenta de los precios naturales con penas de sólo 61 días a 540 días de reclusión y multas de 6 a 10 UTM.

¿Piensa que la actual situación será cambiada con la penalización de la colusión que pretende reponer el Gobierno a través de su proyecto de ley?

Sí, el proyecto de ley que vuelve a penalizar la colusión con entre 5 años y 1 día y 10 años de cárcel efectiva, viene a solucionar esto. Hay que recordar que esta mala práctica es un robo, sólo que más elegante que uno común, es un delito de cuello y corbata. Porque finalmente lo que se hace es alzar los precios coordinándose ilícitamente, repartirse los mercados, para lograr grandes utilidades a costa de los consumidores. Se cobra más de lo debido y los actores del cartel se están quedando con dinero que no les pertenece.

Pero se ha dicho que el estándar de prueba que requiere el Ministerio Público es más alto que en sede de libre competencia, fuera de toda duda razonable, con lo que podría generarse otro caso farmacias en lo penal...

Como está establecido, hay grandes posibilidades de que no ocurra lo del caso farmacias, pues más bien se tiene que probar la intención de coludirse y no los efectos en el mermado. Es un avance que ayudará en el estándar de prueba a presentar y en la valoración de ella. Además se está extenderla, el beneficio de la delación compensada a lo penal, con eso se aumentarán las confesiones de carteles.

¿Una vez aprobada y puesta en marcha la ley, entonces debiera lograrse que ejecutivos que se coludieron vayan a la cárcel, en contraste con la realidad actual?

Pienso que si este sistema funciona correctamente, claro que deberíamos tener gente presa por el delito & colusión en Chile, después de aprobada la ley. En Brasil, en EE.UU. y en Inglaterra se ha demostrado la efectividad de esta fórmula, con muchas personas encarceladas por estos casos.

El Gobierno, eso sí, en la iniciativa que se tramita en -el Congreso, no ha dado luces de que se vaya a eliminar el artículo 285 del Código Penal. ¿Qué le parece? -Me parece mal que se genere incertidumbre al no eliminar el artículo 285 del Código Penal, solamente porque hay casos pendientes de colusión que podrían eventualmente ser ingresados por esta vía al mundo del Ministerio Público, como es el de las mismas farmacias si es que el Ministerio Público exige la nulidad de la sentencia absolutoria. Es una razón política, no jurídica.

¿En qué etapa es recomendable que se querelle contra las personas implicadas en un cartel el fiscal nacional económico? ¿Tras un fallo del TDLC o paralelamente a su requerimiento?

Debería esperarse la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia —que es más rápida de conocerse que en otras entidades- que es el experto en la materia, con lo que se pueden aportar muchas pruebas a la sede penal con un caso de colusión confirmado.

Eso es economía procesal, para no generar procesos que ni siquiera estén fallados como un cartel, en un Ministerio Público que está atochado de causas que son bastante mediáticas y bastante distintas a las vistas por los entes antimonopolios.

El Ministerio Público ha advertido que si se espera un fallo del TDLC para presentar una querella por colusión, puede ser muy tarde para generar un buen caso penal, por la eventual eliminación de pruebas por parte de los implicados...

La FNE tiene hartas facultades intrusivas como las escuchas telefónicas, allanar domicilios, incautar documentos, a lo que se suma la delación compensada, mecanismo que vamos a ver si el Ministerio Público deja pasar.

Con esto se pueden demostrar las intenciones de colusión de las personas querelladas en sede penal, no deberían surgir esos problemas mencionados.

¿Hay puntos que cree quedaron fuera del proyecto que busca reformar el sistema de libre competencia en el país y que deberían incluirse en la tramitación?

Hay cosas que podrían haberse agregado, como las fiscalías regionales de la FNE. Antes existían, y esta et una excelente oportunidad de reponerlas, sobre todo si se va a recurrir a las penas de cárcel. No todos los casos de libre competencia ocurren en Santiago.

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