Diario Financiero

Ricardo Irarrázabal 158x158

Pasó desapercibido, pero la semana pasada el Comité de Ministros dejó sin efecto la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto minero Los Pumas en la Región de Arica. A diferencia de lo ocurrido con Hidroaysén, en este caso —hasta donde sé -, no hubo explícitas promesas de campaña, pero si presión política desde la región. A continuación, el Comité de Ministros, bajo la forma de Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, creó el Santuario de la Naturaleza Cajón de Achibueno. Cómo no recordar que aparte de Hidroaysén, la otra mención a proyectos durante la campaña presidencial fue justamente el proyecto hidroeléctrico allí ubicado.

El caso de Los Pumas es casi "de Ripley". El Estado, a nivel regional lo aprueba y le otorga su RCA, la cual recibe un Recurso de Protección que termina con su anulación por parte de la Corte de Arica. Luego el Estado defiende la RCA otorgada y obtiene que la Corte Suprema deje sin efecto la sentencia de la Corte de Arica. Finalmente, el mismo Estado, a través del Comité de Ministros, deja sin efecto la RCA, en esta suerte de esquizofrenia estatal. ¿Por qué el Comité de Ministros no retrotrajo la evaluación al nivel regional para corregir las deficiencias de línea de base que observó? ¿Por qué dicho Comité no solicitó informes a terceros que le permitieran incorporar nuevas medidas? Competencias, recordemos, que quedaron expresamente zanjadas en el fallo de la Corte Suprema del proyecto Punta Alcalde, con un rol de tutela o supervigilancia.

Equivocan aquellos que afirman que el rol del señalado Comité es el de evaluar nuevamente los proyectos. No es así. La evaluación se lleva a nivel regional, donde la "carga de la prueba" la tiene el titular: presentación del Estudio y de las Adendas, en que el titular "propone" medidas, las cuales se juzgan apropiadas o no. En la instancia Comité de Ministros, y desde una óptica de supervigilancia, la "carga de la prueba" la tiene el Comité: puede solicitar informes de terceros "de acreditada calificación técnica", tal como lo establece la ley. El Titular no tiene la oportunidad de presentar nueva información o proponer nuevas medidas, las cuales en contraste si pueden ser impuestas por el Comité. Desde este punto de vista, el titular, si no cuenta con la venia política del Comité, es poco lo que puede hacer para evitar un rechazo. Por ello, yerra el Comité al extrapolar las causales de rechazo de proyectos, propias de la evaluación regional, a la instancia del Comité, ciado su rol de tutela.

En relación al proyecto Los Pumas y al rol del Estado, alguien dirá "es que hubo cambio de Gobierno". Y ese es justamente el problema: las razones políticas. Por esto, resulta esencial que la Comisión para la Reforma Legal del SETA, en la cual quedaron excluidas la Academia y los Centros de Estudio, proponga la eliminación de esta rareza de nuestro ordenamiento: la instancia política en la evaluación ambiental de proyectos. Las reclamaciones, directamente al Tribunal Ambiental.