El Mercurio

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La Ley Antiterrorista no permite infiltrarse ni interceptar llamadas, dice el senador Alberto Espina

El 9 de septiembre, en una entrevista en CNN Chile, el senador Alberto Espina (RN) comentó que los carabineros no pueden infiltrarse en grupos terroristas ni interceptar llamadas, porque "en Chile esa norma no existe para la Ley Antiterrorista; sin embargo, existe para la ley de tráfico de drogas".

El parlamentario dijo a "El Polígrafo" que aquello no aparece en la ley.

¿Permite la Ley Antiterrorista intervenir llamadas telefónicas y utilizar agentes infiltrados?

El abogado Jean Pierre Matus (U. de Chile) indica que la Ley Antiterrorista (18.314) no contempla medidas especiales de investigación, pero sí se pueden interceptar comunicaciones de acuerdo al Código Procesal Penal con permiso de un juez de Garantía.

Sebastián Zárate (abogado UC) señala que se debe considerar la Ley 19.974, que crea la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI). Ella establece que, con el permiso de la Corte de Apelaciones, es posible captar comunicaciones. También en el marco de esa ley (artículo 31), pueden existir agentes encubiertos en actividades de "inteligencia y contrainteligencia que tengan por objetivo resguardar la seguridad nacional y proteger a Chile y su pueblo de las amenazas del terrorismo, el crimen organizado y el narcotráfico".

Sin embargo, el abogado Pedro Anguita aclara que "la ANI no tiene agentes operativos, por lo que no puede infiltrarse. Solo actúa a través del personal de la PDI y Carabineros".

Alex van Weezel (profesor U. Chile y UC) indica que un agente encubierto incluso puede ser testigo en un juicio. Pero Pedro Anguita dice que aunque no hay una norma expresa que lo excluya, "la postura doctrinaria mayoritaria" ha sido no darle valor, ya que transgrediría, para algunos, el debido proceso.