La Tercera

Los escritos fueron elaborados por el profesor de derecho constitucional de la Universidad Católica, Arturo Fermandois, y el ex ministro y presidente del Tribunal Constitucional, José Luis Cea, e ingresados este martes a la secretaría del TC.

La Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (Abif) encargó dos informes en derecho para respaldar la legalidad y apegó la Constitución de la norma sobre cambios en contratos financieros del Ministerio de Economía, la cual hoy es objeto de un requerimiento de inconstitucionalidad por parte de un grupo de diputados de la Nueva Mayoría.

Los informes fueron elaborados por el profesor de derecho constitucional de la Universidad Católica, Arturo Fermandois, y el ex ministro y presidente del Tribunal Constitucional, José Luis Cea.

Los escritos fueron ingresados este martes a la secretaría del Tribunal Constitucional, previo a la audiencia pública de mañana donde los intervinientes y las instituciones y organizaciones interesadas expondrán sus observaciones sobre la normativa en controversia.

Los informes de la Abif afirman: "La plena conformidad de la Constitución del reglamento que consta en el Decreto Nº 153 del Ministerio de Economía, en cuanto a que la norma impugnada, al regular administrativamente la terminación unilateral de los contratos indefinidos de adhesión de productos y servicios financieros, no hace sino desarrollar y detallar en un acto propio de la potestad reglamentaria de ejecución –al amparo del artículo 32 Nº 6 de la Constitución- aquel principio general de derecho presente en la legislación civil, en cuya virtud concluye (uno de ellos) que no tiene asidero en la Constitución la distinción que hacen los requirentes entre personas naturales y personas jurídicas, en cuanto a que a estas últimas se les estaría negando el principio jurídico antes referido".

Asimismo, dice la Abif, los documentos "aportan antecedentes doctrinarios y jurisprudencia de la Corte Suprema que permitirán concluir inequívocamente la aplicación universal del principio jurídico antes señalado".

Agrega que también "demostrarán que los proveedores de productos financieros disponen de amparo constitucional y legal para poner término en forma unilateral a contratos indefinidos".