Pulso

Jose Francisco Garcia 96x96

Al igual que en las últimas décadas, Chile debe estar abierto a una sana evolución constitucional. Del examen de las propuestas constitucionales de las candidatas presidenciales que se enfrentarán en segunda vuelta, existe una serie de reformas compartidas. También existen diferencias relevantes; ellas estarán en juego en la segunda vuelta. Sin embargo, la composición del Congreso 2014-2018 obliga a la búsqueda de grandes acuerdos por sobre aventuras unilaterales o extra institucionales. Eso es positivo para Chile. Las elecciones parlamentarias recientes dejan, en la Cámara de Diputados, a la Nueva Mayoría con 67 representantes; a la Alianza con 49; y a los independientes con 4 —al menos 3 con marcada inclinación pro-izquierda—.

En el Senado, la Nueva Mayoría cuenta hoy con 21 representantes; la Alianza con 16; y además existe 1 independiente. En este escenario, la Nueva Mayoría cuenta por sí sola con la posibilidad de aprobar, modificar o derogar leyes simples, con la que puede ingresar en el tema tributario —subir tasa de impuesto a las empresas o eliminación del FUT–, laboral, DL 600, entre otros; y leyes de quórum calificado (61 diputados; 20 senadores), por ejemplo, para la creación de una AFP estatal u otras modificaciones al sistema previsional. Modificaciones al estatuto legal del Banco Central, a la ley de concesiones mineras o a partes relevantes de la legislación en educación, por tratarse de materias orgánico constitucionales, requieren de 4/7 para su modificación, esto es, 69 diputados y 22 senadores. Ello implica que la Nueva Mayoría debe obtener el apoyo de al menos 2 diputados independientes (altamente factible), y de un senador independiente. En materia de reformas constitucionales la cuestión es más compleja y requerirá a todo evento de acuerdos. La mayoría de los capítulos de la Constitución requieren para su reforma de 3/5 (72 diputados y 23 senadores), por ejemplo, el estatuto de los tres poderes clásicos: Presidencia, Congreso Nacional y Poder Judicial, pero también el del Banco Central, Ministerio Público o el de Contraloría. También se pueden derogar las leyes supermayoritarias.

Sin ser una norma constitucional, es el quórum para reformar la totalidad del sistema electoral binominal, aunque se discute si sólo se requieren 3/5 respecto de las Senado, y de sólo 4/7 respecto de las reglas sobre la Cámara. Respecto de 6 capítulos de la Constitución (Bases de la Institucionalidad; Derechos y Deberes; Tribunal Constitucional; Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad; Consejo de Seguridad Nacional; y reforma constitucional), ésta exige 2/3 para su reforma, esto es, 80 diputados y 25 senadores. Modificaciones sistémicas en materia de propiedad (o del status de recursos naturales como el agua o la minería); la extensión de la garantía de recursos judiciales al derecho a educación o salud, o la inclusión de nuevos derechos sociales como vivienda o cultura; o la derogación de los controles preventivos del TC.

En todo caso, el escenario estático antes descrito, bajo frías y compactas calculadoras legislativas y constitucionales, puede sufrir grandes variaciones. No es difícil prever la aparición de nuevos "díscolos" o de posiciones maximalistas. Es por ello que renovar la cultura de acuerdos en materia constitucional es un imperativo. No podría ser de otra forma: la Constitución es el gran pacto de nuestra comunidad política. Busca unirnos, no dividirnos.