El Mercurio Legal

Tras cuatro años de investigación, el profesor Manuel Barría Paredes obtuvo en septiembre pasado el grado de doctor en la Universidad Católica con la tesis "Las asignaciones forzosas en Chile. Su estado actual y una posible revisión".

Según comenta, se trata de un trabajo que se inserta en el área de derecho civil, especialmente en lo referente a derecho sucesorio, el cual en general es una materia "muy poco abordada por la doctrina, sin perjuicio de los problemas prácticos que habitualmente genera".

Así, entre 2007 y 2013 el actual académico de la Universidad de Concepción, donde estudió la licenciatura y de cuya Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales es jefe de carrera desde hace dos años, se dedicó al estudio de este programa, el que compatibilizó con sus actividades profesionales y que fue financiado con una Beca Chile.

¿Por qué eligió la UC?, el abogado afirma convencido que se debió a que ésta "es una de las mejores instituciones de Chile", aunque agrega que en su decisión también fueron importantes los consejos recibidos por parte del decano de derecho de su casa de estudios, José Luis Diez, y las clases de derecho civil que tuvo en el doctorado con la profesora Carmen Domínguez.

Sobre su trabajo, Barría comenta que en su elaboración fue fundamental la presencia del profesor Ramón Domínguez Águila, director de la tesis y "sin duda, el autor chileno más destacado en esta materia". De igual forma, comenta que la ayuda del docente de la Universidad de Paris II, Panthéon Assis, donde el abogado efectuó una pasantía como base para el desarrollo de su trabajo, fue también de gran ayuda.

El tribunal calificador fue presidido por el director del programa de Doctorado en Derecho UC, José Luis Cea, e integrado por los académicos Carmen Domínguez, Fabián Elorriaga y Jorge Baraona.

El proyecto de investigación según su autor

Consiste en proponer una revisión del sistema sucesorio chileno, considerando un aumento de la libertad de disposición del causante, en base a diversos factores. El fundamento del sistema de asignaciones forzosas consistía en que debía darse protección a los parientes cercanos del causante, especialmente a los hijos. Pero la actual realidad social hace que se deba revisar la protección sucesoria de los hijos, básicamente porque hoy, al aumentar la esperanza de vida, los hijos del causante, en muchos casos ya no requieren de la protección sucesoria, pues ya tienen un patrimonio formado.

El cónyuge sobreviviente, en virtud de sucesivas reformas a la sucesión por causa de muerte se encuentra fuertemente protegido, con preferencia a otros asignatarios forzosos, ya que es considerado legitimario, asignatario de la cuarta de mejoras, está incorporado en el primer y segundo orden de sucesión intestada y además goza del derecho de adjudicación preferente sobre la vivienda familiar.

Creemos entonces que las asignaciones forzosas deben estar reservadas para personas que lo necesiten, como los hijos menores o aquellos que padezcan de alguna discapacidad, así como al cónyuge sobreviviente que efectivamente requiera de protección. El derecho comparado ha avanzado en esa dirección, como por ejemplo, ciertas modificaciones a los Códigos de España y de Luisiana. También lo contempla el proyecto de Código Civil de Argentina.

Desde el punto de vista económico, nuestro sistema sucesorio en algunos casos podría trabar el desarrollo de empresas familiares, debido a que si el causante asigna dicha empresa familiar a un solo legitimario o a un tercero, los legitimarios que se sientan afectados ejercerán las acciones pertinentes en orden a que los donatarios restituyan lo excesivamente donado, pero con bienes hereditarios, lo que trae como consecuencia que en muchos casos se tenga que fraccionar dicha empresa. Si se permitiera la restitución de lo excesivamente donado en dinero y no con bienes hereditarios, se podría mantener la empresa familiar, y así indirectamente, el causante tendría una mayor libertad de disposición. Es lo que ocurre en Francia, después de la modificación del año 2006.