El Mercurio Legal

Tras dos sesiones en la Comisión de Economía del Senado, 18 sesiones en las comisiones unidas de Constitución y Economía, y dos sesiones en la Comisión de Hacienda; tras 14 sesiones en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, dos sesiones en la Comisión de Trabajo, y una sesión en la Comisión de Hacienda, la "nueva ley de quiebras" fue aprobada en el Congreso y pasó a trámite de control de constitucionalidad, tras una discusión parlamentaria que se inició en mayo de 2012.

Según los expertos consultados, no hubo grandes cambios durante la tramitación parlamentaria y las ideas matrices del proyecto de la "Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas", se mantuvieron.

De hecho, Ronald Fischer, profesor en el Centro de Economía Aplicada (CEA) del Departamento de Ingeniería Industrial de la U. de Chile, explica que en lo único que pudo observar que desapareció durante el proceso de aprobación de la ley fue el sistema simplificado de quiebras para empresas con menos de dos años de antigüedad. "Esta era una propuesta bastante importante para el emprendimiento, porque proveía un sistema de muy bajo costo para que empresas sin historia que fracasan, es decir, emprendimientos de personas jóvenes que tratan de ensayar nuevas ideas".

Para Nelson Contador, profesor del departamento de Derecho Comercial de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile –y que formó parte del equipo técnico de la Superintendencia de Quiebras que elaboró el proyecto de ley– éste tuvo siempre una acogida y tramitación transversal. Los acuerdos "permitieron que un proyecto eminentemente técnico y complejo fuese despachado en aproximadamente un año por el Congreso", destaca.

No todos están de acuerdo. Para algunos no hubo la suficiente socialización y el debate se hizo "a puerta cerrada".

Pero Contador reafirma que el proyecto de ley fue elaborado por un "equipo técnico de altísimo nivel", en el cual participaron varios profesores y expertos; que la invitación a participar en el estudio del proyecto fue realizada en forma amplia a todos los actores, quienes tuvieron la posibilidad de ser oídos en sus ideas y comentarios, muchos de las cuales se recogieron en definitiva; además de que el proyecto de ley fue objeto de consulta ciudadana, en la cual se habrían recibiéndose numerosos comentarios y propuestas, que habrían siso tenidos en consideración.

Los temas de mayor discusión

Para Juan Esteban Puga, quien participó en una comisión organizada por el ex ministro de Hacienda Andrés Velasco durante el gobierno anterior, el proyecto de ley actual se basó en un informe del Banco Mundial (Doing Business 2012) donde Chile se ubicaba en el puesto 110, pues registraba cuatro años y medio como plazo para terminar el procedimiento concursal, mientras en otros países la duración promedio es de 1,8 años.

De acuerdo a su experiencia, el informe está errado, pues antes del año y medio, ya la gran mayoría de las empresas ya tiene todo "vendido y repartido", y lo que quedarían pendientes son trámites menores, algunas impugnaciones y la rendición del síndico, que suele demorarse. Respecto de este último punto, Rafael Gómez Balmaceda, ex Fiscal Nacional de Quiebras, director del Departamento de Derecho Comercial de la U. de Chile, y detractor del proyecto, explicó en un informe publicado en El Mercurio Legal, que la actual superintendencia cuenta ahora con facultades mayores y más eficaces desde la dictación de la Ley 20.004 (2005), al estar dotada de atribuciones para imponerle sanciones a los síndicos que sean renuentes en rendir las cuentas de sus gestiones.

Unos de los temas que plantearon mayor discusión, cuenta Nelson Contador, fue el tratamiento de los acreedores relacionados con el deudor y el de los acreedores garantizados en los acuerdos de reorganización. Respecto a este último tema se introdujo una normativa de gran relevancia que fue trabajada con la Asociación de Bancos y el Banco Mundial.

El otro tema debatido, explica, decía relación con el periodo de mora que deben tener las obligaciones de la persona deudora para someterse al procedimiento concursal de renegociación: "El interés de las empresas del retail era ampliarlo lo mas posible, en aras de conservar la herramienta para presionar al deudor con la cobranza extrajudicial, y así poder cobrar intereses y reajustes por más tiempo", dice.

En tanto, Juan Esteban Puga menciona como un error que la ley piense que es mejor reorganizar una empresa que liquidarla: "La insolvencia produce un empobrecimiento acelerado, porque todos los bienes adquieren un valor de liquidación; por eso debería entrarse rápido al procedimiento concursal", es su opinión.

Para él, el plazo para la quiebra de personas naturales es incluso peor, pues se requiere de un plazo de 90 días desde la existencia de obligaciones vencidas, cuando debiera poderse gatillar de inmediato.

Juan Luis Goldenberg, profesor de derecho civil de la Universidad Católica, que asesoró a la Superintendencia de Quiebras durante la tramitación del proyecto de ley, da su visión del tema: "Idealmente los procedimientos concursales deberían presentarse tan pronto como se detecte la insolvencia, pero si se presenta muy rápido, se deja a los bancos y empresas de retail sin ningún tipo de maniobra para hacer cobranzas extrajudiciales", dice. Y los bienes de las personas naturales no perderían tanto valor como los de una empresa, afirma.

Además, esta disposición habría que mirarla armónicamente con el proyecto que se tramita sobre tasa máxima convencional.

A futuro

La nueva ley cambia la estructura del procedimiento concursal, así como el nombre y las funciones de la Superintendencia del ramo, la que pasa a llamarse "Superintendencia de insolvencia y reemprendimiento". Goldenberg opina que, siendo una normativa completa, —"un proyecto bien ambicioso y amplio, pero muy pensado— podría tener que reevaluarse.

"En general, en todas las legislaciones concursales hay que hacer reevaluaciones cada cierto tiempo", dice. Y añade que en España estuvieron 20 años discutiendo una normativa que finalmente entró en vigencia en 2004, pero tras la crisis que se inició a partir del 2007 tuvieron que hacerse revisiones y reformarla varias veces.

"Además, la jurisprudencia va a tener que partir de cero, y va a haber que ver las interpretaciones que se hagan caso a caso", proyecta.

Para Ronald Fischer, quién participo en la comisión que dio origen a la reforma de la Ley de Quiebras de 2004, el proyecto es un avance relevante y "es probablemente la medida con efectos microeconómicos más importante en años".