Diario Estrategia

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El profesor del Doctorado en Derecho de la Universidad Católica de Chile, y especialista de derecho bancario, conversó con Estrategia acerca de los lineamientos y alcances del proyecto de Ley.

- ¿Qué opinión le merece el proyecto de Ley sobre Deuda Consolidada?

-La existencia de un mercado financiero que funcione sobre la base de información exacta y completa pretende atajar los problemas que resultan del riesgo moral y selección adversa. Para estos efectos, se crea un sistema oficial (encargado a la SBIF) para la recepción y ordenación de la información, sin perjuicio que esta pueda estar disponible para distribuidores a efectos de su comercialización.

-¿Tendía algún impacto sobre las tasas de interés?

-Al tiempo del otorgamiento del crédito, el potencial otorgante podrá disponer de información suficiente y de calidad como para calibrar el riesgo del prestatario, de modo que, teniendo un buen comportamiento histórico, pueda obtener una tasa de interés inferior; mientras que aquellos que han demostrado un perfil más riesgoso tengan una tasa de interés más alta o no sean sujetos de crédito.

-¿Cómo se concilia este proyecto con los derechos de los titulares sobre su información financiera?

-La idea básica del proyecto debe conciliar ese elemento, así como también el dispar tratamiento entre usuarios aportantes y usuarios no aportantes de la información.

- ¿Qué implicancias tendría en la industria financiera?

- No se operaría sobre la base de especulaciones ni datos estadísticos. Sin embargo, este es un supuesto económico y no una imposición a las entidades financieras para rebajar efectivamente las tasas, considerando que el comportamiento histórico no es siempre indiciario de un buen comportamiento futuro, sino sólo un elemento a ponderar.

-Entonces, el proyecto implica un efecto mayor para quienes han tenido un comportamiento negativo...

-Así puede pensarse, ya que será evidente su historial con un horizonte de cinco años, aumentando su riesgo, incluso, hasta justificar la ausencia de crédito.

Competencia

-¿Hay algún alcance en términos de competencia entre entidades financieras?

-Nuevamente, la lógica económica sugiere que si el acceso a la información será idéntico para todas las entidades financieras, su ponderación del riesgo pasará por los otros elementos que integren su evaluación. Supondría, entonces, que la competencia entre entidades se basará en información real y uniforme respecto a los prestatarios, y no a suposiciones diferentes atendido un cierto perfil.

- Hay quienes alertan respecto a la posibilidad de cautiverio de los clientes...

- Debe advertirse que la existencia de un perfil negativo para un titular dificultará la posibilidad de contratación con otras entidades financieras, al menos en condiciones favorables en términos de tasa de interés.

- ¿Qué resguardos debería considerar la iniciativa para que la información de las personas no sea mal utilizada?

- El proyecto contempla ciertas sanciones (incluso penales) para quienes utilizan o almacenan la información saliéndose del sistema creado por el mismo, cualquiera sea el motivo por el cual han accedido a tales datos.

-¿Usted sugiere perfeccionamientos al sistema?

-Entre otros, creo que podría ser perfeccionado en el sentido de establecer como principio el hecho que esta clase de información no puede ser solicitada para ningún otro efecto que no sea una valoración del riesgo crediticio, sin perjuicio de la regulación específica en las áreas donde ha presentado mayor conflicto, como son salud y trabajo. Ello implicaría una mayor protección para el titular de los datos en otras áreas en las que la solicitud de la información comercial no está directamente relacionada al riesgo crediticio, sino a una supuesta calificación "moral" del comportamiento del titular.