El académico UC, único representante chileno en el encuentro, expuso sobre las perspectivas de reforma que afronta el derecho cooperativo nacional.

En el marco de la XVIII Conferencia Regional de Alianza Cooperativa Internacional para las Américas, celebrada en Guarujá (Brasil), y tras dos décadas de interrupción, tuvo lugar el V Congreso Continental de Derecho cooperativo.

Durante los días 8, 9 y 10 de octubre del presente año, el encuentro reunió a profesores de todo el continente y a destacados ponentes extranjeros, como los profesores Antonio Fici (Universidad de Molise, Italia) y Hagen Henrÿ (Universidad de Helsinki, Finlandia). El único ponente chileno fue el profesor Derecho UC Jaime Alcalde, quien abordó las perspectivas de reforma que afronta el derecho cooperativo chileno merced al proyecto de ley presentado en 2012 y en actual discusión en el Senado.

En su intervención, el profesor Alcalde comenzó explicando que las cooperativas son una forma de empresa que la Organización de Naciones Unidas ha promovido activamente en los últimos años y entre cuyos desafíos se encuentra el perfeccionamiento de sus marcos jurídicos en la línea querida por la Recomendación 193/2002 de la Organización Internacional del Trabajo y el Plan para una década cooperativa de la Alianza Cooperativa Internacional.

Asimismo, y luego de entregar una completa radiografía del número y estado de las cooperativas en Chile, y de su aporte a la economía nacional, se avocó a analizar el proyecto que pretende modernizar la actual Ley general de cooperativas de 2003, entre cuyos objetivos destacan: flexibilizar los requisitos necesarios para la constitución de las cooperativas y fortalecer su capacidad de gestión, preservando su carácter participativo; incentivar la eficiencia económica y la sustentabilidad financiera, otorgándoles estabilidad patrimonial mediante la participación de socios inversionistas; actualizar el marco normativo de las cooperativas de ahorro y crédito, mejorando su competitividad en el mercado; perfeccionar las facultades otorgadas al Departamento de Cooperativas para sancionar adecuadamente las conductas que afectan la sana administración cooperativa; y corregir errores de referencia, eliminar algunas normas sin aplicación y aclarar interpretaciones equivocadas producto de la aplicación de la Ley general de cooperativas en actual vigor.

Concluyó su ponencia denunciando algunas ausencias del proyecto. En efecto, explicó, pese a la extensión y profundidad con que son abordadas las materias sobre las que versa, todavía persiste el desafío de introducir criterios de flexibilidad y progresión que permitan que el marco normativo se adapte paulatinamente a la realidad concreta de cada ámbito o grupo de cooperativas. De igual manera, se refirió a algunos aspectos sensibles para el sector cooperativo, como la función de fiscalización y supervisión del Departamento de Cooperativas que merece una revisión más acuciosa orientada hacia la gradualidad, en la línea propuesta por el así llamado «Estatuto de las empresas de menor tamaño» (Ley 20.416).

Notables son las ausencias, aseguró, de un trato igualitario de las cooperativas, como queda en evidencia con la preterición que se hace de ellas en la Ley 20.659 sobre simplificación del régimen de constitución de sociedades, y la tributación de los remanentes, materia sobre la que el Servicio de Impuestos Internos sostiene desde 2002 un criterio contrario a los valores y principios que inspiran el cooperativismo.

Con ocasión de este encuentro académico, se presentó el libro Handbook of International Cooperative Law (Berlín/Heidelberg, Springer, 2014), coordinado por los profesores Fici, Henrÿ y Dante Cracogna (Universidad de Buenos Aires, Argentina), que recoge la situación legal de las cooperativas en treinta países y en los sistemas jurídicos trasnacionales. El capítulo dedicado al Derecho chileno fue preparado por el profesor Jaime Alcalde. La comercialización del libro comenzará a principios del próximo año y se convertirá en una eficaz ayuda para los operadores jurídicos relacionados con esta clase de empresas.