Los académicos Cecilia Rosales y Gonzalo Candia ahondaron en distintas aristas de esta temática en una nueva sesión del ciclo Miradas Derecho UC, organizado por el Foro Constitucional UC y el departamento de Derecho Público UC, y que se realiza todos los miércoles a las 13 horas.

La tercera sesión del ciclo de charlas Miradas Derecho UC ¿Qué dice el Proyecto de Nueva Constitución? abordó el pasado miércoles 20 de julio la temática de derechos fundamentales junto a los profesores Derecho UC Cecilia Rosales y Gonzalo Candia. El encuentro, organizado por el Foro Constitucional Derecho UC y el departamento de Derecho Público UC fue moderado por la también profesora de nuestra Facultad, Alejandra Ovalle.

En la instancia, los académicos entregaron una mirada general del catálogo de derecho y sus diferencias con el texto actual, para luego ahondar en las libertades, derechos clásicos y derechos económicos, sociales y culturales, para finalmente explicar los desafíos de su implementación.

La profesora Rosales comenzó su análisis asegurando que al comparar la Constitución actual con el proyecto de nueva Constitución es posible advertir cambios en materia de titularidad de derechos fundamentales como en el contenido mismo del catálogo de derechos. Sobre la titularidad aseguró que existen tres diferencias sustanciales: La primera es que en el proyecto se omitió la referencia a la criatura que está por nacer; la segunda es que se reconoce a la naturaleza como titular de derecho, “lo que podría generar una colisión de los derechos de la naturaleza con los derechos de las personas”; y la tercera es que se entrega titularidad en materia de derechos colectivos especiales a los pueblos y las naciones indígenas, lo que generará “un alto grado de incertidumbre respecto derechos como los territoriales, propiedad colectiva, derechos de recuperación de tierras y al consentimiento indígena”.

El profesor Candia, en tanto, agregó que la nueva propuesta reconoce en cerca de 101 artículos una cantidad importante de derechos con un desarrollo bastante específicos, dotando al proyecto de una densidad normativa muy amplia lo que a su parecer genera como consecuencia institucional “una disminución de la deliberación democrática al interior del órgano legislativo”. Afirmó que si bien el texto entrega bastantes temáticas a la determinación legislativa, a su vez reduce el espacio de acción democrática producto de su extensión.

Derechos que se fundan en la libertad

Sobre los derechos individuales que se fundan en la libertad, la profesora Rosales explicó que si se comparan ambos textos, “se advierte un desequilibrio importante ya que hay derechos francamente ignorados”, como el de la criatura del vientre materno versus una protección especial a los animales. A su vez el proyecto incluye el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo sin discriminación y limitación. Hay un segundo derecho olvidado, continuó, el derecho y deber preferente de los padres a educar a los hijos. “Al promover un sistema nacional de educación, donde las universidades no estatales van a tener que ajustarse a ciertos principios y fines expresamente enumerados, lo que se hace es reducir el pluralismo. Estos principios y funciones son tan intensos que al final uno se pregunta qué queda de la libertad de enseñanza”.

El profesor Candia, comentó que, sumado a esto, el nuevo texto también introduce modificaciones en materia de libertad religiosa, eliminando la expresión de que las iglesias no tributan por sus templos y dependencias. En materia de libertad de expresión, se dota al Estado del deber de promover el pluralismo informativo, impedir la concentración de la propiedad de los medios de comunicación y asegurar un espacio digital libre de violencia, sin saber lo que significa esa violencia. Sobre libertad de reunión, advirtió que, a diferencia de la actual Constitución y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el proyecto elimina la alusión a “sin armas” al referir al derecho de reunirse pacíficamente y sin armas. También se refirió a las modificaciones en materia de propiedad, en cuanto se modifica el estándar de la indemnización en el contexto de la expropiación, desde el concepto “daño patrimonial efectivamente causado” al de “justo precio”.

Derechos económicos, sociales y culturales

Sobre los derechos económicos, sociales y culturales, en particular, el profesor Candia reconoció la importancia de su inclusión y ampliación a nuevos derechos, como el derecho a la vivienda digna o el derecho a la alimentación. Sin embargo, anotó que cada uno de estos derechos supone un deber o una obligación para el Estado, lo que contrasta con la ausencia de deberes impuestos a la sociedad civil en la realización de los derechos sociales. “Lo que uno puede advertir es que existe una filosofía según la cual el gran prestador de estos derechos sociales es el Estado”.    

La profesora Rosales agregó que la Constitución actual es deficitaria es materia de derechos sociales y que es legítimo que la ciudadanía tenga aspiraciones a una vida más digna. Sin embargo, criticó la falta de moderación o la concepción que en esta materia subyace al proyecto. En Constituciones europeas, como la española, explicó, se establece que estos derechos son principios rectores de una política social y económica del Estado, lo que permite que el legislador vaya decidiendo, en cada momento, cómo ir avanzando en ellos. Esta no es la aproximación que asumió el proyecto. “Como su implementación va a demorar varios años en concretarse, se puede generar una tensión con la ciudadanía, en términos de que sus expectativas respecto a los derechos sociales no van a ser satisfechas tan pronto”.

Implementación y desarrollo de los derechos

Finalmente, en materia de implementación de los derechos, el profesor Candia esgrimió que prevé tensiones debido a la amplitud del catálogo de derechos que constitucionalizan muchas temáticas relacionadas a cuestiones de política pública. “La propuesta entrega al legislador potestades para implementar derechos, pero por otro lado se le restringe en cuanto a definiciones de políticas públicas”. El profesor también aludió a la inclusión del principio de progresividad, que la propuesta extiende no sólo a los derechos sociales, sino también a derechos civiles y políticos. La profesora Rosales ahondó sobre los mecanismos para reclamar protección de derechos frente a tribunales, aludiendo específicamente al reemplazo del recurso de protección por la acción de tutela que sería conocida por tribunales de primera instancia. Ahondó en los desafíos que conlleva considerando la experiencia de la acción de antidiscriminación que contempla actualmente la legislación.

La cuarta sesión del ciclo Miradas Derecho UC se realizará el próximo miércoles 27 de julio y abordará Sistemas de Justicia con los profesores Nicolás Frías y Cristián Villalonga.

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