El Mercurio
Haciendo uso de su mayoría, los consejeros de RN, Evópoli, la UDI y el Partido Republicano superaron el quorum necesario para ratificar, en el pleno del Consejo Constitucional, la enmienda que incorporaron en el artículo 16 sobre Derechos y Libertades Fundamentales, en relación con el ámbito de la seguridad social.
En concreto, con 33 votos a favor y 17 en contra, se modificó el inciso 27, donde se estableció, en el literal b, que 'cada persona tendrá propiedad sobre sus cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados por esta, y tendrá el derecho a elegir libremente la institución estatal o privada que los administre e invierta. En ningún caso podrán ser expropiados o apropiados por el Estado a través de mecanismo alguno'. Originalmente, dicha disposición era más acotada y señalaba que 'los recursos con que se financie la seguridad social solo podrán destinarse al financiamiento y administración de sus prestaciones'.
'Modelo petrificado'
Aunque el Gobierno tiene prescindencia para expresarse respecto del trabajo del órgano constitucional, en el oficialismo advirtieron que dicha enmienda frena la posibilidad de reformar el sistema y se contrapone, incluso, al proyecto de ley que hoy está planteando el Ejecutivo. Yerko Ljubetic, exministro del Trabajo —en el gobierno de Ricardo Lagos— y actual consejero en representación de Convergencia Social, afirma que 'el debate actual en materia de la reforma previsional, en el sentido de que un porcentaje de las nuevas cotizaciones vaya en una perspectiva de solidaridad, a la luz del texto constitucional aprobado sería una discusión que quedaría fuera del futuro marco constitucional'.
Una de las grandes críticas desde el punto de vista de los expertos es que se constitucionalice una función que debe quedar al arbitrio del legislador. Hugo Cifuentes, abogado experto en seguridad social y académico UC, afirma que la redacción aprobada es extrema y se aleja de la experiencia internacional: 'La seguridad social, según los instrumentos internacionales, es un derecho humano que debe ser garantizado por el Estado. Aquí, al parecer, lo que se está haciendo es constitucionalizar una forma de pensión. Esa forma puede cambiar con el tiempo, y la población querer modificarla. Estamos cerrando a esta y otras generaciones la posibilidad de modificar el sistema. Es petrificar un modelo (de AFP)'.
En contraparte, la hipótesis de la oposición es que existe una probabilidad cierta de que, a futuro, se quiera establecer un monopolio estatal en este ámbito. 'Las constituciones son, por definición, instrumentos que limitan al poder y, en este caso, al Poder Legislativo', dijo Luis Silva, consejero del Partido Republicano. En la misma línea, Bernardo Fontaine, economista y ex convencional constituyente por RN, indicó que 'todas las constituciones tienen elementos particulares. La chilena tiene una norma precisa respecto de la minería, los derechos de agua o concesiones de televisión. Creo que no tiene mayor importancia; lo importante es que recoja las debidas protecciones que los ciudadanos quieren tener respecto del inmenso poder del Estado'.
Aporte del empleador
Pese a que, conceptualmente, lo aprobado en el pleno se contrapone a modificar sustancialmente el modelo previsional, una de las interpretaciones jurídicas es que no debería impedir, por ejemplo, la construcción de un seguro social como el que propone el Ejecutivo.
Así lo interpreta Cifuentes, tomando en cuenta que el texto hace alusión a las cotizaciones propias de cada trabajador, mientras que el seguro social busca financiarse con los aportes del empleador. '¿Es una cotización del trabajador la que efectúa el empleador cuando sale de su patrimonio? Puede que afecte en parte el nivel remuneracional, pero está saliendo del patrimonio del empleador y, por consiguiente, no es su cotización', explica. Sin embargo, agrega que será necesaria una posterior precisión por parte del Tribunal Constitucional.
Por su lado, la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, señaló a CNN que la reforma a las pensiones 'no considera ningún tipo de expropiación y promueve la libertad de elegir, así que no veo dificultades, en principio. Es parte de las cosas que se construyen como temor infundado'.