El Líbero

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En siete días, la presidenta de la Convención Constitucional, Elisa Loncón, habló de refundación del país y de plurinacionalidad, cuestionó la regla de los dos tercios, se refirió a los detenidos post 18-O como “presos políticos” y planteó cómo debiesen actuar otros poderes del Estado. Sus dichos son contrastados con la opinión de expertos y con la misma Constitución.

Hace siete días fue electa como presidenta de la mesa de la Convención Constitucional. Fue en ese momento que Elisa Loncón, en los patios de la sede del Congreso en Santiago, dio su primer discurso. Habló de refundación y de plurinacionalidad. Durante la semana cuestionó la regla de los dos tercios, se refirió a los detenidos post 18-O como “presos políticos” y planteó cómo debiesen actuar otros poderes del Estado.

Expertos, abogados constitucionalistas, ministros de Estado, ONG de Derechos Humanos y la misma Constitución se han referido a los temas que esta semana abordó Loncón. Al contrastar las posturas, se puede encontrar desde precisiones, aclaraciones y hasta desmentidos de algunos de sus dichos.
En su discurso inaugural, Elisa Loncón, señaló: “Esta Convención que hoy me toca presidir, transformará a Chile en un Chile plurinacional, en un Chile intercultural”.
 
El abogado y rector Carlos Peña, en su columna en El Mercurio del día después de la investidura, explica que las palabras de Loncón fueron “excesivas como discurso de instalación de quien fue escogida para conducir con imparcialidad un largo proceso de deliberación”. Y agrega: “La principal tarea de la directiva no consiste en abogar por alguno de los puntos de vista en juego, sino favorecer la expresión equilibrada de todos para así formar una voluntad común.”

Refuerza la crítica del rector Peña, el hecho que mientras no sea aprobada la propuesta de nueva Constitución por la ciudadanía, en el plebiscito de salida, la actual Constitución mantiene su vigencia, la que sólo reconoce a la nación chilena en su Capítulo II Nacionalidad y Ciudadanía, y el artículo 56 del Código Civil, que expresa:  “Son chilenos los que la Constitución del Estado declara tales. Los demás son extranjeros”. 

La Convención que le toca presidir no tiene por finalidad o meta lograr un Chile plurinacional, sino que mediante la deliberación, redactar una propuesta de nueva Constitución, que podrá o no contener una declaración como la que Loncón propone, si es que al menos dos tercios de los convencionales lo llegasen a aprobar. Propuesta que por lo demás, deberá ser sometida a un plebiscito en que la ciudadanía podrá aprobar o rechazar la propuesta de nueva Constitución.  
En la misma ocasión, Loncón señaló: “Es posible hermanas y hermanos, compañeras y compañeros, refundar este Chile”.
 
El abogado constitucionalista Arturo Fermandois, quien además fue miembro de la Comisión Técnica para el Proceso Constituyente -que redactó las reglas constitucionales que regirían la Convención-, en su columna en El Líbero expresa: “La tentación de poder total para un órgano recién elegido cuyo cometido era sólo redactar y proponer una norma suprema, sería inevitablemente… suprema. (…) En consecuencia, la sujeción plena de la Convención al derecho fue abordada y establecida al detalle en la Comisión Técnica que redactó el borrador de la que sería la ley N° 2.200, que rige el proceso constituyente (…) La Convención sólo existe para redactar y aprobar la “propuesta de texto de Nueva Constitución”.

Y tal como lo dice Fermandois, quedó expresado en el Capítulo XV de la Constitución que establece el procedimiento de elaboración de la nueva Carta Magna. “Eso es parte de la discusión que hay que hacer, porque uno no puede desligar los dos tercios del deseo del que hizo la Constitución, Jaime Guzmán, de limitar la participación popular. Nosotros venimos y fuimos instalados a raíz de una participación popular, entonces hay que discutir el tema”, dijo Loncón el lunes en radio Pauta.
 
La norma que la presidenta de la Comvención cuestiona y que contiene el requisito de dos tercios para la aprobación del Reglamento y aprobación de normas constitucionales, fue fruto de una reforma constitucional de diciembre de 2019 que permitió dar inicio al proceso de elaboración de una nueva Constitución, la elección de convencionales y la instalación misma de la Convención.

El establecimiento del quórum de dos tercios, que facilitara amplios acuerdos respetando a las minorías, fue objeto de una deliberación en el Congreso que quedó plasmada en el artículo 133 de la Ley Fundamental que expresa: “La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio. La Convención no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos”.

En este sentido, el respeto de las minorías o mayorías que no ostenten el poder es precisamente el origen de las constituciones, como lo señala el constitucionalista y profesor de Derecho UC, Germán Concha. En su columna en El Líbero, apunta: “Si se revisa el origen de las constituciones en Occidente, se aprecia que este puede vincularse a los esfuerzos por establecer límites al poder público y controlar el riesgo de ejercicio abusivo del mismo. Es decir, reducir el temor frente a la arbitrariedad de quien detenta dicho poder”.

El respeto por las minorías y el establecimiento del quórum de dos tercios que se reflejó en la reforma constitucional, fue además del mismo tenor que el Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución, firmado el 15 de noviembre de 2019, que expresa: “El órgano constituyente deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio”.

Sobre DD.HH. y “presos políticos, como Loncón los nombra, dijo en T13 Radio: “Nosotros llegamos ahí (a la Convención) por una cuestión de profundizar la democracia. Dentro de los presos sabemos que hay situaciones que no tienen los estándares de derechos humanos, ni justicia. (…) La gente tiene que defenderse y eso tiene que garantizarse. Esas garantías, actualmente, no están y ahí nace el tema de los presos políticos”.
 
José Miguel Vivanco, director de las Américas de Human Rights Watch, ha señalado en más de una ocasión que en Chile no hay presos políticos. En diciembre de 2020 explicó que “presos políticos son esencialmente presos de conciencia; personas que son perseguidas por sus ideas, por sus opiniones, simplemente por tratar de promover una idea diferente de la oficial, como ocurre por ejemplo en Cuba”. En ese sentido, afirmó: “No creo que existan en Chile presos políticos, hay que tener mucho cuidado con los conceptos”. Y lo reiteró en mayo de este año: “No hay presos políticos en Chile”. Y criticó el proyecto de indulto que se tramita en el Congreso y que busca acelerar la Convención. “Este proyecto me parece un grave error. Está claro que durante el estallido social Carabineros cometió gravísimas violaciones a los derechos humanos (…) Sin embargo, no creo que sea necesario ni conveniente otorgar indultos genéricos a quienes hayan cometido delitos comunes, muchos de ellos muy graves”.

Desde el gobierno han planteado una similar postura.El ministro de la Segegob, Jaime Bellolio, señaló: “En Chile no existen presos políticos. Los presos políticos son presos por conciencia, no por haber cometido delitos graves”. Afirmación a la que se sumó Juan José Ossa, ministro de la Segpres. “En Chile no existen presos políticos, nadie está privado de libertad por sus ideas. Están privados de libertad porque el Poder Judicial ha estimado que han cometido graves delitos”.
Desde la Fiscalía han dado una opinión similar. A fines del año pasado, el Fiscal Nacional, Jorge Abbott, expresó: “El Ministerio Público tiene la certeza que en este país no existen personas que se encuentren privadas de la libertad por razones de su ideología, es decir, que en Chile no existen presos políticos, puesto que quienes se encuentran en esas condiciones se encuentran por haber cometido hechos particularmente graves y que derivarán con mucha certeza en penas que deberán cumplirse efectivamente”.

“Se le ha hecho sentir al gobierno que es necesaria una ley de amnistía, y vamos a ver la manera de incidir en eso, porque nosotros los convencionales también nos debemos a esos jóvenes que saltaron el torniquete y nosotros estamos ahí para incidir políticamente”, dijo Loncón en Chilevisión.
 
Tres días después de sus dichos, Convención aprobó por 105 votos a favor una declaración política que pide al Congreso acelerar “indultos” a los detenidos por delitos post 18-O, “desmilitarizar” La Araucanía y amnistía para mapuches presos desde el 2001.

Haciendo alusión a este punto, el constitucionalista Fermandois expresa: “La presidenta y el vicepresidente de la Convención afirmaron -junto a varios convencionales más- que usarán todas las vías políticas para promover y probablemente forzar una amnistía de delitos cometidos en democracia, cuyas investigaciones están en curso por el Ministerio Público y Poder Judicial”. Y agrega: “Si esto se extremara, al punto de detener o perturbar el funcionamiento de la Convención mientras el Congreso no despache tal o cual legislación, entonces el proceso habrá comenzado con el pie izquierdo: usando la confianza pública para perturbar facultades institucionales ajenas, hacer dejación de las propias y agraviar a la minoría disidente”.

Concordante con lo planteado por Fermandois, el artículo 135 de la Constitución advierte y limita esta intromisión en las facultades de otros Poderes del Estado al señalar: “La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes”.