La Tercera

Profesora María Elena 158x158

Esta semana el Ejecutivo ingresó a la Cámara de Diputados el Proyecto de ley que crea un Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y la Defensoría de Víctimas de Delitos, destinada esta última a aquellas personas que no pudieren procurarse por sí mismas orientación legal y representación jurídica.

El proyecto tiene por objeto corregir un déficit del sistema penal que se ha hecho cada vez más evidente: la posición de las víctimas en el conflicto penal está notoriamente desmejorada en relación a la de los demás intervinientes. Si bien es el Ministerio Público el encargado de investigar y perseguir a los autores de delitos, en muchos casos sus intereses difieren o no consideran los de las víctimas, que hasta hoy no gozan de una posibilidad efectiva, universal y gratuita de ejercer la acción penal, a pesar de ser un derecho garantizado por nuestra Constitución y un elemento insoslayable en un estado de derecho al servicio de toda la ciudadanía, especialmente de los vulnerados en sus derechos fundamentales.

En efecto, lo que hay hoy es una oferta pública dispersa, poco especializada y con altas listas de espera, principalmente dependiente de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ), cuyo sucesor será precisamente la Defensoría de Víctimas, y de otros programas estatales de escasa cobertura en relación a las tasas delictivas.

Contrario a lo que pueda pensarse, las necesidades de las víctimas no se reducen únicamente a la posibilidad de presentar querella criminal e intervenir en el proceso penal. En muchos casos, lo que más requieren es ser oídas y reconocidas por los actores del sistema, recibir información clara y oportuna sobre el estado del proceso, tener acceso a asistencia psicológica y social, o perseguir la indemnización patrimonial por los daños sufridos. Esas necesidades no encuentran satisfacción suficiente en los organismos actualmente encargados de la atención de víctimas: los programas de la CAJ, los diversos programas dependientes o en colaboración con el Sename, los CVS del Ministerio de la Mujer, el CAVAS de la PDI, entre otros; todas estas instituciones públicas tienden a privilegiar en general un aspecto de la reparación de la víctima, que si tiene la fortuna de calificar para recibir atención en alguno de estos servicios, se hallará desorientada ante la falta de coordinación e interdisciplina con que actualmente se actúa.

De especial urgencia resulta atender a las personas cuya libertad o integridad física, psicológica o sexual han sido vulneradas, urgencia a la que precisamente la Defensoría de Víctimas deberá dar prioridad, según se señala en el proyecto de ley. En ese sentido, la literatura reciente ha dado cuenta de que el reconocimiento que la comunidad da a la víctima de estos delitos de su calidad de tal, es de la esencia de una reparación adecuada. La atención especializada e integral que ofrecerá la Defensoría de Víctimas, si se aprueba su institución, será un gran avance en esta dirección.

Lo dicho hasta ahora permite acallar el temor sembrado, en el sentido de que esta institución rebalsará de querellantes el proceso penal. La representación judicial mediante querella es solo una -y posiblemente no la principal- de las funciones que deberá desempeñar la Defensoría de Víctimas. Por otra parte, el proyecto de ley consigna como una de sus líneas de acción el énfasis en la solución colaborativa de conflictos, lo que en algunos casos podrá propiciar alternativas al proceso penal llevado hasta sus últimas instancias.

En definitiva, la institución de la Defensoría de Víctimas es una buena noticia, significará un importante avance hacia un país más justo e inclusivo, y permitirá universalizar buenas prácticas como la interdisciplina y la atención especializada y gratuita, prácticas que hasta ahora pocas entidades (principalmente organizaciones de la sociedad civil) estaban ejecutando.