El Líbero

Jose Luis Lara 158x158

Mañana a las 9:00 horas se llevará a cabo una sesión extraordinaria del Tribunal Constitucional para anunciar si se acoge o rechaza el requerimiento de diputados de Chile Vamos para que cese en el cargo el legislador comunista Hugo Gutiérrez, acusado por haber incitado a la alteración del orden público. La balanza parece inclinarse porque Gutiérrez continúe en su cargo. No obstante, desde el mundo jurídico se espera “una señal” del tribunal, bien sea por la contundencia de la decisión o porque pueda existir una “declaración” en sus consideraciones. El tema llega en un momento de crisis tras los dichos de su actual presidenta.

Ministros y parlamentarios presentaron sus testimonios ante el Tribunal Constitucional. Hay más de 40 tuits emitidos por el diputado del Partido Comunista Hugo Gutiérrez, videos que lo muestran participando en los disturbios frente al Cuartel General de la VI División del Ejército, ubicado frente a la Playa Cavancha de Iquique, el 19 de octubre de 2019 y otras imágenes de agosto del año pasado en las que aparece increpando a un Carabinero durante una manifestación. Los alegatos fueron hechos, y este viernes corresponde al TC sesionar en forma extraordinaria para anunciar si estas pruebas son suficientes para cesar en el cargo al legislador. 

Fuentes relacionadas al tribunal citan casos previos que involucraron a congresistas: el del senador Alejandro Navarro, de quien también se pedía su destitución y en 2008 el tribunal rechazó el requerimiento, y otro del diputado Jorge Sabag (DC) en el que el TC respaldó un requerimiento que impedía su desafuero. En consecuencia, dicen, para los ministros del tribunal es “casi sagrado” el hecho de que un parlamentario sea originado en la elección popular, por lo tanto, para acoger este tipo de recursos los hechos tienen que ser tan contundentes y potentes, como para que los juristas se «atrevan» a cambiar el voto que han tenido en causas que han involucrado a parlamentarios anteriormente. 

Surge la duda sobre qué hará el TC el viernes, en particular cuando en la decisión no participará todo el pleno. Fueron los dichos de la propia presidenta del juzgado María Luisa Brahm en una entrevista ofrecida en abril la que desencadenó una oleada de querellas -del propio Hugo Gutiérrez y de diputados y cercanos al Partido Comunista- contra los ministros del tribunal, en particular contra Iván Aróstica y José Ignacio Vásquez, quienes en consecuencia debieron inhabilitarse. Brahm afirmó que antes de su llegada al cargo las demoras en las tramitaciones de casos, en particular las de DD.HH., podían llegar “al límite de la corrupción”. Además de las subsiguientes acusaciones, sus palabras fracturaron la institución. 

Explica el constitucionalista Víctor Manuel Avilés que esta es una decisión de una gran relevancia, no solamente por ser el primer caso en que el TC podría cesar un parlamentario, sino además por el momento en que se produce. «Estamos probablemente iniciando un proceso de reforma constitucional o de nueva Constitución. En cualquiera de los dos casos la institución del Tribunal Constitucional va a ser revisada y, en consecuencia, cualquier medida que implique interferir, aunque sea en ejercicio de una función constitucional, en la composición del Congreso puede tener un efecto relevante en relación al futuro del tribunal», analiza.

La opinión más extendida entre quienes conocen la interna del TC, es que en esta oportunidad el requerimiento se va a rechazar y el diputado del PC podrá continuar en sus funciones.  

No obstante, para los abogados Jéssica Torres y Emiliano García, que representan a los 10 diputados de Chile Vamos que solicitan la destitución, argumentando que el legislador comunista había ido en contra del artículo 60 de la Constitución al haber incitado, de palabra o por escrito, a la alteración del orden público, los hechos quedaron suficientemente demostrados.

“Creemos que como nunca antes ha habido pruebas, el estándar probatorio exigido ante esta situación, a nuestro juicio, se ve completamente cumplido desde el minuto en que hay una gran cantidad de tuits que pasan a ser incluso una suerte de confesión de parte, al ser publicaciones hechas por el propio diputado. Si bien la prueba testimonial estuvo presente, lo más fundamental son las propias palabras y las propias actuaciones del diputado en hechos notorios y públicos. Hay pruebas como nunca ha habido en este tipo de causas”, asegura Torres. 

La abogada marca una diferencia con respecto al requerimiento hecho contra Navarro por su participación en una movilización organizada por la Central Unitaria de Trabajadores el 29 de agosto de 2007, en la que también se le señalaba por ir en contra de un carabinero, entre otros aspectos, en este caso el TC argumentó que había que demostrar la existencia de una incitación a la alteración del orden público, y no solo “la participación en la alteración del orden público, por grave que pueda haber sido”. 

Torres asegura que en el caso de Gutiérrez son múltiples hechos que sustentan su petición, diferencia las manifestaciones legítimas de las “actitudes vandálicas” y destaca que es repudiable la utilización de niños en “cuestiones ideológicas y absolutamente violentas, como el dibujo de un niño disparando al Presidente, una situación que nunca había ocurrido y que fue objeto de un reproche transversal”.

A esto suma García que el diputado “formó parte activa de la turba en el ataque al Cuartel General de la VI División del Ejército”, situación en la que hubo soldados lesionados y daños en el edificio por $15 millones. “No es una simple participación. Hay una evidente aceptación de cómo se desarrollan los hechos, y tampoco nunca intentó evitar lo que estaba sucediendo. Más bien el hecho de estar allí representaba una garantía para los violentos”.

Para el doctor en Derecho y profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Católica, José Luis Lara, existe la prueba suficiente como para hacer lugar a la destitución, pero es una decisión que corresponde tomar a los ministros del tribunal. «Es un requerimiento que está bastante fundado, además tiene características bastante especiales porque el diputado Gutiérrez desistió de defenderse en este juicio, no así en la sede penal, por lo tanto va a ser bien relevante si para los ministros del TC hubo o no una infracción que amerite la destitución de Gutiérrez. Es una causa compleja porque tienen un componente político, pero también uno jurídico y no me cabe ninguna duda de que si el TC llega a destituir sería un fallo bastante histórico en Chile», opina. 

Pero no todos los expertos ven con tanta claridad la demostración de los hechos. El abogado Javier Couso, profesor de la Universidad Diego Portales y de la Universidad de Utrecht en Holanda, subraya: “Mi impresión es que en este caso, sin estar totalmente familiarizado con las pruebas, lo que tenemos es un diputado aparatoso, atolondrado, arrogante con los oficiales de Carabineros, alguien excéntrico en su accionar, poco cuidadoso con las cosas que sube a las redes, pero me parece que no se da que haya una incitación deliberada para alterar el orden público”.

Couso profundiza que si bien se trata de una “situación anómala, que está en el límite de lo correcto”, tiene que haber un conjunto de antecedentes “claros, nítidos”, que demuestren que el diputado buscaba incitar a la alteración del orden público, además de dolo o intención. “Creo que hubo negligencia de parte de él, falta de prolijidad en sus dichos y hechos, pero a mi juicio no alcanzan a configurar la incitación de palabra o por escrito a la alteración del orden público”, reafirma.

El también abogado constitucionalista Patricio Zapata, opta por no hacer pronósticos de la que vaya a ser la respuesta del tribunal, y establece una salvedad. “Me parece que el tema de la prueba es importante, pero no es el más importante. La mayoría de los hechos están demostrados. El problema es calificar la gravedad. Uno puede incluso estar de acuerdo que muchos de los hechos que se le imputan al diputado Gutiérrez son graves. Son situaciones inconvenientes o indeseables. Pero la pregunta constitucional es si esos hechos son de la gravedad suficiente y del tipo de gravedad como para aplicar una sanción tan grave de quitarle a una persona el mandato que le han entregado a los ciudadanos”. 

Zapata agrega que en ese punto “el Tribunal tiene que ser súper riguroso y no dejarse llevar por las simpatías ni por la antipatía. Uno puede pensar que la conducta es discutible, que no es la adecuada, que es inconveniente, todas esas cosas se pueden pensar pero el juicio constitucional es si estos videos son de tal gravedad como para quitarle sin condena penal su investidura como diputado del país”.

Lo que sí es bastante claro, explica Zapata, es que a lo largo de su jurisprudencia el Tribunal Constitucional ha interpretado siempre las inhabilidades, las prohibiciones y las incompatibilidades en forma estricta, lo que significa que todas las posibles lecturas se quedan con la más acotada y precisa, por tanto, en caso de duda, no debiera aplicar la prohibición, la inhabilidad o la sanción. 

Tanto Couso como Zapata recuerdan el caso del Movimiento Patria Nueva Sociedad, acusado de ser neonazi. Legisladores, alcaldes, representantes de organizaciones civiles solicitaron en 2006 que fuese declarado inconstitucional, por profesar «explícita y públicamente las doctrinas nacionalsocialista y fascista» y difundir vía Internet mensajes «que incitan al odio y a la discriminación» pero, indican, en 2010 el movimiento fue exonerado por el TC por falta de pruebas. 

No obstante, los abogados de los diputados de Chile Vamos cuestionan cuál es entonces el estándar que deben tener las pruebas para que la corte decida una destitución. «Si, por ejemplo, el tribunal estimara que no se ha cumplido con un estándar probatorio, yo me preguntaría qué falta entonces para poder aplicar la norma. ¿O es una norma que es de papel y por lo tanto no tiene aplicación? O bien estamos a la espera de que un diputado aparezca cometiendo crímenes despiadados o aparezca disparando a una persona. Eso es llegar a extremos. Es justamente la incitación lo que hemos probado. Exento de cualquier cuestión, el TC debe aplicar la Constitución», subraya Torres.

«Aquí hay hechos probados y concretos en los que el diputado Gutiérrez ha pretendido saltarse la Constitución y las leyes y al final del día ha querido estar por sobre la ley. Cualquier sentencia que no considere este aspecto será una sentencia injusta porque el diputado Gutiérrez ha vulnerado gravemente la Constitución», destaca García.

En el mundo jurídico hay quienes esperan una señal del TC en un caso que podría ser histórico. Y si bien ven lejana la posibilidad de que haya una decisión contra Gutiérrez sí pudiese existir una especie de “téngase presente”. Lo cual no sería novedoso. Recuerdan el requerimiento parlamentario que hubo a comienzos de año para que le extendieran el indulto conmutativo a los presos de Punta Peuco, en el que se hace una consideración que califican de “político-contingente” que, aseveran, son más frecuentes en este tribunal que califican como “indudablemente más político” que el que existió hasta 2013.

«Dada la entidad del TC siempre puede efectuar declaraciones en sus sentencias, con independencia del resultado de la acción. Los tribunales excepcionalmente hacen este tipo de declaraciones y podría ser una vía que decida el pleno del tribunal. Ahora, el tribunal tiene que pronunciarse respecto de si acoge o rechaza, eso es lo relevante en definitiva, pero podría hacer una declaración», argumenta el profesor José Luis Lara.

Torres y García esperan que se acoja el requerimiento sin cortapisas. “Los fallos siempre tienen doctrina, los ministros hablan a través de sus fallos, incluso a través de los votos disidentes, pero en esta oportunidad nosotros esperaríamos que más que mandar un mensaje se aplique el derecho y la Constitución”, subraya Torres. Por su parte, García apunta que esta es una oportunidad para que el TC haga respetar la Carta Magna. “A cualquier persona le parecería una injusticia que no fuera sancionado, viendo lo evidente que son las conductas del diputado».

Couso en cambio es partidario de que la decisión del tribunal sea “circunspecta”, ya que no está en sus responsabilidades hacer llamados de atención, reproches ni recomendaciones. Por tanto, no deberían existir comentarios que no vayan al fondo es decir, razones para destituir o no. Sobre este punto Avilés también destaca que el TC tiene competencias muy específicas y estas no prevén la posibilidad de amonestar a un parlamentario, simplemente evaluar si efectivamente incurrió en la causal de cesación en el cargo.

«Tradicionalmente el Tribunal se ha comportado en base a dos principios, uno es la deferencia que tiene por el legislador, básicamente tiene respeto por el Congreso Nacional, y segundo: ha interpretado sus atribuciones de manera muy precisa para no extralimitarse. Es poco probable que no existiendo una norma constitucional precisa que permita amonestar a un parlamentario el TC decida hacerlo de motu proprio», plantea Avilés.

En todo caso, para este viernes se espera que se anuncie solo cuál fue la decisión de los ministros, mientras que el fallo debiera publicarse en los próximos días. En la circunstancia poco probable de que haya cuatro votos a favor de acoger el requerimiento y cuatro en contra -son ocho los ministros conociendo la causa- el voto dirimente lo tiene la Presidenta del Tribunal, lo cual para Couso sería “catastrófico” ya que Brahm trabajó directamente con el Presidente de la República. 

“Lo peor que le puede pasar al TC es tener fallos divididos todos los días porque entonces el ciudadano dice: ‘¿o sea que cambia un juez y cambió el derecho?’. Le hace mal al derecho constitucional una seguidilla de fallos que se ganan por un voto de diferencia”, dice Couso por lo que espera que el fallo sea contundente en términos de que tenga una mayoría sólida, en un sentido u otro. 

“Uno puede ver que el tribunal está en una situación débil y por eso es tan importante lo que hizo cuando en este caso particular se recusaron los ministros que estaban querellados, porque podría llegar a pensarse que ellos tenían una animadversión. Es importante que no haya ninguna duda de que este fallo va a ser adoptado al mérito del proceso y al derecho vigente y no por consideraciones políticas. Yo esperaría que ojalá los 8 estén de acuerdo”, señala Couso. En especial luego de “la acusación bastante frívola que hizo Brahm, al apuntar sin pruebas claras, un poco al voleo, nada menos que al Presidente que la precedió, quien todavía es ministro, en la que ha sido la peor crisis del TC en su historia”.

Avilés asegura que no tiene ninguna duda de que «el Tribunal Constitucional puede salir bien parado de todo esto», siempre que en cualquiera de las dos decisiones posibles el fallo tenga los suficientes fundamentos. «Es muy importante tener presente que, en general, las críticas al TC no han tenido que ver con esta atribución de cesar en un cargo a un parlamentario, sino con la facultad de control preventivo eventual de las leyes. Tiene sentido que este tribunal sea el que controle a los parlamentarios en estas materias que tienen que ver con la violación de ciertos mandatos constitucionales», asegura.

Conocedores de la interna de la corte, explican que en la institución se ha instalado una dinámica de “bloques”, y por tanto una división interna entre los ministros que se consideran a favor o en contra de la actual presidenta, lo que termina siendo dañino ya que en lugar de buscar en las discrepancias las líneas comunes para articular una sentencia, se pretende más bien dar ciertas señales desde el punto de vista político.

Los estragos de esta discrepancia se reflejan en la percepción que se tiene del tribunal. En la última encuesta de Cadem, 42% de los consultados se mostró de acuerdo con que no exista un Tribunal Constitucional y que sea la Corte Suprema la que declare la inconstitucionalidad de las leyes.

Fuentes cercanas al tribunal no dudan que el requerimiento se rechace por un quórum alto, que podría ser 6 contra 2; o 7 contra 1, incluso. Una decisión que podría marcar las relaciones con el Congreso. “Si los parlamentarios prácticamente son omnipotentes y no están sujetos a ningún tipo de control, aquí teníamos una posibilidad de control que se niega a ser ejercida. Si uno va leyendo cómo la ciudadanía recibe estas cosas, no la élite política, lo que interpretan es que esta es una institución en la que no se puede confiar”, dice una abogada vinculada al TC.

Señala además la influencia reciente de las redes sociales en las decisiones políticas más recientes, las cuales están principalmente influenciadas por el Partido Comunista.

Para el abogado Emiliano García, “ninguna institución u órgano del Estado puede atribuirse más competencias que las que les da la ley. En este caso el TC tiene la competencia para cesar en el cargo al diputado Gutiérrez. El Congreso Nacional ha querido, de alguna forma, ponerse por sobre eso y atribuirse competencias que no tiene y lo hemos visto cuando hay declaraciones que dicen que esto es un ‘parlamentarismo de facto’, pero en este caso el TC si llegara a cesar en el cargo al diputado estaría valiéndose de las herramientas que la Constitución le da y que previó para una situación como esta. La fuerza de la Constitución y la ley respalda al Tribunal Constitucional. El Derecho está para proteger a los débiles frente a los fuertes, aun cuando los fuertes sean mayoría”. 

Lara también destaca que es totalmente legítimo que el TC pueda controlar a los parlamentarios con independencia del partido político al que pertenezcan. “El TC tiene un rol fundamental dentro del Estado de Derecho, de la democracia. La verdad es que si no puede ejercer este control los parlamentarios quedarían con un espacio muy amplio de libertad. El parlamentario es el primer llamado a obedecer la Constitución y la ley. En Chile uno de los principales garantes de eso es precisamente el TC”, manifiesta.

Concluye Torres, abogada de los parlamentarios de Chile Vamos, que se trata de una “oportunidad histórica que tiene el Tribunal Constitucional para validarse frente a una sociedad que permanentemente lo ha criticado por desconocimiento de las verdaderas funciones que realiza todos los días. Siempre se sabe del TC por temas de esta índole, más bullados, o políticos, pero cumple una misión que es la revisión permanente de las normas que se están aplicando a lo largo del territorio nacional, han hecho un tremendo aporte y eso es prácticamente desconocido. A través de este proceso sin duda alguna es el momento de manifestarle al país que ellos están justamente como los guardianes finales del Estado de Derecho”.

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