Los profesores Simón Zañartu, Juan Luis Goldenberg y Jaime Alcalde expusieron sobre los criterios para la declaración de mala fe del deudor; los efectos del término del procedimiento de liquidación en las garantías; y los alcances de recientes reformas legales.
El 1 de diciembre, en el Campus San Francisco de la Universidad Católica de Temuco, se realizaron las V Jornadas Chilenas de Derecho Concursal, actividad que organizó la Facultad de Ciencias Jurídicas, Económicas y Administrativas de dicha Universidad y el Capítulo Chileno del Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal.
En el evento participaron tres académicos de nuestra Facultad. Se trata del profesor de Departamento de Derecho Procesal Simón Zañartu, y de los profesores del Departamento de Derecho Privado Juan Luis Goldenberg y Jaime Alcalde, quienes expusieron en la sesión plenaria.
En la ocasión, el profesor Goldenberg, en su calidad de presidente del capítulo chileno y vicepresidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal, pronunció el discurso inaugural, para luego referirse a la Gravedad de los hechos del artículo 169 A de la Ley 20.720, delimitando el requisito que exige la declaración de mala fe del deudor.
Luego, el profesor Alcalde presentó la ponencia titulada El efecto de la resolución de término del procedimiento concursal de liquidación en la fianza: ¿un caso de interpretación restrictiva? En ella demostró que la referencia a la fianza en el artículo 255 de la Ley 20.720 debe entenderse en conexión con las reglas sustantivas que rigen esa garantía, ya que de lo contrario se produce una alteración no justificada de los riesgos asumidos por el fiador.
Finalmente, el profesor Zañartu expuso sobre el Sentido y alcance de la audiencia especial y el nuevo procedimiento de apelación del artículo 131 de la Ley 21.720 después de la reforma de la Ley 21.563. En su intervención demostró cómo los juzgados ya han incorporado sin problemas mecanismos que pueden servir para una reforma general del procedimiento civil.