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Las negociaciones por una nueva Constitución se encuentran en una semana clave y el punto de inflexión en las negociaciones sigue siendo la participación y el rol que tendrán los expertos en un eventual órgano encargado de elaborar una nueva Carta Fundamental.

De hecho, según afirmó a The Clinic el presidente de RN, senador Francisco Chahuán, respecto a sus interlocutores oficialistas, “nos dieron el punto de que los expertos deben tener derecho a voto”. Así, la participación de estos en el proceso de redacción de la nueva Carta Magna sería prácticamente un hecho objetivo.

Sin embargo, hasta ahora no se ha detallado qué entienden los partidos por el concepto de “expertos”, quienes serían designados por las bancadas con representación -proporcional- en el Congreso y que desde el oficialismo demandan que estos sean ratificados posteriormente por la ciudadanía a través de las urnas.

Por lo mismo, The Clinic contactó a tres abogados especializados en derecho constitucional para abordar un concepto que se les atribuyen a expertos como lo son precisamente ellos, y cuál sería el mejor rol que podrían tener dentro de un órgano constituyente.

José Francisco García: “Veo el derecho a voto más bien como un problema que como una ventaja

Para el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Católica y miembro de la comisión técnica que redactó el proyecto de reforma constitucional que implementó el Acuerdo del 15 Noviembre 2019, José Francisco García, la definición de expertos a la hora de redactar una Constitución es bastante amplia, pero se puede acotar su alcance.

En ese sentido, García reconoce que “la creciente complejidad de los temas regulados” por Constituciones actuales, “requiere interdisciplinariedad”. Entre esos temas, incluye “desarrollo sustentable y medioambiente, responsabilidad fiscal, multiculturalidad, nuevos derechos como los digitales o neuroderechos”, precisa.

De todos modos, el también Doctor en Derecho de la Universidad de Chicago, explica que “dada su naturaleza de ley fundamental, la búsqueda de un texto jurídico técnicamente coherente”, la redacción del nuevo texto “supone una experticia específica y central que es legal-constitucional, de abogados especialistas”.

Respecto de la participación directa de expertos en la redacción de una futura Constitución, García sentencia: “no me parece necesario, deseable ni prudente que los expertos tengan derecho a voto”.

Una cosa es un proceso mixto y una muy diferente es un órgano constituyente mixto con componentes no democráticos”, argumenta. A esto agrega que el órgano “debiera tener 100% de legitimidad democrática” y lo ejemplifica con otras autoridades electa por sufragio popular como “alcaldes o concejales, o ciudadanos electos al azar”.

García estima este derecho a voto que se le otorgarían a los expertos “más bien como un problema que como una ventaja. Podría generar distancia más que encuentro, separar ambos mundos”.

Un criterio que ha acompañado el debate por el rol de los expertos es su presunta neutralidad profesional a la hora de elaborar un texto constitucional. Sin embargo, García descarta este criterio. “Existen técnicas y arreglos para buscar maximizar que los expertos actúen con la mayor imparcialidad posible, pero tener voto se opone a todo eso”, afirma el académico.

Y en esta misma línea, sugiere a los partidos incumbentes: “Es deseable grados altos de autonomía de la política, y que no sean políticos, analistas o tuiteros disfrazados de expertos mandatados por los partidos que los designan para cumplir órdenes”.

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