El Mercurio

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Hoy, el pleno de la Convención Constitucional votará en general, y mañana en particular, el informe elaborado por la comisión de Sistemas de conocimientos, ciencias y tecnologías, artes, culturas y patrimonios, donde se incorpora una serie de artículos que se refieren a la libertad de expresión y que afectarían la labor de los medios de comunicación. De la misma forma, este martes se aprobaron en la comisión de Derechos Fundamentales otras normas respecto de la misma materia.

Por ejemplo, en el caso del informe de la primera comisión se incluyen artículos que señalan que 'el Estado tiene el deber de respetar la libertad de prensa, velar por el pluralismo de los medios de comunicación y por la diversidad de opiniones', mientras que otro plantea que 'se prohíbe la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información. Corresponderá a la ley regular dicha prohibición'.

Respecto de la norma sobre libertad de expresión aprobada en la comisión de Derechos Fundamentales, que será votada el próximo martes en el pleno, se incluye un inciso sobre el negacionismo: 'Estará prohibido por ley la negación o justificación de las violaciones graves, masivas y sistemáticas a los derechos humanos'. El mismo artículo señala que 'los medios de comunicación tienen la responsabilidad social de contribuir y asegurar la pluralidad de opiniones. El Estado deberá adoptar medidas que contribuyan y aseguren la pluralidad de voces, sin que pueda intervenir sobre dichos medios'.

'El Mercurio' consultó a expertos en la materia y convencionales que han participado de la discusión, para conocer sus visiones respecto de cómo se está abordando este tema.

Libertad editorial y pluralismo

Pedro Anguita, abogado y doctor en Derecho, académico de la Facultad de Comunicación de la U. de los Andes, explica que la libertad de expresión es inherente a la democracia, de modo que 'si no existe la primera o se encuentra debilitada, no puede hablarse de un sistema auténticamente democrático'. Para Anguita, dicha libertad 'aparece amenazada en el inciso 3 del artículo de libertad de expresión que aprobó la comisión de Derechos Fundamentales, pues, aunque solo indica que los medios de comunicación tienen la responsabilidad de contribuir y asegurar la pluralidad de opiniones e informaciones, le encarga al Estado la adopción de medidas que contribuyan y aseguren la pluralidad de voces y opiniones, aunque agrega, sin intervenir sobre dichos medios de comunicación'.

Coincide con esta línea Francisco Leturia, abogado y doctor en Derecho, además de ser miembro del Consejo para la Transparencia, pues asegura que 'cualquier herramienta que permita a las autoridades manipular la opinión pública por vía de las restricciones informativas es una brutal amenaza'.

El también académico de la Facultad de Derecho y de la Facultad de Comunicaciones de la Universidad Católica añade, respecto de las exigencias en términos de pluralismo, que 'se usa una redacción muy confusa' y 'que garantiza su existencia, pero sin interferir en las empresas, dejando aparentemente a salvo la libertad editorial'.

Mientas que Luis Pardo, expresidente de la Asociación de Radiodifusores de Chile, entre 2005 y 2017, y exdiputado RN, comenta que 'la libertad editorial está amenazada en varios sentidos. Primero, con lo que la doctrina denomina ‘condicionamientos previos'. Esto se produce, por ejemplo, cuando se impone que el Estado ‘asegure' la pluralidad de voces y opiniones en los medios de comunicación'.

En tanto, el convencional y exsenador Felipe Harboe (Colectivo del Apruebo) señala que 'las redacciones (de los artículos) no son las adecuadas para garantizar una libertad editorial'. En esa línea, el excongresista indica que 'poner a nivel constitucional un conjunto de restricciones trae como consecuencia la limitación al futuro gobernador para ir generando adecuaciones legales, por el principio de supremacía constitucional'.

Una idea contraria expresa la convencional del Frente Amplio y periodista Beatriz Sánchez, quien asegura que 'no se pretende afectar en ningún caso el contenido ni regularlo, esa es la posición que defendemos desde el FA. Consideramos central garantizar el derecho a la libertad de expresión, pero se debe superar la concepción anticuada que lo reduce solo al derecho a informar sin censura previa y a recibir información, porque hoy es mucho más que eso. Hay que garantizar la diversidad y la pluralidad que el país tiene'.

Coincide en este punto el convencional y exdirector de The Clinic Patricio Fernández (Colectivo Socialista), e indica: 'Que los medios pueden tener su libertad es algo que está quedando enteramente protegido. No lo veo en peligro. Procurar que en una sociedad existan distintas voces es un deseo virtuoso y es parte constitutiva de la libertad de expresión. Hacer esfuerzos para que ello se produzca es algo positivo, porque queda claro que eso no interfiere con la libertad editorial, ni quiere decir que el Estado intervenga en los medios'.

Una mirada más crítica muestra la convencional de Vamos por Chile y periodista Bárbara Rebolledo, quien enfatiza que 'la libertad de expresión está en riesgo. Las normas aprobadas no son claras y dejan a la ‘interpretación' del legislador temas muy sensibles. Una de ellas es la que afecta a las personas jurídicas (medio, fundaciones, empresas u organizaciones constituidas como tales), donde la libertad de expresión, al no reconocérseles expresamente, queda excluido este derecho y su ejercicio'.

El martes se votará en general la inclusión del negacionismo

Otro tema relevante es la inclusión del concepto de negacionismo. La mayoría de los consultados cuestiona dicha noción. En el caso de Leturia, señala que 'permitir que el legislador limite informaciones que puedan ‘incitar a la hostilidad', es una herramienta de una amplitud casi incompatible con una democracia'.

Pardo agrega que 'la forma en que se prohíbe el negacionismo representa un retroceso gigantesco en materia de libertad de expresión, induciendo a una amplia autocensura de los medios, dada la vaguedad de la norma'.

Fernández también tiene una mirada crítica: 'Es importante corregir, y confío que así será en el pleno, lo que se refiere al negacionismo. La historia no se detiene, tiene lecturas múltiples a lo largo del tiempo e impedirlas es algo inaceptable. Eso no debiera pasar en el pleno, y esa será una preocupación personal de que así suceda'.

En la mirada de Anguita, 'la mayor crítica que puede efectuarse al articulado propuesto por la comisión de Derechos Fundamentales ha sido sin duda incorporar contenidos expresivos prohibidos. Los límites a la libertad de expresión, ya sean las apologías a distintas versiones del discurso de odio o incitaciones a la violencia, o bien, la figura del negacionismo deben ser discutidos como materia de ley. Creo inadecuado incluso que nuestro sistema penal incluya como tipos penales la incitación al odio y el negacionismo'.

Mientras que la convencional Rebolledo critica que, 'en la práctica, el Estado podría censurar a un medio y este no tendría fundamento jurídico para defenderse'.

Una mirada distinta expresa Beatriz Sánchez. A su juicio, 'la regulación integral de la libertad de expresión en los tiempos actuales, con la proliferación de formas diversas de difundir mensajes, debe hacerse cargo de los discursos de odio. ¿Es la prohibición del negacionismo, como se hizo en Alemania, por ejemplo, la mejor vía? Será el pleno el que por 2/3 determine si es el mejor camino'.

Sobre el mismo punto, Harboe concluye que 'las normas sobre negacionismo, en la experiencia comparada son más bien legales y no constitucionales'. A su juicio, 'son extremadamente riesgosas'.

Concentración y propiedad de los medios

Por último, sobre la propiedad de los medios y la eventual concentración de los mismos, Fernández asegura que 'hubo una propuesta para evitar el monopolio del Estado en la propiedad de los medios. Y lo que se discutió entonces es que cualquier tipo de monopolio es igual de nefasto. Me parece que si todos los medios estuvieran en manos de una misma persona, o de un mismo poder, es algo que impediría el buen funcionamiento de una democracia'.

Para Sánchez, este 'es uno de los grandes problemas que tenemos como país, una alta concentración de la propiedad de los medios, que es lo mismo que alta concentración del poder. En un país con este nivel de concentración y, además, el centralismo de los mismos, debe resguardarse el pluralismo y la diversidad como factores esenciales de la libertad de expresión y la democracia'.

Mientras que Pardo dice que esta no es una materia que deba discutirse a nivel constitucional. Señala que ya sea 'estatal o privada, es indeseable, pero su regulación y control deben ser ejercidos por los órganos especializados en libre competencia, y no en forma discrecional según criterios ideológicos, tal como lo señala la Declaración de Principios para la Libertad de Expresión de la CIDH'.

Coincide en este punto Harboe, quien apunta que las normas de libre competencia no necesariamente deben ser normas constitucionales: 'No es resorte de la Constitución establecer límites o cuotas con prohibiciones determinadas, para eso está la ley, para que el legislador de acuerdo con los cambios que van surgiendo en la sociedad, pueda ir estableciendo ciertas regulaciones'.

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