La Tercera

Paula Vial 158x158

Señor Director:

Con ocasión del estallido social se evidenció que existe una doble regulación sobre el uso de la fuerza por parte de Carabineros.

Por un lado, las circulares y órdenes generales, públicas, conocidas como" protocolos de uso dela fuerza”, y, por otro, documentos secretos que regulan operacionalmente la forma en que la policía usa las armas, municiones y equipamiento orden público”. Aunque solo hemos conocido algunos de los documentos técnicos, secretos, por filtraciones, claro que hay una gran distancia entre lo que ocurre en la operación real de Carabineros y la regulación aparente pública. Un ejemplo de ello es el peritaje del 2012 que da cuenta que da que los perdigones de goma a corta distancia son letales y que a cualquier distancia pueden ocasionar traumas oculares.

Conocimiento, los protocolos vigentes públicos durante el estallido social etiquetaban la munición pudiera mutilar. La distancia que se produce entre lo que la policía “dice que hace” y lo que los funcionarios pueden hacer en el día a día es peligrosa, porque distrae al poder ci que realmente está sucediendo. La reciente actualización a la regulación y su munición hecha a la orden 2635 mediante la orden 2780 es un ejemplo de que esta distancia entre la realidad y la apariencia se mantiene. Mientras el uso de la fuerza policial no por ley, con control estricto del poder civil y transparencia, ningún reglamento va a poder satisfacer estándares internacionales.

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*Columna escrita en conjunto con el profesor de Derecho UC Temuco, Javier Velásquez